Estatutos de la revista

Preámbulo

La revista Dicenda. Estudios de lengua y literatura españolas (ISSN 0212-2952 / ISSN-e 1988-2556) es una publicación periódica editada por los Departamentos de Literaturas Hispánicas y Bibliografía y de Lengua Española y Teoría de la Literatura de la Facultad de Filología. En sus páginas recoge trabajos de lengua y literatura españolas, así como de teoría de la literatura y literatura comparada.

1. Organos de gestión

Los órganos de gestión encargados de la coordinación científica y la edición de la revista serán el Consejo de Redacción y el Consejo Asesor. Todos los miembros de estos consejos se  comprometen a respetar los principios del Código Ético que establezca para las revistas científicas la Universidad Complutense de Madrid.

1.1. Consejo de Redacción. Estructura y composición

El Consejo de Redacción estará compuesto por el/la Directora/a, el/la Secretario/a y diez Vocales. El puesto de Director/a y el de Secretario/a deberá estar ocupado por un profesor/a en activo con relación contractual con la UCM. De los doce miembros del Consejo de Redacción, cuatro pertenecerán a instituciones diferentes a la Universidad Complutense de Madrid.

El Consejo de Redacción asistirá al Director/a en todas sus funciones y en la definición de los contenidos y el estilo de la revista.

De los doce miembros del Consejo de Redacción, seis serán elegidos, a propuesta del Consejo de Redacción, por el Consejo del Departamento de Literaturas Hispánicas y Bibliografía y, de ellos, dos no pertenecerán a la UCM. Los seis restantes serán elegidos, también a propuesta del Consejo de Redacción, por el Consejo del Departamento de Lengua Española. Teoría de la Literatura y Literatura Comparada y, de ellos, dos no pertenecerán a la UCM.

El Director/a será elegido por el Consejo de Redacción. El puesto de Secretario/a será de designación directa del Director/a.

Todos los miembros serán elegidos para un periodo de cuatro años y solo podrán renovar su cargo por un periodo de otros cuatro años.

1.1.1. Funciones del Director/a

El Director/a se encargará de la coordinación y representación de la revista, de las relaciones con el Consejo de Redacción y con al Consejo Asesor y con Ediciones Complutense. Asimismo se encargará de las relaciones con otras instituciones para cualquier cuestión relacionada con la revista.

El Director/a elegirá al Secretario/a.

El Director/a convocará las reuniones del Consejo de Redacción.

El Director/a tendrá la obligación de informar al Consejo de Departamento y, en su caso, a la Junta de Facultad sobre el funcionamiento de la revista, así como sobre sus necesidades.

El Director/a será responsable de velar por el mantenimiento de la máxima calidad científica de la revista, así como de su reconocimiento e inclusión en las bases de datos nacionales e internacionales y de su evaluación para su la consecución de sellos de calidad, para lo cual contará con la ayuda del resto de los miembros del Consejo de Redacción.

1.1.2. Funciones del Secretario/a

El Secretario/a se encargará de la recepción de los originales y de su gestión a lo largo del proceso de evaluación y publicación.

El Secretario/a será responsable de la comunicación con los autores, con los miembros del Consejo de Redacción y del Consejo Asesor.

El Secretario/a acusará recibo a los autores de los originales recibidos.

El Secretario/a se encargará de remitir a los evaluadores los originales junto con un documento de instrucciones y una plantilla de evaluación.

El Secretario/a se encargará del seguimiento del proceso editorial completo de los números de la revista (preparación y entrega de los originales -incluidas las primeras páginas- proceso de maquetación, envío de las pruebas a los autores, revisión de la versión previa a la imprenta, comunicación a los autores de la publicación).

El Secretario/a preparará las reuniones con el Director/a y levantará acta de las reuniones del Consejo de Redacción. Asimismo será el responsable de la custodia de las actas, y certificará la labor efectuada por los vocales y los evaluadores.

El Secretario/a colaborará con el Director/a en la difusión de la revista, en las relaciones institucionales, intercambios, indexación y cualesquiera otras tares que redunden en la mejora de la calidad y reconocimiento de la revista.

1.1.3. Funciones de las Vocales del Consejo de Redacción

Los Vocales del Consejo de Redacción tendrán la obligación de asistir a las reuniones que se convoquen. Esa obligación no rige para los Vocales ajenos a la Universidad Complutense que, en cualquier caso, serán convocados a las reuniones e informados de sus decisiones.

Los Vocales colaborarán en la búsqueda de evaluadores externos para los trabajos y no serán evaluadores en ningún caso.

Los Vocales asesorarán y colaborarán con la dirección en cualesquiera tareas que se consideren necesarias para el correcto funcionamiento de la revista, entre ellas, velar por el cumplimiento de la puntualidad y la periodicidad.

1.1.4. Consejo Asesor

El Consejo Asesor estará integrado por profesionales de reconocido prestigio y solvencia, sin vinculación institucional con la revista. Debe servir, además de para imprimir rigor a la revista, para marcar su política editorial, hacerla más atractiva y difundirla en todos los foros. Asimismo, colaborarán en los procesos de evaluación y auditoría.

El Consejo Asesor deberá contar entre sus miembros con profesionales e investigadores de instituciones extranjeras.

Los miembros del Consejo Asesor serán elegidos por los Consejos de Departamento de Literaturas Hispánicas y Bibliografía y de Lengua Española y Teoría de la Literatura, a propuesta del Consejo de Redacción de la Revista.

Los miembros del Consejo Asesor podrán participar en los procesos de evaluación de originales como pares externos, teniendo en cuenta que al menos una de las evaluaciones deberá ser emitida por un evaluador ajeno al Consejo Asesor.

2. Característica y funcionamiento

2.1. Periodicidad

La revista se publicará con una periodicidad de un número al año.

2.2. Estructura

La revista constará de dos secciones: “Artículos” y “Reseñas”. En algunos casos podrá añadirse una tercera sección de carácter misceláneo, “Notas”, dedicada a diferentes funciones: dar cuenta de una investigación en marcha, recoger el resultado de una investigación muy concreta, incluir entrevistas con autores contemporáneos, etc. Ni las “Notas” ni las “Reseñas” serán evaluadas por pares.

2.3. Normas de publicación