Principio de equidad procesal

  • Héctor Ramón Peñaranda Quintero

Abstract

En cuanto al principio de equidad no se trata sino de la justicia del caso concreto, el juez ante el rigorismo de la ley va a fallar por el sentimiento del deber o de la conciencia, más bien que por el texto terminante de la ley, es justicia natural por oposición a la letra de la ley positiva. Faculta al juez para decidir conforme a la equidad en dos situaciones bien definidas por la ley: 1.- Cuando las partes de común acuerdo así lo soliciten y 2.- Cuando se trate de derechos disponibles.

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Veröffentlicht
2009-01-01
Zitationsvorschlag
Peñaranda Quintero H. R. . (2009). Principio de equidad procesal. Nómadas. Critical Journal of Social and Juridical Sciences, 21(1), 487-494. https://revistas.ucm.es/index.php/NOMA/article/view/NOMA0909140487A
Rubrik
Artículos