Estatutos de la revista

La revista Cuadernos de Historia Moderna (ISSN: 0214-4018 / ISSN-e: 1988-2475) es una publicación periódica de carácter científico editada por el Departamento de Historia Moderna Historia Contemporánea de la Facultad de Geografía e Historia de la Universidad Complutense de Madrid, y especializada en la historia de España, Europa y el Mundo en la Edad Moderna. Publica un volumen al año que consta a su vez de dos fascículos, uno misceláneo y otro monográfico. De acuerdo con el espíritu de los Estatutos de la Universidad Complutense (art. 3º, 13º, 133º, 134º y 143º), sus órganos de gestión y las características de estas publicaciones son los siguientes:


I. ÓRGANOS DE GESTIÓN
Los órganos de gestión encargados de la coordinación científica y la edición de la revista serán el Consejo de Redacción y el Consejo Asesor. Como condición general, se establece que todos los especialistas que conformen estos dos Consejos se comprometerán a adherirse y respetar los principios del Código Ético de la revista Cuadernos de Historia Moderna que se detallan en documento adjunto o que se acuerden en futuras actualizaciones.

1. CONSEJO DE REDACCIÓN
1.1. Composición: el Consejo de Redacción estará integrado por los cargos siguientes: una Dirección y trece Vocalías. Dos tercios del Consejo serán profesores del Área de Historia Moderna del Departamento de Historia Moderna Historia Contemporánea de la Universidad Complutense de Madrid, y el tercio restante,  especialistas de reconocido prestigio pertenecientes a distintas instituciones científicas.

Los nombramientos de los cargos de Director/a y Secretario/a se deberán notificar al Vicerrectorado de Cultura, Deporte y Extensión Universitaria y a la Dirección de Ediciones Complutense, adjuntando el correspondiente documento acreditativo expedido por el Consejo de Departamento. El nombramiento se hará efectivo desde el momento de la recepción del citado documento, causando efecto desde la fecha de nombramiento por parte del Consejo de Departamento.

1.2. Elección de los miembros: Todos los miembros del Consejo de Redacción serán elegidos por los representantes del Área de Historia Moderna en el Consejo del Departamento de Historia Moderna Historia Contemporánea en votación secreta y posteriormente ratificados en Consejo de Departamento. Serán elegidos los candidatos más votados, y se procederá en tres elecciones diferentes, una para la Dirección, otra para cubrir las vacantes producidas en las Vocalías correspondientes a miembros del Área de Historia Moderna del Departamento, y otra para las Vocalías externas entre los especialistas propuestos al Consejo del Departamento. La vocalía que se encargue de la Secretaría será designada por la Dirección, preferiblemente entre vocales del Consejo de Redacción que pertenezcan al Área de Historia Moderna del Departamento de Historia Moderna Historia Contemporánea. Podrá nombrarse, en caso necesario, una secretaría primera y una secretaría segunda o vicesecretaría.

Las candidaturas a la Dirección y a las Vocalías internas deberán ser presentadas por los interesados en un plazo comprendido entre la recepción de la convocatoria para la reunión del Consejo de Departamento de Historia Moderna Historia Contemporánea donde se procederá a dicha elección y el día anterior a la elección. Las propuestas para suplir vacantes de las Vocalías externas las presentará el Consejo de Redacción.

En caso de no haber candidatos internos, se procederá a cubrir las vacantes por sorteo entre los miembros del Área de Historia Moderna del Consejo del Departamento, o se incrementará temporalmente el número de vocales externos.

En caso de empate entre candidatos, tendrá prioridad quien no hubiese pertenecido nunca al Consejo de Redacción o quien llevase más tiempo fuera del mismo.

1.3. Duración de los cargos: Los miembros del Consejo de Redacción serán elegidos para un periodo de cuatro años. Podrán renovar sus vocalías por un segundo periodo cuatrienal si vuelven a presentar sus candidaturas y salen reelegidos para alguna de las vacantes. Transcurridos dos mandatos habrá un periodo de carencia de cuatro años para volver a presentarse, salvo que en ese tiempo no concurran otros candidatos para cubrir las vocalías vacantes.

1.4. Corresponde a la Dirección del Consejo de Redacción:
1.- Asumir las tareas vinculadas a la coordinación y representación general de la revista, las relaciones con el Servicio de Publicaciones de la Universidad Complutense de Madrid (o la casa editorial) y los Consejos de Redacción y Asesor, y la colaboración con otras instituciones (difusión y promoción, intercambio, etc.).
2.- Elegir a los miembros de la Secretaría.
3.- Convocar las reuniones periódicas o extraordinarias del Consejo de Redacción.
4.- Informar al Consejo del Departamento sobre el funcionamiento y necesidades de la revista.
5.- Velar por el reconocimiento y conservación de la máxima calidad científica de la revista ante las agencias e índices de calificación nacionales e internacionales.

