Estatutos de la revista REVESCO. Revista de Estudios Cooperativos
La revista REVESCO. Revista de Estudios Cooperativos (ISSN-e: 1885- 8031) es una revista de publicación continua de carácter científico coeditada por la Escuela de Estudios Cooperativos de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales de la UCM y por la Asociación de Estudios Cooperativos (AECOOP). La revista ha tenido tres etapas diferenciadas:
Edición en papel: 1963 -2005.
Edición electrónica: 2006-2019
Edición electrónica: publicación continua: 2020 en adelante
REVESCO. Revista de Estudios Cooperativos publica trabajos originales de investigación que contribuyan a dar a conocer las últimas aportaciones en materia de “Organizaciones de Participación” (Economía Social) y que sirvan de apoyo a las investigaciones que se realicen en este campo así como a garantizar el impacto de la Revista en el ámbito académico.
Los trabajos deben ser inéditos y no estar aprobados para su publicación en otra revista. Esto es, se entiende que el material no está publicado ni presentado para su publicación en ningún otro medio de difusión.
Los criterios de selección son el nivel científico y la contribución de los trabajos al intercambio de información en el ámbito de la investigación de las organizaciones de la Economía Social.
1. Órganos de gestión
Los órganos de gestión encargados de la coordinación científica y la edición de la revista serán el Consejo de Redacción y el Consejo Asesor. Todos los miembros de estos consejos se comprometen a respetar los principios del Código Ético que en su caso establezca para las revistas científicas la Universidad Complutense de Madrid.
1.1. Consejo de Redacción: estructura y composición
- El Consejo de Redacción estará compuesto por el/la Director/a, el/la Secretario/a y once vocales. El puesto de Director/a deberá estar ocupado por un/a profesor/a de Universidad de reconocido prestigio en el ámbito objeto de estudio de la revista. Al menos un tercio de sus componentes deberá pertenecer a instituciones diferentes de la Universidad Complutense de Madrid.
- El Consejo de Redacción asistirá al Director/a en todas sus funciones y, muy especialmente, en el seguimiento de los trabajos (recepción, evaluación, aceptación) y en la definición de los contenidos y el estilo de la revista (redacción de normas de presentación de originales, creación y orientación de las secciones, etc.).
- Los miembros serán elegidos por el equipo directivo de la Escuela de Estudios Cooperativos y la Asociación de Estudios Cooperativos y ratificados en el propio Consejo de Redacción de la revista. El puesto de Secretario/a será de designación directa por parte del Director/a.
1.1.1. Funciones del Director/a
- El Director/a se encargará de la coordinación y representación de la revista, de las relaciones con el Consejo de Redacción, el Consejo Asesor y con Ediciones Complutense. Asimismo, se encargará de las relaciones con otras instituciones para cualquier cuestión relacionada con la revista.
- El Director/a elegirá al Secretario/a.
- El Director/a convocará las reuniones del Consejo de Redacción.
- El Director/a tendrá la obligación de informar a las entidades coeditoras sobre el funcionamiento de la revista, así como de sus necesidades.
- El Director/a será responsable de velar por el mantenimiento de la máxima calidad científica de la revista, así como de su reconocimiento e inclusión en bases de datos nacionales e internacionales y de su evaluación para la consecución de sellos de calidad, para lo cual contará con la ayuda del resto de miembros del Consejo de Redacción.
- El Director/a tendrá un voto de calidad en caso de empate en las deliberaciones del Consejo de Redacción.
1.1.2. Funciones del Secretario/a (Coordinador Editorial).
- El Secretario/a se encargará de la recepción de los originales y de su gestión a lo largo del proceso de evaluación y publicación.
- El Secretario/a será responsable de la comunicación con los autores, con los miembros del Consejo de Redacción, del Consejo Asesor y con Ediciones Complutense.
- El Secretario/a acusará recibo a los autores de todos los trabajos recibidos.
- El Secretario/a organizará el proceso de revisión de los originales recibidos por parte del Consejo de Redacción para que se decida qué trabajos se someten a evaluación y cuáles son devueltos, una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de la revista.
- El Secretario/a se encargará de remitir a los evaluadores los originales junto con un documento de instrucciones y una plantilla de evaluación.
- Una vez tomada la decisión de publicación sobre los originales, el Secretario/a se encargará de la comunicación motivada de la decisión a los autores.
- El Secretario/a se encargará del seguimiento del proceso editorial completo de los números de la revista (preparación y entrega de originales –incluidas las primeras páginas y las estadísticas–, proceso de maquetación, envío de pruebas a los autores, revisión de la versión previa a la imprenta, comunicación a los autores de la publicación).
- El Secretario/a preparará las reuniones con el Director/a y levantará acta de las reuniones del Consejo de Redacción. Asimismo, será el responsable de la custodia de las actas y certificará la labor efectuada por los vocales, los asesores científicos y los evaluadores.
- El Secretario/a colaborará con el Director/a en la difusión de la revista, en las relaciones institucionales, intercambios, indexación y cualesquiera otras tareas que redunden en la mejora de la calidad y el reconocimiento de la revista.
1.1.3. Funciones de los Vocales del Consejo de Redacción
- Los Vocales del Consejo de Redacción tendrán la obligación de asistir a las reuniones que se convoquen.
- Los Vocales, bajo la coordinación del Secretario/a, colaborarán en la lectura previa de originales para tomar la decisión de cuáles son sometidos a evaluación y cuáles son devueltos a los autores.
- Los Vocales colaborarán en la búsqueda de evaluadores externos para los trabajos y no serán evaluadores en ningún caso.
- Los Vocales asesorarán y colaborarán con la dirección de la revista en cualesquiera tareas que se consideren necesarias para el correcto funcionamiento de la revista, entre ellas, velar por el cum- plimiento de la puntualidad y periodicidad.
1.2. Consejo Asesor
- El Consejo Asesor estará integrado por profesionales e investigadores de reconocido prestigio y solvencia, sin vinculación institucional con la revista. Debe servir, aparte de para imprimir rigor a la revista, para marcar la política editorial, hacer atractiva la revista tanto para los autores como para los lectores y difundirla, en la medida de sus posibilidades, en todos los foros.
- El Consejo Asesor deberá contar entre sus miembros con profesionales e investigadores de instituciones extranjeras.
- Serán designados tanto por el Director como por los miembros del Consejo de Redacción.
- Los miembros del Consejo Asesor podrán participar en los procesos de evaluación de originales como pares externos, teniendo en cuenta que al menos una de las evaluaciones siempre será emitida por un evaluador ajeno al Consejo Asesor.
2. Características y funcionamiento
2.1. Periodicidad
Revesco es una revista de periodicidad continua que publica tres números al año correspondientes a cada uno de los tres cuatrimestres.
2.2. Estructura
- La revista constará de las siguientes secciones: Sección para artículos ordinarios (no se identificará salvo que haya más secciones en el volumen); sección monográfica variable; sección tribuna de opinión variable; sección reseñas bibliográficas variable y, si fuera necesario, una última sección para Erratum.
2.3. Normas de publicación- Se adjuntará como anexo el documento de normas de publicación que deberá contener información sobre: presentación de manuscritos, proceso editorial (revisión, evaluación y publicación de manuscritos), notas y referencias bibliográficas, etc.