Estatutos de la revista

Preámbulo

La revista MIRAI. Estudios Japoneses 未来.日本研究紀要 (MIRAI Nihon Kenkyū Kiyō) (ISSN-e: 2531-145X) es una publicación periódica de carácter científico editada por la Facultad de Geografía e Historia de la Universidad Complutense de Madrid con la colaboración de la Asociación de Estudios Japoneses en España con Nº Registro: Sección 1ª, 112737, domicilio en C/ Mayor 69, 2ª planta (Fundación Japón), 28013 Madrid, España, y NIF: G80597206.. Los fines de esta publicación son esencialmente dos. El primero aglutinar y dar visibilidad a la investigación que sobre Estudios Japoneses se está llevando a cabo, prioritariamente, en España, y el segundo, entretejer una red de contactos de los investigadores del mundo de habla hispana. La revista está promovida principalmente por la Asociación de Estudios Japoneses en España (AEJE) y publicará aquellos estudios científicos inéditos primordialmente del campo de Humanidades y Ciencias Sociales aunque no excluye otras áreas.

1. Órganos de gestión

Los órganos de gestión encargados de la coordinación científica y la edición de la revista serán el Consejo de Redacción y el Consejo Asesor. Todos los miembros de estos consejos se comprometen a respetar los principios del Código Ético que en su caso establezca para las revistas científicas la Universidad Complutense de Madrid.

1.1. Consejo de Redacción: composición, funciones y elección

− El Consejo de Redacción estará compuesto por los Codirectores/as (el primero/a y el segundo/a), el Secretario/a y los vocales. El puesto del primer/a Codirector/a deberá estar ocupado por un profesor/a en activo con relación contractual con la UCM. El segundo/a será elegido entre los  investigadores de la AEJE. Al menos un tercio de sus componentes deberá pertenecer a instituciones diferentes de la Universidad Complutense de Madrid.

− El número de vocales será al menos de cinco, uno de cada entre las siguientes, lengua y literatura, sociología y antropología, historia, historia del arte, arquitectura, derecho, economía y filosofía.

− El Consejo de Redacción asistirá a los Codirectores/as en todas sus funciones y, muy especialmente, en el seguimiento de los trabajos (recepción, evaluación, aceptación) y en la definición de los contenidos y el estilo de la revista (redacción de normas de presentación de originales, creación y orientación de las secciones, etc.).

− Los miembros serán elegidos por el siguiente procedimiento:

La propuesta inicial de Consejo de Redacción, cumpliendo los requisitos previamente establecidos, será presentada por el grupo promotor de creación de la revista a la Junta de Facultad, que ratificará su constitución.

En periodos sucesivos, cuando corresponda la renovación del Consejo de Redacción, será éste el que elija mediante votación entre los candidatos presentados.

− Todos los miembros serán elegidos por un periodo de tres años y solo podrán renovar su cargo por un segundo periodo de otros tres años.

1.1.1. Funciones de los Codirectores/as

− Los Codirectores/as se encargarán de la coordinación y representación de la revista, de las relaciones con el Consejo de Redacción, el Consejo Asesor y con Ediciones Complutense. Asimismo, se encargarán de las relaciones con otras instituciones para cualquier cuestión relacionada con la revista.

− Los codirectores consensuarán la elección del secretario.

− Los Codirectores/as convocarán conjuntamente las reuniones del Consejo de Redacción.

− Los Codirectores/as tendrán la obligación de informar a la Facultad de Geografía e Historia de la Universidad de Complutense, Ediciones Complutense y la Asociación de Estudios Japoneses en España sobre el funcionamiento de la revista, así como de sus necesidades.

− Los Codirectores/as serán responsables de velar por el mantenimiento de la máxima calidad científica de la revista, así como de su reconocimiento e inclusión en bases de datos nacionales e internacionales y de su evaluación para la consecución de sellos de calidad, para lo cual contará con la ayuda del resto de miembros del Consejo de Redacción.

− El/la Codirector/a primero/a tendrá un voto de calidad en caso de empate en las deliberaciones del Consejo de Redacción.

1.1.2. Funciones del Secretario/a

− El Secretario/a se encargará de la recepción de los originales y de su gestión a lo largo del proceso de evaluación y publicación.

− El Secretario/a será responsable de la comunicación con los autores, con los miembros del Consejo de Redacción, del Consejo Asesor y con Ediciones Complutense.

