El sexting no consentido en el ámbito escolar. Apreciación en la justicia constitucional ecuatoriana

  • Jacqueline Guerrero Carrera Investigadora en formación del Programa de Doctorado en Derecho y Economía de la Escuela Internacional de Doctorado CEINDO – Universidad CEU San Pablo (España) https://orcid.org/0000-0002-3513-8291
  • Taíz Ripalda Abogada de la Universidad Internacional del Ecuador
Palabras clave: violencia de género, sexting, ciberacoso, ciberviolencia

Resumen

Las diferentes formas de violencia de género digital, como el ciberacoso o la violación de la intimidad en entornos digitales, es un problema real, actual y de trascendencia, que constituye, además, un tema de derechos humanos de mujeres y niñas de gran complejidad y que requiere de atención urgente, así como de un abordaje responsable. También, es un tema poco comprendido, lo que conlleva a su invisibilización y a que no existan estrategias integrales para su prevención. Por esta razón, la reflexión sobre los peligros y transgresiones que sufren las mujeres en el ciberespacio debe contribuir al fortalecimiento del derecho a una vida libre de violencia de género, con base en la construcción de espacios virtuales inclusivos, libres, abiertos, seguros, resilientes e igualitarios. 

Este trabajo aborda la figura del sexting que afecta a niñas y adolescentes en los espacios escolares, a partir de la línea jurisprudencial establecida en la sentencia No. 456-20-JP/21, del 10 de noviembre de 2021, dictada por la Corte Constitucional del Ecuador. La decisión del máximo órgano de justicia constitucional ecuatoriano resulta relevante, por cuanto aborda el tema desde la perspectiva de los derechos de los niños y adolescentes y la justicia restaurativa, siendo los procedimientos sancionatorios de carácter subsidiarios y excepcionales. Esto supone una tensión con la idea de que la difusión no autorizada de imágenes íntimas es un delito y una forma de violencia que conlleva un grave perjuicio moral, psicológico y afectivo para la víctima. 

El estudio de los contenidos fácticos, jurídicos e interpretativos de la sentencia No. 456-20-JP/21 permite entender las diversas perspectivas de abordaje de un tema trascendente para los niños, niñas y adolescentes y las comunidades educativas, en una ´época en la que se ha agregado un factor de complejidad como es el uso de inteligencia artificial en casos de violencia sexual digital entre adolescentes.

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Publicado
2024-10-15
Cómo citar
Guerrero Carrera J. y Ripalda T. (2024). El sexting no consentido en el ámbito escolar. Apreciación en la justicia constitucional ecuatoriana. Derecom. Derecho de la Comunicación y de Nuevas Tecnologías, 37, 81-94. https://doi.org/10.5209/dere.98115
Sección
Artículos