Vol. 15, Núm. 1 (2024)

Llamada a artículos

Monográfico:

20 años de la Ley Orgánica de Protección Integral contra la Violencia de Género en España: implantación, desarrollo, impacto y retos futuros

 

El 28 de diciembre del año 2004, se aprobó en España la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, bajo el mandato del gobierno del presidente José Luis Rodríguez Zapatero. Una ley integral con la que se pretendía abordar, desde una amplitud de ámbitos, el problema personal y social derivado de la violencia machista que viven y han vivido las mujeres a manos de sus parejas o exparejas. Una ley pionera que ha servido de espejo para legislaciones de todo el mundo.

Desde el año 2003, cuando se empezaron a registrar los asesinatos de mujeres a manos de sus parejas o exparejas, España ha contabilizado el asesinato de 1239 mujeres. Asimismo, desde el año 2013, año en que comienza el registro de asesinatos vicarios, han sido asesinados 52 menores a manos de sus propios padres o de la pareja o expareja de su madre (Delegación del Gobiernos Contra la Violencia de Género, 2024).

Esta realidad no se circunscribe únicamente a España. Según la ONU, a pesar de que sigue existiendo una importante carencia de datos completos, fiables, comparables y actualizados sobre la violencia contra las mujeres y niñas, se calcula que 736 millones de mujeres –casi una de cada tres– han sido víctimas de violencia física o sexual por parte de su pareja, de violencia sexual fuera de la pareja, o de ambas, al menos una vez en su vida (el 30% de las mujeres de 15 años o más). Además, según datos del año 2022, unas 48.800 mujeres y niñas murieron a manos de sus parejas u otros familiares en todo el mundo. Es decir, que una mujer o niña es asesinada cada hora por alguien de su propia familia.

Para intentar paliar esta situación, en la Ley Integral 1/2004 se desarrollaron, como se indica en la exposición de motivos, tanto los aspectos preventivos, educativos, sociales, asistenciales y de atención posterior a las víctimas, como la normativa civil que incide en el ámbito familiar o de convivencia donde principalmente se producen las agresiones, así como el principio de subsidiariedad en las Administraciones Públicas. Igualmente se abordó la respuesta punitiva que deben recibir todas las manifestaciones de violencia que regula la Ley. Además, se determinaron las medidas de sensibilización, prevención y detección e intervención en diferentes ámbitos, como la educación, la publicidad, los medios de comunicación o la sanidad.

Las contribuciones girarán en torno a las siguientes líneas temáticas:

  1. Evolución de la violencia de género en España en el marco temporal desde la implantación de la ley
  2. Prevención y sensibilización en torno a la violencia de género.
  3. Marco legislativo y penal de la violencia de género en España y su comparación con otros países del mundo.
  4. Impacto y prevención de la violencia de género en el ámbito educativo.
  5. Impacto y prevención de la violencia de género en el ámbito sanitario.
  6. Impacto y prevención de la violencia de género en el ámbito de los servicios sociales.
  7. Violencia de género y contenidos culturales.
  8. Violencia de género y medios de comunicación.
  9. Violencia de género en el entorno digital.
  10. Adaptación de la legislación española y europea al Convenio de Estambul.

Número coordinado por: Dra. Dunia Etura Hernández (Cátedra de Estudios de Género, Universidad de Valladolid, España), Dra. Virginia Martín Jiménez (Cátedra de Estudios de Género, Universidad de Valladolid, España), Dra. Carla Cerqueira (Universidade Lusófona, CICANT, Portugal) y Dra. Virginia García Beaudoux (Universidad de Buenos Aires, Argentina).

Llamada a artículos

Todos los textos deben ser originales y han de ser enviados por la plataforma (no se admiten entregas por correo electrónico), siguiendo escrupulosamente las normas de la revista: https://revistas.ucm.es/index.php/INFE/about/submissions

Los trabajos pueden presentarse en inglés o en español. No pueden haber sido publicados previamente, ni pueden estar en proceso de evaluación en otras revistas.

Es preferible que sean fruto de investigaciones competitivas, con un equipo de clara visión internacional.

Todos los artículos estarán sujetos a una doble revisión ciega.

Se recuerda que aparte de los textos del Monográfico, la sección de Miscelánea siempre está abierta, todo el año, con artículos en todos los números de la revista.

Fechas y plazos

Presentación de artículos originales: Hasta el 31 de marzo de 2024.

Revisión de artículos originales: Según recepción y hasta 15 de abril de 2024.

Publicación: Mayo de 2024.