− El Secretario/a acusará recibo a los autores de todos los trabajos recibidos.

− El Secretario/a organizará el proceso de revisión de los originales recibidos por parte del Consejo de Redacción para que se decida qué trabajos se someten a evaluación y cuáles son devueltos, una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de la revista.

− El Secretario/a se encargará de remitir a los evaluadores los originales junto con un documento de instrucciones y una plantilla de evaluación.

− Una vez tomada la decisión de publicación sobre los originales, el Secretario/a se encargará de la comunicación motivada de la decisión a los autores.

− El Secretario/a se encargará del seguimiento del proceso editorial completo de los números de la revista (preparación y entrega de originales –incluidas las primeras páginas y las estadísticas–, proceso de maquetación, envío de pruebas a los autores, revisión de la versión previa a la imprenta, comunicación a los autores de la publicación).

− El Secretario/a preparará las reuniones con los Codirectores/as y levantará acta de las reuniones del Consejo de Redacción. Asimismo, será el responsable de la custodia de las actas y certificará la labor efectuada por los vocales, los asesores científicos y los evaluadores.

− El Secretario/a colaborará con los Codirectores/as en la difusión de la revista, en las relaciones institucionales, intercambios, indexación y cualesquiera otras tareas que redunden en la mejora de la calidad y el reconocimiento de la revista.

- Las funciones del secretario/a arriba mencionadas pueden ser apoyadas por los coordinadores de las partes del Monográfico y de la sección Laboratorio de Traducción de cada número, nombrados por el Consejo de Redacción, en quienes el secretario/a podrá delegar funciones.

1.1.3. Funciones de los Vocales del Consejo de Redacción

− Los Vocales del Consejo de Redacción tendrán la obligación de asistir a las reuniones que se convoquen. Los miembros residentes fuera de Madrid podrán participar recurriendo a distintos medios de comunicación.

− Los Vocales, bajo la coordinación del Secretario/a, colaborarán en la lectura previa de originales para tomar la decisión de cuáles son sometidos a evaluación y cuáles son devueltos a los autores.

− Los Vocales colaborarán en la búsqueda de evaluadores externos para los trabajos y no serán evaluadores en ningún caso.

− Los Vocales asesorarán y colaborarán con la dirección de la revista en cualesquiera tareas que se consideren necesarias para el correcto funcionamiento de la revista, entre ellas, velar por el cumplimiento de la puntualidad y periodicidad.

1.2. Consejo Asesor

− El Consejo Asesor estará integrado por profesionales e investigadores de reconocido prestigio y solvencia, sin vinculación institucional con la revista. Debe servir, aparte de para imprimir rigor a la revista, para marcar la política editorial, hacer atractiva la revista tanto para los autores como para los lectores y difundirla, en la medida de sus posibilidades, en todos los foros. Asimismo, colaborará en los procesos de evaluación y auditoría.

− El Consejo Asesor deberá contar entre sus miembros con profesionales e investigadores de instituciones extranjeras.

− El proceso de elección de sus miembros será el siguiente: el Consejo de Redacción es quien los elige, previa consulta a la Junta Directiva de la Asociación de Estudios Japoneses en España.

− Los miembros del Consejo Asesor podrán participar en los procesos de evaluación de originales como pares ciegos, teniendo en cuenta que al menos una de las evaluaciones siempre será emitida por un evaluador ajeno al Consejo Asesor.

2. Características y funcionamiento

2.1. Periodicidad

− La revista se publicará con una periodicidad anual. Además, con carácter extraordinario, la revista podrá proponer a Ediciones Complutense la publicación de algún número especial.

2.2. Estructura

− La revista constará de las siguientes secciones:

Índice

Editorial

Artículos especiales de autores invitados: textos relevantes acordes a la actualidad de cada momento.

Artículos Monográficos: Cada número tendrá un tema monográfico propuesto por el Consejo de Redacción.

Artículos de Laboratorio de Traducción: traducciones inéditasdel texto japonés al castellano acompañadas de estudios críticos.

Artículos Miscelanea: Contribuciones que no ajustan al tema monográfico.

Tesis doctorales leídas

Reseñas: Críticas Bibliográficas de los libros donados a la Asociación de Estudios Japoneses en España. Críticas Expositivas.

2.3. Normas de publicación