Estatutos de la revista

Preámbulo

La Revista Electrónica Complutense de Investigación en Educación Musical (ISSN-e: 1698-745) es una publicación periódica de carácter científico editada por el área de Expresión Musical del Departamento de Didáctica de las Lenguas, Artes y Educación Física de la Facultad de Educación de la Universidad Complutense de Madrid. Así, la publicación pretende fomentar el intercambio global del conocimiento entre especialistas de Educación Musical de cualquiera de las etapas educativas formales y de ámbitos informales relacionados con la educación musical. Además de informes de investigación son bienvenidas en la revista las propuestas sobre cuestiones episte- mológicas y metodológicas, así como las revisiones de libros sobre investigación. Los artículos pueden informar sobre investigaciones realizadas en cualquier contexto de educación musical, tanto escolar (educación infantil, primaria, secundaria) como vocacional (aprendizaje informal, clases particulares, escuelas de música), profesional (conservatorios, universidades, formación del profesorado, orquestas, estudios), co- munitario (coros, bandas, agrupaciones folklóricas), terapéutico (Musicoterapia) o ex- perimental (cognición y neurología).

1.   Órganos de gestión

Los órganos de gestión encargados de la coordinación científica y la edición de la revista serán el Consejo de Redacción y el Consejo Asesor. Todos los miembros de estos consejos se comprometen a respetar los principios del Código Ético que en su caso establezca para las revistas científicas la Universidad Complutense de Madrid.

1.1.  Consejo de Redacción: estructura y composición

-       El Consejo de Redacción estará compuesto por el/la Director/a, el/la Secretario/a y  un máximo de 8 vocales. El puesto de Director/a deberá estar ocupado por un/a profesor/a en activo con relación contractual con el área de Didáctica de la Expresión Musical de la UCM, cumpliendo además, los siguientes requisitos: (a) poseer el título de doctor y (b) tener un sexenio de investigación reconocido o méritos equivalentes. A su vez, podrán ser Vocales profesores doctores universitarios que demuestren una dilata trayectoria científica con al menos, tres publicaciones indexadas. Al menos un tercio de sus componentes deberá pertenecer a instituciones diferentes de la Univer- sidad Complutense de Madrid.

-         El Consejo de Redacción asistirá al Director/a en todas sus funciones y, muy especialmente, en el seguimiento de los trabajos (recepción, evaluación, aceptación) y en la definición de los contenidos y el estilo de la revista (redacción de normas de presentación de originales, creación y orientación de las secciones, etc.).

-         Los miembros serán elegidos por el Consejo de Departamento de Didáctica de las Lenguas, Artes y Educación Física o del Área de Expresión Musical de la UCM o por la Junta de Facultad de Educación dentro de las candidaturas presentas a la Dirección saliente y a la Dirección del Departamento. El procedimiento de selección de candidaturas será el siguiente:

  1. Dirección y Vocales (de la institución y externos): Después de que la Dirección del Departamento junto con la Dirección saliente de la revista valoren las propuestas de los candidatos presentados –de acuerdo con los requisitos especi- ficados anteriormente y acreditados mediante curriculum de los méritos– se procederá a su votación en Consejo de Departamento.
  2. En caso de empate entre dos candidatos a Dirección, se tendrá también en cuenta la trayectoria docente en el Área de Expresión Musical (UCM).
  3. En caso de empate entre dos candidatos a Vocal, se tendrá también en cuenta la categoría profesional universitaria.
  4. En el caso de no existir candidato a Dirección o a Vocal, por no hallarse ya propuesta ya cumplimiento de requisitos establecidos, la Dirección de Departamento de Didáctica de las Lenguas, Artes y Educación Física (UCM) junto con la Dirección saliente de la revista, propondrá como candidato a uno de los Vocales del Consejo de Redacción saliente vinculado contractualmente al Área de Expresión Musical de la UCM para el puesto de Director/a, y personal del Departamento para los miembros vocales.

-         El puesto de Secretario/a será de designación directa por parte del Director/a. Los requisitos que este debe cumplir serán: (a) ser profesor doctor universitario, (b) contar al menos con una publicación indexada y (c) pertenecer al área de Expresión Musical de la UCM.

-         Todos los miembros serán elegidos para un periodo máximo de 3 años y solo podrán renovar su cargo por un segundo periodo de 1 año. No obstante, por el buen funcionamiento de la revista, durante el primer trienio de cumplimiento de estos estatutos, el Director podrá comenzar a renovar los cargos por mitades.

-         En el caso de que alguno de los componentes del Consejo de Redacción tuviera que abandonar su cargo con antelación a los 3 años exigidos, deberá remitir su decisión tanto a la Dirección del Departamento como a la Dirección de la Revista, con al menos dos meses de antelación. Durante este plazo, el Departamento de Didáctica de las Lenguas, Artes y Educación Físcia (UCM) podrá convocar, mediante Consejo de Departamento, el cargo vacante.

1.1.1.  Funciones del Director/a

-         El Director/a se encargará de la coordinación y representación de la revista, de las relaciones con el Consejo de Redacción, el Consejo Asesor y con Ediciones Complutense. Asimismo, se encargará de las relaciones con otras instituciones para cualquier cuestión relacionada con la revista.

-         El Director/a elegirá al Secretario/a, según los requisitos establecidos.

-         El Director/a convocará al menos una reunión anual con el Consejo de Redacción.

-         El Director/a tendrá la obligación de informar al Consejo del Departamento ó Junta de Facultad sobre el funcionamiento de la revista, así como de sus necesidades.

