Estatutos de la revista

Preámbulo

La revista Didáctica. Lengua y Literatura (p-ISSN: 1130-0531 / e-ISSN: 1988-2548) es una publicación periódica de carácter científico editada por Ediciones Complutense y promovida por el Departamento de Didáctica de las Lenguas, Artes y Educación Física (Facultad de Educación, Universidad Complutense de Madrid). Fundada en 1988 por el profesor Eduardo Tejero Robledo, es una revista de periodicidad anual que publica trabajos nacionales e internacionales sobre didáctica de la lengua y la literatura, enseñanza de segundas lenguas y literatura infantil y juvenil. Admite artículos en español, inglés y francés vinculados a estas temáticas y con orientaciones didácticas útiles para profesores y maestros de enseñanzas primarias, secundarias y universitarias.

1. Órganos de gestión

Los órganos de gestión encargados de la coordinación científica y la edición de la revista serán el Consejo de Redacción y el Consejo Asesor. Todos los miembros de estos consejos se comprometen a respetar los principios del Código Ético que establezca Ediciones Complutense para las revistas científicas.

1.1. Consejo de Redacción: estructura y composición

  • El Consejo de Redacción estará compuesto por el Director/a, el Secretario/a y      los vocales. El puesto de Director/a deberá estar ocupado por un profesor/a en activo con relación contractual a tiempo completo con la UCM. Al menos un tercio de sus componentes deberá pertenecer a instituciones diferentes de la Universidad Complutense de Madrid. El número de vocales será de un máximo de veinte. Así mismo, al atender la revista a las áreas de español, inglés, francés y sus didácticas, en el Consejo de Redacción deberán estar representadas las tres lenguas, en porcentajes afines al del número de artículos recibidos en relación a cada uno de ellas, en torno al 55% para español, el 40% para inglés y el 5% para francés.
  • El Consejo de Redacción asistirá al Director/a en todas sus funciones y, muy especialmente, en el seguimiento de los trabajos (recepción, evaluación, aceptación) y en la definición de los contenidos y el estilo de la revista (redacción de normas de presentación de originales, creación y orientación de las secciones, etc.). Los miembros serán elegidos por el Consejo de Departamento de Didáctica de las Lenguas, Artes y Educación Física. Los vocales de la institución y los vocales externos podrán ser propuestos por miembros del Consejo de Redacción, que tendrá que aprobar a cada uno de los nuevos miembros que se propongan antes de someterlos a votación en el Consejo de Departamento. El puesto de Secretario/a será de designación directa por parte del Director/a.
  • Cada persona que quiera optar al cargo de director de la revista, deberá presentar su propuesta al Consejo de Redacción, que votará, en el plazo máximo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a la recepción de la propuesta, a la persona que le parezca más adecuada y que cumpla con los requisitos de vinculación contractual. En caso de que no haya candidatos, la elección del puesto se someterá a sorteo. El director/a será elegido para un periodo de 4 años y solo podrá renovar su cargo por un segundo mandato de otros 4 años. Transcurridos dos mandatos, habrá un periodo de carencia de 2 años para volver a presentarse, salvo que en ese tiempo no concurran otros candidatos/as para cubrir la posible vacante.
  • Los miembros del Consejo de Redacción serán elegidos por un periodo de 4 años y solo podrán renovar su cargo por un segundo periodo de otros 4 años. Transcurridos dos mandatos, habrá un periodo de carencia de 2 años para volver a presentarse, salvo que en ese tiempo no concurran otros candidatos/as para cubrir posibles vocalías vacantes.
  • Los nombramientos de los cargos de Director/a y Secretario/a se deberán notificar al Vicerrectorado de Cultura, Deporte y Extensión Universitaria y a la Dirección de Ediciones Complutense, adjuntando el correspondiente documento acreditativo expedido por el Consejo de Departamento. El nombramiento se hará efectivo desde el momento de la recepción del citado documento, causando efecto desde la fecha de nombramiento por parte del Consejo de Departamento.

1.1.1. Funciones del Director/a

  • El Director/a se encargará de la coordinación y representación de la revista, de las relaciones con el Consejo de Redacción, el Consejo Asesor y con Ediciones Complutense. Asimismo, se encargará de las relaciones con otras instituciones para cualquier cuestión relacionada con la revista.
  • El Director/a elegirá al Secretario/a.
  • El Director/a convocará las reuniones del Consejo de Redacción.
  • El Director/a tendrá la obligación de informar al Consejo del Departamento sobre el funcionamiento de la revista, así como de sus necesidades.
  • El Director/a será responsable de velar por el mantenimiento de la máxima calidad científica de la revista, así como de su reconocimiento e inclusión en bases de datos nacionales e internacionales y de su evaluación para la consecución de sellos de calidad, para lo cual contará con la ayuda del resto de miembros del Consejo de Redacción.
  • El Director/a tendrá un voto de calidad en caso de empate en las deliberaciones del Consejo de Redacción.

