Seguridad Social brasileña y Trabajo Social: consideraciones sobre el Beneficio de Prestación Continua

  • Roberta Stopa Pontifícia Universidade Católica de São Paulo
Palabras clave: Seguridad Social, asistencia social, previsión social, Beneficio de Prestación Continua, Trabajo Social
Agencias: Coordenação de Aperfeiçoamento de Pessoal CAPES Brasil

Resumen

La seguridad social brasileña, garantizada por la Constitución federal de 1988, comprende los derechos relativos a la salud, previsión social y asistencia social. El Beneficio de Prestación Continua (BPC) fue aprobado en los objetivos de la política de asistencia social y está regulado por la Ley Orgánica de Asistencia Social de 1993. Esta prestación garantiza un salario mínimo mensual a las personas con discapacidad y a las personas mayores. Para acceder a esta ayuda los requisitos que hay que cumplir son: la evaluación médica y social de la persona con discapacidad, la edad de 65 años para la persona mayor, y para ambos, la renta per capita del núcleo familiar, cuyo valor ha de ser inferior a la cuarta parte del salario mínimo. Con la regulación del BPC se han producido avances y retrocesos en la legislación y en su ejecución, de ahí que este artículo se propone presentar: una reflexión teórica, el análisis de la legislación sobre la temática y algunas consideraciones sobre los desafíos que se plantean para los trabajadores sociales.

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Biografía del autor/a

Roberta Stopa, Pontifícia Universidade Católica de São Paulo

Trabajadora social. Doctoranda del programa de postgrado en Trabajo Social de la Pontifícia Universidade Católica de São Paulo (PUC/SP), con período de estudios en la Universitat Autònoma de Barcelona, España, con beca de la "Coordenação de Aperfeiçoamento de Pessoal - CAPES".

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Publicado
2016-06-08
Cómo citar
Stopa R. (2016). Seguridad Social brasileña y Trabajo Social: consideraciones sobre el Beneficio de Prestación Continua. Cuadernos de Trabajo Social, 29(2), 323-333. https://doi.org/10.5209/CUTS.50131