Análisis del Reglamento Regulador de la Actividad Pericial Médica del Colegio Oficial de Médicos de Madrid
Abstract
Durante más de un siglo la actividad pericial en el campo de la Administración de Justicia ha estado regulada principalmente por dos grandes leyes de procedimiento, la Ley de Enjuiciamiento Civil de 3 de febrero de 1881 y la Ley de Enjuiciamiento Criminal de 14 de septiembre de 1882. Ambas, entre otras muchas cuestiones, han venido regulando el quehacer de los peritos de una forma general y común para todos ellos, salvo contadas excepciones como ha sido el caso de la segunda de estas leyes cuando en determinados preceptos se ocupa de ciertas actividades de los médicos forenses.
Por otra parte, las anteriores leyes fueron promovidas e impulsadas desde el campo jurídico, sin intervención alguna de la corporación médica que no llegó a dictar ninguna norma con la finalidad de perfeccionar, impulsar o facilitar la tarea del grupo de sus colegiados peritos.
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