Estatutos de la revista

Preámbulo

La revista EN LA ESPAÑA MEDIEVAL, ISSN: 0214-3038 / ISSN-e: 1988-2971 es una publicación periódica de carácter científico editada por EL DEPARTAMENTO DE HISTORIA DE AMÉRICA Y MEDIEVAL Y CIENCIAS HISTORIOGRÁFICAS de la Facultad de Geografía e Historia de la Universidad Complutense, dedicada a la Historia Medieval en todos sus campos y aspectos, con especial referencia a los reinos hispánicos, Al-Andalus y ámbitos próximos a la Península Ibérica.

 

1. Órganos de gestión

Los órganos de gestión encargados de la coordinación científica y la edición de la revista serán el Consejo de Redacción y el Consejo Asesor. Todos los miembros de estos consejos se comprometen a respetar los principios del Código Ético que en su caso establezca para las revistas científicas la Universidad Complutense de Madrid.

1.1. Consejo de Redacción: estructura y composición

-         El Consejo de Redacción estará compuesto por el/la Director/a (o los/las Codirectores, máximo dos), el/la Secretario/a y 12 vocales. El puesto de Director/a deberá estar ocupado por un/a profesor/a en activo con relación contractual con la UCM. Al menos la mitad de los vocales del Consejo de Redacción deberá pertenecer a instituciones diferentes de la Universidad Complutense de Madrid.

-         El Consejo de Redacción asistirá al Director/a en todas sus funciones y, muy especialmente, en el seguimiento de los trabajos (recepción, evaluación, aceptación) y en la definición de los contenidos y el estilo de la revista (redacción de normas de presentación de originales, creación y orientación de las secciones, etc.).

-         Los miembros serán elegidos por la Unidad docente de Historia medieval, y confirmados en su cargo por el Consejo de Departamento. Se procederá en tres votaciones sobre los candidatos propuestos para cada uno de los cargos: una para elección del Director/a, otra para la elección de los vocales de la institución y otra para la elección de los vocales externos. El puesto de Secretario/a será de designación directa por parte del Director/a. En el caso de empate para alguno de los puestos se procederá a una segunda votación de desempate y si persistiera se nombrará al de mayor categoría y antigüedad.

-         Todos los miembros serán elegidos para un periodo de tres años y solo podrán renovar su cargo por un segundo periodo de tres años. Los nombramientos serán presentados al Consejo de Departamento para su aprobación.

1.1.1. Funciones del Director/a

-         El Director/a se encargará de la coordinación y representación de la revista, de las relaciones con el Consejo de Redacción, el Consejo Asesor y con Ediciones Complutense. Asimismo, se encargará de las relaciones con otras instituciones para cualquier cuestión relacionada con la revista.

-         El Director/a elegirá al Secretario/a.

-         El Director/a convocará las reuniones del Consejo de Redacción.

-         El Director/a tendrá la obligación de informar a la Unidad docente de Historia medieval y al Consejo de Departamento sobre el funcionamiento de la revista, así como de sus necesidades.

-         El Director/a será responsable de velar por el mantenimiento de la máxima calidad científica de la revista, así como de su reconocimiento e inclusión en bases de datos nacionales e internacionales y de su evaluación para la consecución de sellos de calidad, para lo cual contará con la ayuda del resto de miembros del Consejo de Redacción.

-         El Director/a tendrá un voto de calidad en caso de empate en las deliberaciones del Consejo de Redacción.

1.1.2. Funciones del Secretario/a

-         El Secretario/a se encargará de la recepción de los originales y de su gestión a lo largo del proceso de evaluación y publicación.

-         El Secretario/a será responsable de la comunicación con los autores, con los miembros del Consejo de Redacción, del Consejo Asesor y con Ediciones Complutense.

-         El Secretario/a acusará recibo a los autores de todos los trabajos recibidos.

-         El Secretario/a organizará el proceso de revisión de los originales recibidos por parte del Consejo de Redacción para que se decida qué trabajos se someten a evaluación y cuáles son devueltos, una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos de la revista.

