subastémoslas… ya. sobre la posibilidad, de lege lata, de otorgar las licencias audiovisuales al mejor postor
Abstract
La prestación de servicios audiovisuales a través de ondas hertzianas terrestres exige la obtención de una licencia que se concede mediante concurso público a la entidad que presente la mejor oferta. Cuál sea esa oferta depende de los criterios fijados discrecionalmente en cada convocatoria, dentro del marco fijado por la Ley General de la comunicación audiovisual. Este sistema presenta desventajas y disfunciones importantes que el profesor Domenech Pascual ha sugerido superar sustituyendo los concursos por subastas, de manera que las licencias se adjudiquen a quien ofrezca una suma superior de dinero. Este trabajo tiene por objeto esclarecer en qué medida el ordenamiento legal vigente permitiría materializar esa propuesta o, en su defecto, otra similar en la que el precio ofrecido por los interesados sea determinante. Además, ante la situación de crisis del sector audiovisual español, se plantea la viabilidad jurídica de poner fin a las licencias anticipadamente a fin de que las subastas, o su remedo, puedan celebrarse cuanto antes.
##submission.format##
Licenza
La revista Derecom. Derecho de la Comunicación, para fomentar el intercambio global del conocimiento, facilita el acceso sin restricciones a sus contenidos desde el momento de su publicación en la presente edición electrónica, y por eso es una revista de acceso abierto. Los originales publicados en esta revista son propiedad de la Universidad Complutense de Madrid y es obligatorio citar su procedencia en cualquier reproducción total o parcial. Todos los contenidos se distribuyen bajo una licencia de uso y distribución Creative Commons Reconocimiento 4.0 (CC BY 4.0). Esta circunstancia ha de hacerse constar expresamente de esta forma cuando sea necesario. Puede consultar la versión informativa y el texto legal de la licencia.