La Dirección tendrá un voto de calidad en caso de empate en la toma de decisiones que afecten al funcionamiento interno de la revista y al diseño de cada número y de cualquier otro volumen extraordinario.

1.5. Corresponde de la Secretaría del Consejo de Redacción:
1.- Responsabilizarse de la recepción, custodia y gestión de los originales para su evaluación y publicación.
2.- Llevar la correspondencia ordinaria de la revista con autores, colaboradores y evaluadores externos, con los miembros de los Consejos de Redacción y Asesor, y con el Servicio de Publicaciones de la Universidad Complutense de Madrid (o la casa editorial)
3.- Gestionar los originales, pruebas de imprenta y envío de ejemplares.
4.- Preparar las reuniones del Consejo de Redacción junto con la Dirección.
5.- Atender a la gestión institucional y económica de la revista (solicitud de patrocinio o financiación, administración y justificación de ingresos y gastos, etc.) en colaboración con la Dirección del Consejo de Redacción, y la Dirección y la Secretaría del Departamento.
6.- Supervisar los intercambios con otras publicaciones y la labor de difusión de la revista.
7.- Levantar acta de las reuniones y acuerdos del Consejo de Redacción, y certificar la labor efectuada por vocales, asesores y evaluadores, así como la aceptación de originales para su publicación.

1.6. Corresponde a las Vocalías del Consejo de Redacción:
1.- Colaborar en la lectura previa de originales recibidos estimando si reúnen las condiciones necesarias en cuanto a calidad científica y formato antes de proceder a su evaluación externa por el sistema de pares ciegos. Los Vocales no podrán evaluar los artículos presentados.
2.- Participar en las reuniones del Consejo de Redacción, colaborar en las diversas secciones y tareas de las publicaciones que dependen del Consejo, y aprobar los volúmenes que se publican de Cuadernos de Historia Moderna.

1.7. Con el propósito de agilizar el funcionamiento de la revista, el Consejo de Redacción se dotará de una Comisión Permanente a la que corresponderá atender y resolver asuntos menores que necesiten tramitación urgente. La Comisión Permanente estará integrada por cinco miembros de los cuales el/la Director/a, que la presidirá, y el/la secretario/a serán miembros natos, y los otros tres serán designados de entre el resto de vocales en atención a la naturaleza de los asuntos a tratar.

2. CONSEJO ASESOR

2.1. Finalidad: El Consejo Asesor colaborará con el Consejo de Redacción en la definición de las directrices científicas de la edición de la revista y en el apoyo institucional y académico a la misma.

2.2. Composición y elección de sus miembros: Lo compondrán 18 especialistas nacionales e internacionales de reconocido prestigio en el ámbito de la investigación en Historia Moderna y otras áreas afines. Serán propuestos por el Consejo de Redacción y aprobados por el Consejo del Departamento. Si los candidatos propuestos superasen el número de vacantes disponibles, se elegirá a los más votados.

2.3. Duración de los cargos: Los miembros del Consejo Asesor serán elegidos para un período de cuatro años, y podrán ser reelegidos para otro cuatrienio, transcurrido el cual se respetará un periodo de carencia equivalente a un mandato.

2.4. Corresponde a los miembros del Consejo Asesor:
1.- Colaborar con su experiencia y apoyo en el reconocimiento, difusión y consolidación de la revista en el ámbito académico, científico y cultural tanto en España como en el extranjero.
2.- Evaluar artículos originales y otros textos o traducciones como pares externos.

II. CARACTERÍSTICAS Y FUNCIONAMIENTO DE LA REVISTA

1. PERIODICIDAD
Cuadernos de Historia Moderna tendrá una periodicidad anual, publicando dos fascículos al año. Podrán publicarse otros números extraordinarios en función de las disponibilidades de financiación o patrocinio del Departamento de Historia Moderna Historia Contemporánea de la Universidad Complutense de
Madrid.

2. ESTRUCTURA
Cada volumen consta de dos fascículos. El primero, que aparecerá a mediados de año, constará de las siguientes secciones: Estudios, Instrumento, En perspectiva y Reseñas bibliográficas. El segundo, de aparición en diciembre, estará conformado por un dossier o monográfico, Crónicas, y Trabajos Académicos del Departamento (Tesis doctorales, trabajos de investigación y Trabajos Fin Máster) y una relación de los evaluadores de los últimos dos años. La tipología y características específicas de cada una de las secciones se detallan en las normas de publicación vigentes.

