Estatutos de la revista

Preámbulo

La revista “Revista de Investigación en Logopedia” (ISSN: 2174-5218) es una publicación periódica de carácter científico editada por la Facultad de Psicología de la UCM y la Facultad de Terapia Ocupacional, Logopedia y Enfermería de la Universidad de Castilla-La Mancha. La Revista de investigación en Logopedia es una revista electrónica bilingüe de acceso abierto y de uso no comercial que cuenta anualmente con dos números y nace con la intención de contribuir al avance científico de la Logopedia internacionalmente. El Consejo Asesor entiende la Logopedia como una ciencia de naturaleza intrínsecamente multidisplinar y de enorme amplitud, con una vertiente práctica eminente por lo que se trata de una revista científica generalista dentro del área de la Logopedia.

1. Órganos de gestión

Los órganos de gestión encargados de la coordinación científica y la edición de la revista serán el Consejo de Redacción y el Consejo asesor. Todos los miembros de estos consejos se comprometen a respetar los principios del Código Ético que en su caso establezca para las revistas científicas la Universidad Complutense de Madrid.

1.1. Consejo de Redacción: estructura y composición

  • El Consejo de Redacción estará presidido por el/la Director/a y estará además compuesto por el/la Secretario/a y vocales. El puesto de Director/a o de Secretario/a deberá estar ocupado por un/a profesor/a en activo con relación contractual con la UCM. Al menos un tercio de sus componentes deberá pertenecer a instituciones diferentes de la Universidad Complutense de Madrid.
  • El Consejo de Redacción asistirá al Director/a en todas sus funciones y, muy especialmente, en el seguimiento de los trabajos (recepción, evaluación, aceptación) y en la definición de los contenidos y el estilo de la revista (redacción de normas de presentación de originales, creación y orientación de las secciones, etc.).

 1.1.1. Funciones del Director/a

  • El Director/a se encargará de la coordinación y representación de la Revista, de las relaciones con el Consejo de Redacción, el Consejo asesor y con Ediciones Complutense. Asimismo, se encargará de las relaciones con otras instituciones para cualquier cuestión relacionada con la revista.
  • El Director/a elegirá al Secretario/a.
  • El Director/a convocará las reuniones de los distintos consejos que componen la revista.
  • El Director/a será responsable de velar por el mantenimiento de la máxima calidad científica de la revista, así como de su reconocimiento e inclusión en bases de datos nacionales e internacionales y de su evaluación para la consecución de sellos de calidad, para lo cual contará con la ayuda del resto de miembros de los distintos consejos.
  • El Director/a tendrá un voto de calidad en caso de empate en las deliberaciones de los distintos Consejos.

1.1.2. Funciones del Secretario/a

  • El Secretario/a será responsable de la comunicación con los autores, con los miembros de los distintos consejos y con Ediciones Complutense.
  • El Secretario/a se encargará de remitir a los evaluadores los originales junto con un documento de instrucciones y una plantilla de evaluación.
  • El Secretario/a se encargará del seguimiento del proceso editorial completo de los números de la revista (preparación y entrega de originales –incluidas las primeras páginas y las estadísticas–, proceso de maquetación, envío de pruebas a los autores, revisión de la versión previa a la imprenta, comunicación a los autores de la publicación).
  • El Secretario/a preparará las reuniones con el Director/a y levantará acta de las reuniones de los distintos consejos. Asimismo, será el responsable de la custodia de las actas y certificará la labor efectuada por los vocales, los asesores y los evaluadores.
  • El Secretario/a colaborará con el Director/a en la difusión de la Revista, en las relaciones institucionales, intercambios, indexación y cualesquiera otras tareas que redunden en la mejora de la calidad y el reconocimiento de la revista.
  • El secretario/a preparará y remitirá los distintos certificados a las personas que lo solicitaren

1.1.3. Funciones de los miembros del Consejo de Redacción

  • Los miembros del Consejo de redacción tendrán la obligación de asistir personalmente a las reuniones que se convoquen o bien, cuando fuera necesario, a través de plataformas tecnológicas que habiliten tal posibilidad.
  • Los miembros, bajo la coordinación del Secretario/a, colaborarán en la lectura previa de originales para tomar la decisión de cuáles son sometidos a evaluación y cuáles son devueltos a los autores.
  • Los miembros del Consejo de redacción colaborarán en la búsqueda de evaluadores externos para los trabajos y solo serán evaluadores en casos justificados derivados de manifiesta discrepancia entre revisores y editores u otras parecidas circunstancias.
  • Los miembros del Consejo de redacción podrán proponer generación de nuevas secciones en la Revista
  • Los miembros del Consejo de redacción podrán proponer cambios en la periodicidad de la Revista
  • Los miembros del Consejo de redacción asesorarán y colaborarán con la dirección de la revista en cualesquiera tareas que se consideren necesarias para el correcto funcionamiento de la Revista, entre ellas, velar por el cumplimiento de la puntualidad y periodicidad.

1.2. Consejo asesor

  • El Consejo asesor estará integrado por profesionales e investigadores de reconocido prestigio y solvencia, sin vinculación institucional con la revista salvo en alguna circunstancia justificada. Debe servir, aparte de para imprimir rigor a la Revista, para marcar la política editorial, hacer atractiva la Revista tanto para los autores como para los lectores y difundirla, en la medida de sus posibilidades, en todos los foros. Asimismo, colaborará en los procesos de evaluación y auditoría.
  • El Consejo asesor deberá contar entre sus miembros con profesionales e investigadores de instituciones extranjeras.
  • El proceso de elección de sus miembros será el siguiente: El director, el secretario/a o los miembros del Consejo de Redacción podrán proponer la aceptación de nuevos miembros mediante escrito justificado. Este escrito será valorado por el resto de los miembros del Consejo de Redacción, quienes decidirán sobre la conveniencia o no de tal ofrecimiento. Cuando la situación fuera de especial interés para la Revista o la circunstancia lo justificare, el Director o el Secretario/a, en acuerdo con el Director, podrá realizar alguna invitación a participar en el Consejo
  • Los miembros del Consejo asesor podrán proponer generación de nuevas secciones en la Revista
  • Los miembros del Consejo asesor podrán participar en los procesos de evaluación de originales como pares externos.

2. Características y funcionamiento

2.1. Periodicidad

  • La Revista se publicará con periodicidad continua en dos números al año, correspondientes a cada uno de los dos semestres. Además, con carácter extraordinario, la revista podrá proponer a Ediciones Complutense la publicación de algún número especial.

2.2. Estructura

  • La Revista contará con una única sección, que es la de artículos originales. En todo caso los miembros de los distintos Consejos podrán proponer la apertura de nuevas secciones.

 2.3. Normas de publicación