Repensar la neutralidad bibliotecaria para hacer frente a la desinformación: algunas propuestas desde la deontología profesional

https://doi.org/10.5209/ribes.97934; Recibido: 12/09/2024; Revisado: 7/11/2024; Aceptado: 19/11/2024

Luis-Miguel Macías-Vicente; Biblioteca Pública de Palencia; luismiguel.macias@jcyl.es; https://orcid.org/0000-0003-4749-9462

Artículos; Revista de Investigación sobre Bibliotecas, Educación y Sociedad; e-ISSN: 3045-5685; Ediciones Complutense; Creative Commons CC BY 4.0

Resumen: La desinformación, fenómeno complejo y problemático, no es ajena a las bibliotecas. El personal profesional de estas es experto en la búsqueda, recuperación, tratamiento y difusión de la información y, como tales, tienen la capacidad de hacerla frente. En nuestra profesión, los códigos deontológicos son una herramienta fundamental que facilitan nuestro desempeño profesional. Por ello, el objetivo principal de este artículo es analizar los códigos de la IFLA, ALA, CILIP, ALIA, SEDIC, ABF y BAD, APDIS e INCITE, centrándose en aquellos aspectos que tienen una relación más directa con la desinformación: el acceso a la información, la neutralidad, la alfabetización mediática e informacional y la libertad de expresión y opinión, entre otros. Tras este análisis, se discute acerca del concepto de neutralidad en el ámbito bibliotecario y se defiende una actualización de los códigos deontológicos de las diferentes asociaciones y organismos que permita una actuación más directa por parte de quienes trabajan en bibliotecas para hacer frente a la desinformación.

Palabras clave: Códigos deontológicos; Bibliotecas; Desinformación; Neutralidad bibliotecaria.

Rethinking library neutrality to face disinformation: some proposals from professional ethics

Abstract: Disinformation, a complex and problematic phenomenon, is not alien to libraries. Librarians are experts in the search, retrieval, processing and dissemination of information and, as such, have the capacity to deal with this challenge. In our profession, codes of ethics are a fundamental tool to facilitate our professional performance. Therefore, the main objective of this article is to analyze the codes of IFLA, ALA, CILIP, ALIA, SEDIC, ABF and BAD, APDIS and INCITE, focusing on those aspects that have a more direct relationship with disinformation: access to information, neutrality, media and information literacy, and freedom of expression and opinion, among others. As a result of this analysis, the concept of neutrality in the library field is discussed and an update of the codes of ethics of the different associations and organizations is argued for to allow librarians to act more directly in the face of disinformation.

Keywords: Code of Ethics; Libraries; Disinformation; Library neutrality.

Sumario: 1. Introducción. 1.1. Conceptualizando la desinformación. 1.2. Desinformación y bibliotecas. 2. Objetivos. 3. Metodología. 4. La ética profesional en el ámbito bibliotecario: los códigos deontológicos y la desinformación. 4.1. La ética de la información y la ética bibliotecaria: los códigos deontológicos. 4.2. Código de Ética de la IFLA para bibliotecarios y otros trabajadores de la información. 4.3. ALA’s Code of Ethics. 4.4. Ethical Framework de CILIP. The Library and Information Association. 4.5. ALIA Member Code of Conduct Statement. 4.6. Código deontológico de SEDIC. 4.7. Code de déontologie des bibliothécaires de la ABF. 4.8. Código de Ética para os Profissionais de Informação de APDIS, BAD e INCITE. 5. Discusión. 6. Conclusiones. 7. Referencias.

Cómo citar: Macías-Vicente, Luis-Miguel. (2024). Repensar la neutralidad bibliotecaria para hacer frente a la desinformación: algunas propuestas desde la deontología profesional. Revista de Investigación sobre Bibliotecas, Educación y Sociedad, 1, e97934. https://doi.org/10.5209/ribes.97934

1. Introducción

La desinformación está cada vez más presente en nuestras vidas. Son numerosos los casos diarios en los que leemos, vemos y/u oímos términos como “fake news”, “noticias falsas” o, directamente, “desinformación” en las redes sociales, en los periódicos, en la televisión o en la radio. Según el Eurobarómetro 464: Fake News and Disinformation Online de 2018 “más de un tercio de las personas encuestadas (37%) afirma encontrarse con noticias falsas todos o casi todos los días, y otro 31% afirma que esto ocurre al menos una vez a la semana” (Comisión Europea, 2018b). Concretamente, el Eurobarómetro 522: Democracy de 2023 (Comisión Europea, 2023) expone que casi un tercio de quienes respondieron cree haber estado expuesto/a “muy a menudo” (13%) o “a menudo” (22%) a desinformación y noticias falsas en los últimos siete días.

