La protección de datos relativos a la salud y la historia clínica en la normativa española y europea
Palabras clave:
Datos de la salud, datos genéticos, datos personales, consentimiento,
Resumen
La Constitución Española en su artículo 18, además de, consagrar como derecho fundamental el derecho a la intimidad personal y familiar, hace referencia, asimismo, en su apartado cuarto al derecho de protección de datos de carácter personal, cuando alude al uso de la informática en relación con el derecho al honor y la intimidad personal de los ciudadanos. Dentro de este derecho a la protección de datos de carácter personal ocupa un lugar destacado los datos relativos a la salud; y dentro de éstos, los datos genéticos, como datos sensibles, y que son objeto de una protección reforzada. Su uso, acceso, y cesión a terceros requieren el consentimiento expreso del interesado, salvo supuestos de urgencia o para realizar estudios epidemiológicos según los términos establecidos en la legislación sanitaria estatal y autonómica. En todo caso, las instituciones y centros sanitarios públicos y privados y los profesionales correspondientes pueden proceder al tratamiento de los datos personales relativos a la salud de las personas que acudan ellos, y sólo en el ámbito relativo al ejercicio de sus funciones. Los documentos referidos a los procesos asistenciales de cada paciente como la historia clínica, en la que se incorporará la información que, se considere trascendental para el conocimiento veraz y actualizado del estado de salud del paciente resulta, igualmente, necesario garantizar su seguridad, su correcta conservación y la recuperación de la información que se contiene en ella, pudiendo acceder sólo los profesionales asistenciales del centro que, realizan el diagnóstico o el tratamiento del paciente, como instrumento fundamental para su adecuada asistencia, e igualmente, el personal de administración y gestión de los centros sanitarios en lo relacionado con sus propias funciones. Sobre tales bases, el presente estudio se va a centrar en el análisis de los datos relativos a la salud, y en especial, en los datos genéticos, y al uso y acceso de la historia clínica tanto en la normativa general relativa a la protección de datos como la autonómica y europea existente en relación con la materia; y, de forma más específica en la legislación sanitaria.Descargas
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Cómo citar
Berrocal Lanzarot A. I. (2012). La protección de datos relativos a la salud y la historia clínica en la normativa española y europea. Revista de la Escuela de Medicina Legal, 18, 12-44. https://doi.org/10.5209/rev_REML.2011.v18.38172
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