-         El Director/a será responsable de velar por el mantenimiento de la máxima calidad científica de la revista, así como de su reconocimiento e inclusión en bases de datos nacionales e internacionales y de su evaluación para la consecución de sellos de calidad, para lo cual contará con la ayuda del resto de miembros del Consejo de Redacción.

-         El Director/a tendrá un voto de calidad en cualquiera de las deliberaciones del Consejo de Redacción.

-         El Director/a no podrá ejercer las funciones ni de evaluador de trabajos ni de autor.

-         El Director/a colaborará con el Secretario en las funciones de edición especificadas en su figura.

1.1.2.  Funciones del Secretario/a

-         El Secretario/a se encargará de la recepción de los originales y de su gestión a lo largo del proceso de evaluación y publicación.

-         El Secretario/a será responsable de la comunicación con los autores, con los miembros del Consejo de Redacción, del Consejo Asesor y con Ediciones Complutense.

-         El Secretario/a coordinará el proceso de revisión de los originales recibidos por parte del Consejo de Redacción para que se decida qué trabajos se someten a evaluación y cuáles son devueltos, una vez comprobado el cumplimiento de los re- quisitos de la revista.

-         El Secretario/a se encargará de remitir a los evaluadores los originales junto con un documento de instrucciones y una plantilla de evaluación.

-         El Secretario/a se encargará del seguimiento del proceso editorial completo de los números de la revista (preparación y entrega de originales –incluidas las primeras páginas, proceso de maquetación, envío de pruebas a los autores, revisión de la versión previa a la imprenta, comunicación a los autores de la publicación, adjudi- cación de DOI, etc.).

-         El Secretario/a preparará las reuniones con el Director/a y levantará acta de la reunión anual del Consejo de Redacción. Asimismo, será el responsable de la cus- todia de las actas y certificará la labor efectuada por los vocales, los asesores cien- tíficos y los evaluadores.

-         El Secretario/a colaborará con el Director/a en la difusión de la revista, en las relaciones institucionales, intercambios, indexación y cualesquiera otras tareas que re- dunden en la mejora de la calidad y el reconocimiento de la revista.

-         El Secretario/a no podrá ejercer las funciones ni de evaluador de trabajos ni de autor.

1.1.3.  Funciones de los Vocales del Consejo de Redacción

-         Los Vocales del Consejo de Redacción tendrán la obligación de asistir a la reunión anual que se convoque, la cual, se notificarán vía mail con un mínimo de dos se- manas de antelación). En el caso de que alguno de los miembros no pueda asistir de forma presencial, deberá proporcionar algún medio para participar en tiempo real.

-         Los Vocales, bajo la adjudicación del Director/a y del Secretario/a, realizarán la lectura previa de originales para tomar la decisión de cuáles son sometidos a evaluación y cuáles son devueltos a los autores, una vez decidido por la propia dirección. Dicha decisión deberá ser argumentada, de forma opcional, por escrito para que el Director/a haga la valoración final de los trabajos aptos para realizar la evaluación por pares.

-         Los Vocales propondrán evaluadores externos para los trabajos y no serán evalua- dores ni autores en ningún caso.

-         Los Vocales asesorarán y colaborarán con la dirección de la revista en cualesquie- ra tareas que se consideren necesarias para el correcto funcionamiento de la revista, entre ellas, velar por el cumplimiento de la puntualidad y periodicidad, así como en tareas que redunden en la mejora de la calidad, el reconocimiento y la visibilidad de la revista.

1.2.  Consejo Asesor

-         El Consejo Asesor debe servir para imprimir rigor a la revista, marcar la política editorial, hacer atractiva la revista tanto para los autores como para los lectores y difundirla, en la medida de sus posibilidades, en todos los foros. Asimismo, colaborará en los procesos de evaluación y auditoría.

-         Los miembros del Consejo Asesor serán propuestos por el Director de la revista al Consejo del Departamento de Didáctica de las Lenguas, Artes y Educación Física (UCM) o al Consejo de Facultad.

-         Los requisitos que deberán cumplir y justificar mediante curriculum los candidatos propuestos serán: (a) profesionales e investigadores de reconocido prestigio y solvencia, sin vinculación institucional con la revista y (b) un alto porcentaje deberá ser investigadores doctores de instituciones extranjeras. A su vez, podrán remitir a la Dirección de la revista un informe razonado sobre sus motivaciones para ocupar dicho puesto.

-         El Consejo Asesor deberá contar entre sus miembros con profesionales e investigadores de instituciones extranjeras.

-         Los miembros del Consejo Asesor podrán participar excepcionalmente en los procesos de evaluación de originales como pares externos, teniendo en cuenta que al menos una de las evaluaciones siempre será emitida por un evaluador ajeno al Consejo Asesor.

2.   Características y funcionamiento

2.1.  Periodicidad

-         La revista se publicará con una periodicidad de 1 número anual. Además, con carácter extraordinario, la revista podrá proponer a Ediciones Complutense la publicación de algún número especial.

2.2.  Estructura

-         La revista será una miscelánea de artículos de temática variada y, además constará de las siguientes secciones:

  1. Editorial
  2. Artículos de investigación
  3. Reseñas bibliográficas dentro del ámbito de la Educación Musical

2.3. Normas de publicación

2.4.  Normas de evaluación

-          Todos los trabajos recibidos en la revista serán evaluados por pares de forma anónima.

-          Los trabajos serán sometidos, al menos, a dos rondas de evaluación.