Respecto a sus consecuencias, según el mencionado Eurobarómetro 464 más de ocho de cada diez personas encuestadas (85%) creen que la existencia de noticias falsas es un problema en su país, al menos en cierta medida; y una proporción similar (83%) afirma que es un problema para la democracia en general (Comisión Europea, 2018b). En el caso nacional, según el I Estudio sobre la desinformación en España los datos son incluso más llamativos, pues el 95,8 % de las personas en España cree que la desinformación es un problema en la sociedad actual y un 91 % asegura que la desinformación es un peligro para la democracia y para la estabilidad de un país (Sádaba-Chalezquer y Salaverría-Aliaga, 2022).

Todos estos datos muestran que nos encontramos ante un entramado que toca diversas aristas de la realidad: desde la más clara como es la política hasta la comunicación, sin olvidar el ámbito social, económico o informacional, entre otros. Sin embargo, la desinformación no es un fenómeno actual (Jacquard, 1988; Parra-Valero y Oliveira, 2018; Posetti y Matthews, 2018; Marqués, 2019; Carabias-Álvaro, 2023). Desde la antigüedad hasta la actualidad, se ha utilizado “como forma de propaganda; unas veces para beneficiar a sus protagonistas y, otras, para deslegitimar su imagen y poder” (Carabias-Álvaro, 2023, p. 9). No obstante, el auge actual se ha visto propiciado por los avances tecnológicos que han favorecido la creación y difusión tanto de información como de desinformación. Es el caso, por ejemplo, de las redes sociales y de los algoritmos (Hari, 2023; Rodríguez-Díaz, 2023; Villanueva-Prieto, 2023; Marta-Lazo, 2024).

Asimismo, aunque estos avances han permitido un mayor acceso a la información, esta es mucho menos fiable que nunca (Bergstrom y West, 2021). Por todo ello, estos desarrollos tecnológicos han propiciado que, principalmente desde 2016, haya crecido el número de casos de desinformación y las acciones para contrarrestarlos (Posetti y Matthews, 2018). Esta nueva situación ha provocado que se haya incrementado el interés por el estudio de la desinformación en los últimos años. En este sentido, el ámbito bibliotecario no ha sido ajeno, ya que muchos de los aspectos analizados están directamente relacionados con la profesión como, por ejemplo, la Alfabetización Mediática e Informacional (AMI). A pesar de ello, otros muchos, como la ética profesional, no han sido objeto de análisis en relación con esta problemática.

1.1. Conceptualizando la desinformación

A pesar de que algunos autores (del-Fresno-García, 2019; Boté-Vericad, 2020) abogan por utilizar el concepto de “desórdenes informativos”, en este artículo se utilizará el término “desinformación”. De esta forma, se sigue la propuesta de Rodríguez-Pérez (2019), por la cual existen cuatro razones para decantarse por el uso de este concepto frente a otros como el de fake news pues:

Fake news no abarca todas las dimensiones de la desinformación que abundan en internet (medios de comunicación fallidos, bulos, información tendenciosa o engañosa, información manipulada o propaganda, el oxímoron propio del término, la absorción del término por el discurso político para desacreditar la labor del periodista y la motivación económica e ideológica que subyace a la generación de fake news (Rodríguez-Pérez, 2019, p. 65).

Sin embargo, es necesario mencionar que son numerosas las definiciones propuestas para referirse a la desinformación (Jacquard, 1988; Fallis, 2015; Magallón-Rosa, 2019; Carrillo, 2022). A pesar de esta variedad, una de las más aceptadas es la expuesta por la Comisión Europea en una comunicación sobre la lucha contra la desinformación en línea, donde afirma que “la desinformación se define como información verificablemente falsa o engañosa que se crea, presenta y divulga con fines lucrativos o para engañar deliberadamente a la población, y que puede causar un perjuicio público” (Comisión Europea, 2018a).

No obstante, es importante aclarar que la terminología anglosajona es mucho más precisa al distinguir entre los términos “disinformation”, “misinformation” y “mal-information”, si bien el primero se corresponde con la definición de la Comisión Europea. Concretamente, según Salaverría-Aliaga et al. (2020), basándose en la publicación de la UNESCO Periodismo, ‘noticias falsas’ & desinformación (Ireton y Posetti, 2020), podemos entender por desinformación (disinformation): “información deliberadamente falsa, difundida por motivos económicos, políticos, ideológicos o por alguna otra razón”; por información errónea (misinformation): “información falsa, pero transmitida con el convencimiento de su verdad”; y por mala información (mal-information): “información verdadera, pero de ámbito privado o restringido, que se saca a la luz pública con la intención de dañar a una persona, una institución o un país, y que, por tanto, no debería ser publicada”.

A partir de esto, según del-Río (2023, p. 53), “la desinformación puede tener consecuencias para nuestra salud (lo vimos durante la pandemia) o para nuestro bolsillo (en el caso de los timos), e incluso alimentar y amplificar discursos de odio y negacionismo”. Por su lado, Qutab; Myers y Gardner (2019) distinguen las consecuencias en función de a quién afecten: a las personas (respuestas emocionales), a las organizaciones (reputación, imagen social, valor económico) y a la sociedad en general (teorías de la conspiración). Incluso organizaciones internacionales como las Naciones Unidas (2022) enumeran diferentes desafíos que supone la desinformación: pérdida de vidas como consecuencia de la desinformación en el ámbito de la salud, erosión de la confianza política, aumento del fanatismo y el discurso del odio, amplificación de las tensiones y divisiones en conflictos y/o crisis, etc. Concretamente:

La desinformación puede afectar a toda la gama de derechos humanos al perturbar la capacidad de las personas para tomar decisiones informadas sobre políticas relacionadas, por ejemplo, con el medio ambiente, la delincuencia, la migración y la educación, entre otras cuestiones de interés y preocupación públicos (Naciones Unidas, 2022, p. 3).