Cada fascículo monográfico estará dedicado en su totalidad al tema propuesto por la coordinación del mismo, previa aprobación del Consejo de Redacción. Las propuestas de monográficos presentadas a su consideración deben incluir: título, resumen de contenidos y una relación de autores invitados o la propuesta de una convocatoria abierta para la recepción de originales.

Constará de un título y portada específicos, y podrá incluir entre sus secciones: Presentación o artículo introductorio, Estudios, Artículo bibliográfico o Balance historiográfico del tema abordado, Edición de documentos o Anexos, y Reseñas vinculadas a la temática abordada. La labor de edición de los mismos correrá a cargo de la coordinación del volumen bajo la supervisión de la Secretaría.

3. IDIOMA
Cuadernos de Historia Moderna se publicarán en español, aunque podrán incluir citas textuales o anexos en un idioma distinto. La conveniencia de publicar, de manera excepcional, artículos en otras lenguas quedará sometida al criterio del Consejo de Redacción con el visto bueno del Consejo del Departamento. Los resúmenes de los artículos se editarán en español e inglés.

4. FUNCIONAMIENTO
Todos los trabajos enviados a Cuadernos de Historia Moderna para su posible publicación deberán ser originales y referidos a la Historia Moderna. Se ajustarán obligatoriamente a los requisitos y procedimientos (envío, recepción, evaluación y aprobación) que figuran en sus Normas de Publicación, a los estándares de calidad y rigor científico acordes con la categoría de la revista y al Código Ético de la misma. Estos serán criterios exigibles para la selección y evaluación de los trabajos propuestos.

5. DERECHOS DE AUTOR
La aceptación de un trabajo para su publicación en Cuadernos de Historia Moderna supone que los derechos de copyright, en cualquier medio, por cualquier soporte y en el idioma en que se publique, quedan cedidos en exclusiva por el autor al editor de la revista. Podrá exigirse la firma de una declaración formal de cesión de tales derechos a la Universidad Complutense de Madrid. Aquellos autores que quieran reeditar sus trabajos en cualquier otra forma deberán solicitar por escrito la correspondiente autorización al Consejo de Redacción.

6. PUBLICACIÓN
6.1. Plazo de publicación de originales: El Consejo de Redacción se compromete a publicar el original aceptado dentro de los dos años posteriores a su aprobación, que determinará en qué número se incluirá. En caso contrario, deberá solicitar la conformidad del autor para ajustar la nueva fecha de publicación o la retirada del original aceptado.

6.2. Criterios en el orden de publicación de originales: El Consejo de Redacción procurará que se cumplan los límites de tiempo marcados para la publicación de los trabajos aceptados a fin de asegurar una rápida difusión de sus resultados. La composición de cada volumen ordinario se realizará según criterios editoriales para conformar un conjunto que equilibre la relevancia y originalidad de las aportaciones con la variedad de contenidos abordados.

6.3. Proceso de edición: La Secretaría de la revista, en colaboración con el Servicio de Publicaciones de la Universidad Complutense de Madrid, se encargará del tratamiento y maquetación de los originales aceptados hasta completar el proceso de edición de acuerdo con sus normas de estilo. Podrá colaborar en las tareas de edición de cada número ordinario otro vocal del Consejo de Redacción, y en la edición de los monográficos, sus respectivos coordinadores.

6.4. Corrección de pruebas: Durante la corrección de las pruebas no se admitirán nuevas variaciones ni adiciones al texto. Los autores deberán corregir las primeras pruebas en un plazo máximo de quince días, desde la entrega, pues de lo contrario se entiende que aceptan la corrección que haga la Secretaría. Las segundas pruebas estarán a cargo de la Secretaría.

