Preámbulo

La revista Anales del Seminario de Historia de la Filosofía (ISSN 0211-2337, ISSN-e 1988-2564) es una publicación cuatrimestral de carácter científico editada por el Departamento de Filosofía y Sociedad de la Facultad de Filosofía. En sus páginas se editan investigaciones sobre problemas historiográficos de la Filosofía y sobre cuestiones filosóficas desde la Antigüedad hasta la actualidad, con especial atención a la perspectiva hispana. Acepta originales prioritariamente en castellano.

1. Órganos de gestión

Los órganos de gestión encargados de la coordinación científica y la edición de la revista serán el Consejo de Redacción y el Consejo Asesor. Todos los miembros de estos consejos se comprometen a respetar los principios del Código Ético que establezca Ediciones Complutense para las revistas científicas

1.1. Consejo de Redacción: estructura y composición

  • El Consejo de Redacción estará compuesto por el/la Director/a, el/la Secretario/a y los vocales. El puesto de Director/a deberá estar ocupado por un/a profesor/a en activo con relación contractual con la UCM. Al menos un tercio de sus componentes deberá pertenecer a instituciones diferentes de la Universidad Complutense de Madrid.
  • El Consejo de Redacción asistirá al Director/a en todas sus funciones y, muy especialmente, en el seguimiento de los trabajos (recepción, evaluación, aceptación) y en la definición de los contenidos y el estilo de la revista (redacción de normas de presentación de originales, creación y orientación de las secciones, etc.).
  • El Director de la Revista será elegido por el Consejo de Departamento de Filosofía y Sociedad a propuesta de su Directora/a.
  • A propuesta del Director/a, el Consejo de Departamento aprobará el listado de miembros del Consejo de Redacción. El puesto de Secretario/a será de designación directa por parte del Director/a.
  • Los miembros del Consejo de Redacción serán elegidos por un periodo de 6 años y solo podrán renovar su cargo por un segundo periodo de 6 años.
  • Los nombramientos de los cargos de Director/a y Secretario/a se deberán notificar al Vicerrectorado de Cultura, Deporte y Extensión Universitaria y a la Dirección de Ediciones Complutense, adjuntando el correspondiente documento acreditativo expedido por el Consejo de Departamento. El nombramiento se hará efectivo desde el momento de la recepción del citado documento, causando efecto desde la fecha de nombramiento por parte del Consejo de Departamento.

1.1.1. Funciones del Director/a

  • El Director/a se encargará de la coordinación y representación de la revista, de las relaciones con el Consejo de Redacción, el Consejo Asesor y con Ediciones Complutense. Asimismo, se encargará de las relaciones con otras instituciones para cualquier cuestión relacionada con la revista.
  • El Director/a elegirá al Secretario/a.
  • El Director/a convocará las reuniones del Consejo de Redacción.
  • El Director/a tendrá la obligación de informar al Consejo del Departamento sobre el funcionamiento de la revista, así como de sus necesidades.
  • El Director/a será responsable de velar por el mantenimiento de la máxima calidad científica de la revista, así como de su reconocimiento e inclusión en bases de datos nacionales e internacionales y de su evaluación para la consecución de sellos de calidad, para lo cual contará con la ayuda del resto de miembros del Consejo de Redacción.
  • El Director/a tendrá un voto de calidad en caso de empate en las deliberaciones del Consejo de Redacción.

1.1.2. Funciones del Secretario/a

  • El Secretario/a se encargará de la recepción de los originales y de su gestión a lo largo del proceso de evaluación y publicación.
  • El Secretario/a será responsable de la comunicación con las autorías, con los miembros del Consejo de Redacción, del Consejo Asesor y con Ediciones Complutense.
  • El Secretario/a acusará recibo a las autorías de todos los trabajos recibidos.
  • El Secretario/a organizará el proceso de revisión de los originales recibidos por parte del Consejo de Redacción para que se decida qué trabajos se someten a evaluación y cuáles son devueltos, una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de la revista.
  • El Secretario/a se encargará de remitir a los evaluadores los originales junto con un documento de instrucciones y una plantilla de evaluación.
  • Una vez tomada la decisión de publicación sobre los originales, el Secretario/a se encargará de la comunicación motivada de la decisión a las autorías.
  • El Secretario/a se encargará del seguimiento del proceso editorial completo de los números de la revista (preparación y entrega de originales, proceso de maquetación, envío de pruebas a los/las autores/as, comunicación a las autorías de la publicación).
  • El Secretario/a preparará las reuniones con el Director/a y levantará acta de las reuniones del Consejo de Redacción. Asimismo, será el responsable de la custodia de las actas y certificará la labor efectuada por los vocales, los miembros del Consejo Asesor y los/as evaluadores/as.
  • El Secretario/a colaborará con el Director/a en la difusión de la revista, en las relaciones institucionales, intercambios, indexación y cualesquiera otras tareas que redunden en la mejora de la calidad y el reconocimiento de la revista.
  • El Secretario se encargará, además, de coordinar a los Secretarios técnicos en el ejercicio de sus funciones.
  • El Secretario/a emitirá las certificaciones correspondientes a cualquier modo de colaboración con la Revista.
  • El Secretario/a podrá nombrar Secretarixs técnicxs que le apoyen en el ejercicio de las funciones de las que es responsable.

