El principio de dignidad en la jurisprudencia constitucional mexicana

  • Luis Eusebio Alberto Avendaño González Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Querétaro
  • Alina del Carmen Nettel Barrera Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Querétaro
  • Jorge Serrano Ceballos Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Querétaro

Abstract

A partir de la reforma constitucional del 10 y 11 de junio de 2011 se constituyó el eje a partir del cual habría de ser modulado el concepto de los derechos humanos y el Derecho en general. El principio de dignidad en su tratamiento filosófico, doctrinal y jurídico ha permitido modular lo que «dice el Derecho» o «debe decir el Derecho» como la herramienta racional en la aplicación del derecho «de los humanos». Así, la jurisprudencia constitucional mexicana describe en sus criterios el discurso a partir del cual reconoce la migración de la moral a los textos jurídicos positivos, lo que, en el caso mexicano, refleja que la función integradora de la Carta Magna opera también a partir de valores.

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Pubblicato
2016-09-14
Come citare
Avendaño González L. E. A., Nettel Barrera A. d. C. y Serrano Ceballos J. (2016). El principio de dignidad en la jurisprudencia constitucional mexicana. FORO. Revista de Ciencias Jurídicas y Sociales, Nueva Época, 19(1), 77-98. https://doi.org/10.5209/FORO.53388
Sezione
Estudios