La Convención Internacional para la Protección de todas las personas contra desapariciones forzadas: nunca es tarde si la dicha es ¿buena? Examen general y perspectivas en España tras la aprobación de la “Ley de Memoria Histórica”
Resumen
Más de sesenta años después de la funesta aparición moderna de la desaparición forzada de personas, y casi quince desde el primer texto internacional que la recogió como crimen autónomo, a finales de 2006 vimos por fin adoptada la Convención Internacional para la Protección de todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas. Este hecho capital da sentido al presente artículo, que se propone realizar un examen general sobre su contenido definitivo, junto a presentar algunas de las implicaciones que su aprobación podrá tener respecto a España, teniendo en cuenta que España firmó ya la Convención en septiembre de 2007 y aprobó la conocida como «Ley de Memoria Histórica» en diciembre de ese mismo año; norma cuyos artículos 11 a 14 contienen disposiciones relativas a los desaparecidos forzados durante la Guerra Civil y/o el franquismo.Descargas
Descarga artículo
Licencia
La revista FORO. Revista de Ciencias Jurídicas y Sociales, Nueva Época, para fomentar el intercambio global del conocimiento, facilita el acceso sin restricciones a sus contenidos desde el momento de su publicación en la presente edición electrónica, y por eso es una revista de acceso abierto. Los originales publicados en esta revista son propiedad de la Universidad Complutense de Madrid y es obligatorio citar su procedencia en cualquier reproducción total o parcial. Todos los contenidos se distribuyen bajo una licencia de uso y distribución Creative Commons Reconocimiento 4.0 (CC BY 4.0). Esta circunstancia ha de hacerse constar expresamente de esta forma cuando sea necesario. Puede consultar la versión informativa y el texto legal de la licencia.