Fiscalidad de las sociedades cooperativas de segundo grado
Resumen
Este artículo trata de mostrar la especial tributación de las sociedades cooperativas de segundo grado, como instrumento de integración tradicionalmente utilizado por las sociedades cooperativas para emprender procesos de concentración. Centraremos el estudio de su fiscalidad en el Impuesto sobre Sociedades por las particularidades tributarias que presenta el mismo en este tipo societario. Respecto a este impuesto las sociedades cooperativas de segundo grado pueden optar por tributar como simples sociedades cooperativas, acogiéndose a la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de Cooperativas, o hacerlo como grupo cooperativo, amparándose en el régimen especial de tributación consolidada establecido para este tipo social. Al igual que las sociedades de primer grado éstas disfrutan de una serie de beneficios fiscales tanto en la imposición directa como en la indirecta, como consecuencia de la naturaleza social de las mismas.Descargas
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