6.5. Publicación y distribución de ejemplares: Una vez publicado cada número se procederá a la distribución de los ejemplares en papel destinados a autores, archivo, difusión e intercambio

 

I. EDITORES (CONSEJO DE REDACCIÓN DE LA REVISTA)

1. deberes y responsabilidades generales

Los editores (Consejo de Redacción) serán responsables de todo lo que se publica en la revista en lo que respecta a los siguientes deberes y responsabilidades:

1.1. Atenderán las inquietudes, cuestiones y quejas planteadas por sus lectores y por los autores.
1.2. Procurarán mejorar constantemente la revista y la calidad de lo que publican, con el apoyo de autores, lectores, evaluadores y asesores.
1.3. Velarán por la libertad de expresión.
1.4. Respetarán la integridad de los trabajos científicos editados.
1.5. Evitarán que intereses económicos o ideológicos comprometan los estándares intelectuales y éticos.
1.6. Se mostrarán dispuestos siempre a publicar las correcciones, clarificaciones, retractaciones y disculpas que sean necesarias.
1.7. Fomentarán el avance de la investigación y la crítica valiéndose de un sistema de evaluadores externos (peer-review).
1.8. Contribuirán a erradicar el uso de malas prácticas y conductas inadecuadas en la selección, evaluación y publicación de resultados de investigación.

2. Relaciones con los lectores
El compromiso de los editores (Consejo de Redacción) para con los lectores de la revista debe atenerse a los siguientes principios y buenas prácticas:

2.1. Todos los artículos de investigación publicados son revisados por evaluadores externos cualificados de manera imparcial y objetiva, y aquellas secciones ajenas a este procedimiento figuran debidamente indicadas.
2.2. Se aplican procesos que promueven la precisión, integridad y claridad en la publicación de los resultados de investigación incluyendo una labor de edición técnica y el uso apropiado de guías de estilo y normas de revisión.
2.3. Se respeta la mención precisa a la autoría y vinculación científica o académica de todos los trabajos publicados.
2.4. Se procura atender y dar respuesta a las sugerencias y quejas formuladas por los lectores.

3. Relaciones con los autores
El compromiso de los editores (Consejo de Redacción) para con los autores que presentan sus originales a la revista debe atenerse a los siguientes principios y buenas prácticas:

3.1. Las decisiones adoptadas por el Consejo de Redacción para aceptar o rechazar un trabajo original presentado a la revista se basarán en la relevancia, originalidad y claridad del trabajo.
3.2. No se rechazará la publicación de un trabajo aceptado a menos que se hayan identificado problemas graves en su remisión.
3.3. Los miembros que se renueven dentro del Consejo de Redacción no podrán cambiar las decisiones adoptadas previamente respecto a la publicación de trabajos ya aceptados a menos que se constaten graves problemas de procedimiento.
3.4. Deberá publicarse cómo funciona el procedimiento de recepción, selección y evaluación de originales (a través de los Estatutos y Normas de Publicación de la revista debidamente actualizados) para poder advertir cualquier desviación o mala práctica respecto al proceso descrito.
3.5. Se incluirán las fechas de recepción y aceptación de todos los artículos publicados.
3.6. Se establecerán mecanismos de subsanación o rectificación en caso de recurso ante las decisiones editoriales adoptadas por el Consejo de Redacción.
3.7. Los Estatutos de la revista y sus Normas de Publicación facilitarán a los autores toda la información necesaria sobre la manera de presentar sus originales, los criterios de selección y valoración de los mismos, y los procedimientos de evaluación, edición y publicación.
3.8. Se actualizarán constantemente estas pautas de actuación para garantizar la mejor calidad y valoración de la revista.
3.9. Los conflictos y quejas derivados de malas prácticas en el funcionamiento de la revista en relación con los autores o con sus órganos de gestión serán tratados y resueltos en el seno del Área de Historia Moderna del Consejo del Departamento de Historia Moderna Historia Contemporánea.

4. Relaciones con los evaluadores
El compromiso de los editores (Consejo de Redacción) para con los evaluadores que revisen los originales presentados la revista debe atenerse a los siguientes principios y buenas prácticas:

4.1. El Consejo de Redacción proporcionará a los evaluadores un formulario de evaluación y los criterios que deberá aplicar en este procedimiento incluyendo una mención expresa a la necesaria confidencialidad, objetividad e imparcialidad, y teniendo en cuenta los principios y buenas prácticas incluidos en el Código Ético de la revista.
4.2. Se exigirá previamente a los evaluadores que antes de aceptar esta tarea manifiesten si tienen algún conflicto de intereses que impida realizarla de manera objetiva.
4.3. En este proceso de revisión abierto se aplicarán sistemas que garanticen la protección de la confidencialidad respecto a la identidad de autores y evaluadores.
4.4. Se procurará actualizar, mejorar y ampliar el listado de potenciales evaluadores.
4.5. Se enviarán a los autores los cambios y sugerencias formulados por los evaluadores, respetando la debida confidencialidad y evitando incluir comentarios personales que puedan resultar ofensivos o descalificativos.