Acerca de la sentencia 12/2008 del Tribunal Constitucional sobre la Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Hombres y Mujeres (3/2007)
Resumen
La Sentencia 12/2008 del Tribunal Constitucional avala la Ley Orgánica para la Igualdad Efectiva de Hombres y Mujeres. Los contenidos de la Ley propician un intervencionismo tan extremo que conducirá a la necesidad de una planificación social basada en un criterio estadístico abstracto, que precisa convertir a las personas en un mero dato, consistiendo la justicia en una simple proyección matemática. Supone también despojar a unos de unos derechos, surgidos de la capacidad, voluntad o esfuerzo, en beneficio de otros cuyo valor consiste en pertenecer a un sexo protegido. Con la planificación se intentará llevar a cabo un radical igualitarismo, que es el modo para que se pueda distribuir a tenor de la voluntad del legislador. Con ello irán desapareciendo las libertades individuales y las sociales más esenciales. La matematización que exhibe la Ley Orgánica 3/2007, manifestada en la proporción aritmética, supone la imposibilidad de considerar superior en determinados momentos uno de los dos sexos, aunque hayan confluido personas de gran mérito. Esta perspectiva igualitaria procede de la creencia de que los que han sufrido cualquier situación de inferioridad por motivos étnicos, religiosos, sexistas, etc., en un pasado más o menos lejano, han de ser reparados por el conjunto social. Se impone la justicia del resentimiento que obliga al resarcimiento del daño causado por las generaciones venideras.Descargas
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