1.1.2. Funciones del Secretario/a

  • El Secretario/a se encargará de la recepción de los originales y de su gestión a lo largo del proceso de evaluación y publicación.
  • El Secretario/a será responsable de la comunicación con las autorías, con los miembros del Consejo de Redacción, del Consejo Asesor y con Ediciones Complutense.
  • El Secretario/a acusará recibo a las autorías de todos los trabajos recibidos.
  • El Secretario/a organizará el proceso de revisión de los originales recibidos por parte del Consejo de Redacción para que se decida qué trabajos se someten a evaluación y cuáles son devueltos, una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de la revista.
  • El Secretario/a se encargará de remitir a los evaluadores los originales junto con un documento de instrucciones y una plantilla de evaluación.
  • Una vez tomada la decisión de publicación sobre los originales, el Secretario/a se encargará de la comunicación motivada de la decisión a las autorías.
  • El Secretario/a se encargará del seguimiento del proceso editorial completo de los números de la revista (preparación y entrega de originales, proceso de maquetación, envío de pruebas a los/las autores/as, comunicación a las autorías de la publicación).
  • El Secretario/a preparará las reuniones con el Director/a y levantará acta de las reuniones del Consejo de Redacción. Asimismo, será el responsable de la custodia de las actas y certificará la labor efectuada por los vocales, los miembros del Consejo Asesor y los/as evaluadores/as.
  • El Secretario/a colaborará con el Director/a en la difusión de la revista, en las relaciones institucionales, intercambios, indexación y cualesquiera otras tareas que redunden en la mejora de la calidad y el reconocimiento de la revista.

1.1.3. Funciones de los Vocales del Consejo de Redacción

  • Los vocales del Consejo de Redacción tendrán la obligación de asistir a las reuniones que se convoquen (que podrán celebrarse de manera presencial, por videoconferencia, o en modalidad híbrida).
  • Los vocales, bajo la coordinación del secretario/a, colaborarán en la lectura previa de originales para tomar la decisión de cuáles son sometidos a evaluación y cuáles son devueltos a las autorías.
  • Los vocales colaborarán en la búsqueda de evaluadores externos para los trabajos y no podrán evaluar.
  • Los vocales asesorarán y colaborarán con la dirección de la revista en cualesquiera tareas que se consideren necesarias para el correcto funcionamiento de la revista, entre ellas, velar por el cumplimiento de la puntualidad y periodicidad.

1.2. Consejo Asesor

  • El Consejo Asesor estará integrado por profesionales e investigadores/as de reconocido prestigio y solvencia, sin vinculación institucional con la revista. Debe servir, aparte de para imprimir rigor a la revista, para marcar la política editorial, hacer atractiva la revista tanto para las autorías como para los/as lectores/as y difundirla, en la medida de sus posibilidades, en todos los foros. Asimismo, colaborará en los procesos de evaluación y auditoría.
  • Al menos el diez por ciento de los miembros que compongan el Consejo Asesor deberán pertenecer a instituciones extranjeras. El proceso de elección de sus miembros será el siguiente: propuestos por miembros del Consejo de Redacción, los nombramientos deberán ser ratificados por el Consejo de Departamento de Didáctica de las Lenguas, Artes y Educación Física.
  • Los miembros del Consejo Asesor podrán participar en los procesos de evaluación de originales como pares externos, teniendo en cuenta que al menos una de las evaluaciones siempre será emitida por un evaluador ajeno al Consejo Asesor.

2. Características y funcionamiento

2.1. Periodicidad

La revista se publicará con periodicidad de un número anual. Además, con carácter extraordinario, la revista podrá proponer a Ediciones Complutense la publicación de algún número especial siguiendo las condiciones que establezca dicho órgano y las recogidas en estos estatutos.

2.2. Estructura

La revista constará de las siguientes secciones:

  • Investigaciones y estudios. En esta sección se recogen artículos de investigación empírica, teórica o histórica sobre didáctica de la lengua y la literatura, enseñanza de segundas lenguas y literatura infantil y juvenil, con una parte dedicada a orientaciones didácticas. Las lenguas de publicación son español, inglés y francés.
  • Reseñas. En esta sección se incluyen reseñas de los libros publicados en los últimos años sobre didáctica de la lengua y la literatura, tanto nacionales como internacionales.

2.3. Números especiales

Los números especiales se regirán por las siguientes normas:

  • Serán propuestos por la dirección de la revista, deberán ser aceptados por el Consejo de Redacción y aceptados por el Consejo Editorial de Ediciones Complutense. Para ello, se cumplimentará el formulario habilitado a tal efecto.
  • La labor de edición de este número correrá a cargo del coordinador/a designado, bajo el asesoramiento y supervisión de la secretaría y dirección de la revista.
  • Solo podrá editarse un número especial por año y su publicación no podrá ser consecutiva, debiendo transcurrir un periodo de tres años naturales desde la edición del último número especial. Asimismo, el número especial no hará las veces de número ordinario ni ocupará su lugar.
  • La edición de los números especiales se atendrá al mismo proceso de revisión y a los estándares de calidad exigidos para los números ordinarios.
  • Los números especiales se estructurarán de la misma manera que los ordinarios: investigaciones y estudios, y reseñas.

2.4. Normas de publicación e instrucciones de envío

Las normas de estilo y las instrucciones de envío pueden consultarse en el apartado Envíos y directrices para autores/as, que incluye información detallada sobre la presentación de manuscritos, proceso editorial, evaluación, etc.