La firma electrónica digital en Venezuela
Abstract
En la actualidad la firma manuscrita permite certificar el reconocimiento, la conformidad y/o el acuerdo de voluntades sobre un documento por las partes firmantes que forman parte de la transacción, lo que trae consecuencias legales claras y reconocimiento jurídico al instante. Ahora bien cuando nos encontramos con las transacciones que se realizan a través de las redes de información la situación varía en gran magnitud, porque en este tipo de contratos electrónicos la firma manuscrita no puede ser insertada en el documento. De esta forma es que en materia digital se ha suplantado la llamada firma manuscrita por la llamada firma digital. La firma manuscrita tiene un reconocimiento legal alto, a pesar de que pueda ser falsificada, pero la firma manuscrita tiene peculiaridades que la hacen fácil de realizar, de comprobar y vincular a quién la realiza, porque la verdadera firma manuscrita sólo puede ser realizada por una persona y puede ser comprobada por cualquiera con la ayuda de una muestra.Downloads
##submission.format##
Lizenz
La revista Nómadas. Critical Journal of Social and Juridical Sciences, para fomentar el intercambio global del conocimiento, facilita el acceso sin restricciones a sus contenidos desde el momento de su publicación en la presente edición electrónica, y por eso es una revista de acceso abierto. Los originales publicados en esta revista son propiedad de la Universidad Complutense de Madrid y es obligatorio citar su procedencia en cualquier reproducción total o parcial. Todos los contenidos se distribuyen bajo una licencia de uso y distribución Creative Commons Reconocimiento 4.0 (CC BY 4.0). Esta circunstancia ha de hacerse constar expresamente de esta forma cuando sea necesario. Puede consultar la versión informativa y el texto legal de la licencia.
La revista Nómadas. Critical Journal of Social and Juridical Sciences no cobra por tasas por envío de trabajos, ni tampoco cuotas por la publicación de sus artículos.