 

1.1.3. Funciones de los Secretarios técnicos

  • Las funciones de los secretarios técnicos serán: supervisar el proceso de maquetación, la corrección de pruebas y la revisión de cubiertas de la revista; asistir al Secretario/a en el seguimiento del proceso editorial; asistir al Secretario/a en la comunicación con los autores y evaluadores; colaborar en la difusión de la revista, en las relaciones institucionales, intercambios, indexación y cualesquiera otras tareas que redunden en la mejora de la calidad y el reconocimiento de la revista.
  • En caso de resultar necesario, a propuesta del Secretario/a de Redacción, podrá nombrarse un Coordinador/a de Secretarios/as técnicos para organizar la distribución de las tareas.

1.1.4. Funciones de los Vocales del Consejo de Redacción

  • Los Vocales del Consejo de Redacción tendrán la obligación de asistir a las reuniones que se convoquen.
  • Los Vocales, bajo la coordinación del Secretario/a, colaborarán en la lectura previa de originales para tomar la decisión de cuáles son sometidos a evaluación y cuáles son devueltos a las autorías.
  • Los Vocales colaborarán en la búsqueda de evaluadores y evaluadoras externos para los trabajos y no podrán evaluar.
  • Los Vocales asesorarán y colaborarán con la dirección de la revista en cualesquiera tareas que se consideren necesarias para el correcto funcionamiento de la revista, entre ellas, velar por el cumplimiento de la puntualidad y periodicidad.
  • La no asistencia no justificada a dos reuniones del Consejo de Redacción en el transcurso de un año será causa de baja en dicho Consejo de Redacción.

 

1.2. Consejo Asesor

  • El Consejo Asesor estará integrado por profesionales e investigadores/as de reconocido prestigio y solvencia, sin vinculación institucional con la revista. Debe servir, aparte de para imprimir rigor a la revista, para marcar la política editorial, hacer atractiva la revista tanto para las autorías como para los/as lectores/as y difundirla, en la medida de sus posibilidades, en todos los foros. Asimismo, colaborará en los procesos de evaluación y auditoría.
  • El diez por ciento de los miembros que compongan el Consejo Asesor deberán pertenecer a instituciones extranjeras.
  • Los miembros serán elegidos por el Consejo del Departamento de Filosofía y Sociedad a propuesta del Consejo de Redacción.
  • Los miembros del Consejo Asesor podrán participar en los procesos de evaluación de originales como pares externos, teniendo en cuenta que al menos una de las evaluaciones siempre será emitida por un evaluador ajeno al Consejo Asesor.

2. Características y funcionamiento

2.1. Periodicidad

  • La revista se publicará con una periodicidad de tres números anuales. Además, con carácter extraordinario, la revista podrá proponer a Ediciones Complutense la publicación de algún número especial.

2.2. Estructura

  • La revista constará de dos secciones con carácter fijo:
  • Estudio: artículos de investigación sometidos al proceso de revisión por pares doble ciego.
  • Reseñas.
  • En el primer número de cada año se incorporará la siguiente sección:
  • Boletín de Bibliografía Spinozista
  • Además, la revista podrá constar con las siguientes secciones que no serán fijas:
  • Notas críticas
  • Fuentes y textos originales
  • Monográfico: sección dedicada a un tema de especial relevancia a propuesta de la Dirección o del Consejo de Redacción. Sus artículos serán sometidos al proceso de revisión por pares doble ciego.

2.3 Normas de publicación

-Se pueden consultar las normas de publicación de la revista en: https://revistas.ucm.es/index.php/ASHF/about/submissions