-         El Secretario/a se encargará de remitir a los evaluadores los originales junto con un documento de instrucciones y una plantilla de evaluación.

-         Una vez tomada la decisión de publicación sobre los originales, el Secretario/a se encargará de la comunicación motivada de la decisión a los autores.

-         El Secretario/a se encargará del seguimiento del proceso editorial completo de los números de la revista (preparación y entrega de originales –incluidas las primeras páginas y las estadísticas–, proceso de maquetación, envío de pruebas a los autores, revisión de la versión previa a la imprenta, comunicación a los autores de la publicación).

-         El Secretario/a preparará las reuniones con el Director/a y levantará acta de las reuniones del Consejo de Redacción. Asimismo, será el responsable de la custodia de las actas y certificará la labor efectuada por los vocales, los asesores científicos y los evaluadores.

-         El Secretario/a colaborará con el Director/a en la difusión de la revista, en las relaciones institucionales, intercambios, indexación y cualesquiera otras tareas que redunden en la mejora de la calidad y el reconocimiento de la revista.

1.1.3. Funciones de los Vocales del Consejo de Redacción

-         Los Vocales del Consejo de Redacción tendrán la obligación de asistir a las reuniones que se convoquen. En el caso de miembros de otras provincias, u otros países, el Consejo podrá articular un procedimiento para que su participación sea efectiva aunque no estén presentes en las reuniones.

-         Los Vocales, bajo la coordinación del Secretario/a, colaborarán en la lectura previa de originales para tomar la decisión de cuáles son sometidos a evaluación y cuáles son devueltos a los autores.

-         Los Vocales colaborarán en la búsqueda de evaluadores externos para los trabajos y no serán evaluadores en ningún caso.

-         Los Vocales asesorarán y colaborarán con la dirección de la revista en cualesquiera tareas que se consideren necesarias para el correcto funcionamiento de la revista, entre ellas, velar por el cumplimiento de la puntualidad y periodicidad.

1.2. Consejo Asesor

-         El Consejo Asesor estará integrado por 22 profesionales e investigadores en activo de reconocido prestigio y solvencia, sin vinculación institucional con la revista. Debe servir, aparte de para imprimir rigor a la revista, para marcar la política editorial, hacer atractiva la revista tanto para los autores como para los lectores y difundirla, en la medida de sus posibilidades, en todos los foros. Asimismo, colaborará en los procesos de evaluación y auditoría.

-         El Consejo Asesor deberá contar entre sus miembros con profesionales e investigadores de instituciones extranjeras.

-         El proceso de elección de sus miembros será por votación de la Unidad docente de Historia medieval entre los propuestos por la misma. Una vez constituido, el Consejo Asesor deberá ser confirmado y aprobado por el Consejo de Departamento.

-         Los miembros del Consejo Asesor podrán participar en los procesos de evaluación de originales como pares externos, teniendo en cuenta que al menos una de las evaluaciones siempre será emitida por un evaluador ajeno al Consejo Asesor.

2. Características y funcionamiento

2.1. Periodicidad

-         La revista se publicará con una periodicidad de un número anual. Además, con carácter extraordinario, la revista podrá proponer a Ediciones Complutense la publicación de algún número especial.

2.2. Estructura

La revista constará de dos secciones: Sección miscelánea, dedicada a artículos de investigación acordes con los criterios de edición y objetivos de la revista; y Sección monográfica, en la que se publicarán trabajos presentados de forma conjunta y con una temática cerrada, que responderá a los criterios de edición y objetivos de la revista. La temática de la Sección Monográfica será aprobada por el Comité Editorial de entre las propuestas que se presenten. Todos los artículos, de cualquier sección, deberán superar todo el proceso editorial que se especifica en el punto 2.3.

2.3. Normas de publicación

Se adjuntará como anexo el documento de normas de publicación que deberá contener información sobre: presentación de manuscritos, proceso editorial (revisión, evaluación y publicación de manuscritos), notas y referencias bibliográficas, etc.