1.2. Desinformación y bibliotecas

La preocupación por la desinformación ha hecho que sean muchas las disciplinas que la han estudiado e investigado, como muestran los resultados obtenidos en las bases de datos Scopus y Web of Science (Figuras 1 y 2)1. Como se ha indicado, el ámbito bibliotecario no es ajeno a esta problemática, como demuestran los 548 resultados obtenidos en Web of Science vinculados al área Information Science Library Science (Figura 2). Algunas de estas publicaciones están dedicadas al estudio de la alfabetización y el desarrollo de competencias (Caridad-Sebastián et al., 2018; Buschman, 2019; Alonso-Arévalo y Martín-Castilla, 2019; Martínez-Cardama y Algora-Cancho, 2019; de-Paor y Heravi, 2020; Antunes; Lopez y Sanches, 2021; Luce; de-Oliveira-Soares y Brasil-Estabel, 2021; López-Borrull, 2022; del-Río, 2022; del-Río, 2023), a la enseñanza de los propios profesionales (Souza-da-Silva y de-Souza-Carvalho-Tanus, 2019; Furtado; Machado-de-Luca y Aymonin, 2023), a los retos y oportunidades que supone el fenómeno para las bibliotecas (Anderson, 2017; Qutab; Myers y Gardner, 2019; López-Borrull, 2023; Martínez-Cardama, 2023), o a la revisión de la literatura científica publicada relativa a la temática (Parra-Valero y Oliveira, 2018; Luce; Valladares-de-Oliveira-Soares y Brasil-Estabel, 2021; Revez y Corujo, 2021; da-Silva y Rodrigues-Dias, 2022).

Descripción de la imagen

Figura 1. Disciplinas que investigan el término disinformation en Scopus. Fuente: Scopus (04/09/2024)

Gráfico, Gráfico de rectángulos Descripción generada automáticamente

Figura 2. Disciplinas que investigan el término disinformation en Web of Science. Fuente: Web of Science (04/09/2024)

Además de estudios como los anteriores, muchas bibliotecas han desarrollado programas y acciones ad hoc. Tanto bibliotecas públicas como universitarias han llevado a cabo propuestas para hacer frente a este fenómeno: guías, enlaces a artículos, infografías, cursos, talleres, seminarios, vídeos, etc. (Batchelor, 2017; Eva y Shea, 2018; Corral-Trullench, 2020; Herrero-Diz y López-Rufino, 2021; Carrasco-Sánchez y Cuevas-Cerveró, 2023; Adelakun y Rainwater, 2024; Macías-Vicente, 2024b). También organizaciones como la International Federation of Library Associations and Institutions (IFLA) defienden un papel activo en la lucha contra la desinformación por parte de las bibliotecas. Por ejemplo, en su Declaración de la IFLA sobre las Noticias Falsas expone que:

Las bibliotecas tienen un compromiso institucional y ético para ayudar a los usuarios a acceder a información fiable y auténtica. Este papel es más importante que nunca en una época en la que las “noticias falsas” son un fenómeno que está aumentando aparentemente (IFLA, 2018, p. 1).

2. Objetivos

Como se ha observado, la desinformación y las bibliotecas son dos ámbitos relacionados. Con la finalidad de ampliar y extender la investigación desde un punto de vista ético entre el vínculo entre desinformación y bibliotecas, en este artículo se marcan los siguientes dos objetivos:

  1. Analizar siete códigos deontológicos del ámbito bibliotecario teniendo en cuenta aquellos apartados que tienen una relación directa con la desinformación: acceso a la información, neutralidad, alfabetización mediática e informacional, libertad de expresión, etc.

  2. Proponer una revisión y actualización a partir del concepto de neutralidad de los diferentes códigos deontológicos analizados que permita una acción más directa del personal bibliotecario para hacer frente a esta problemática.

3. Metodología

Se han analizado los códigos deontológicos de la IFLA, de la American Library Association (ALA), del Chartered Institute of Library and Information Professionals (CILIP), de la Australian Library and Information Association (ALIA), de la Sociedad Española de Documentación e Información Científica (SEDIC), de la Association des Bibliothécaires de France (ABF) y, por último, de la Associação Portuguesa de Documentação e Informação na Saúde (APDIS), la Associação Portuguesa de Bibliotecários, Arquivistas e Documentalistas (BAD) y de la Associação Portuguesa para o Desenvolvimento da Informação Científica e Técnica (INCITE). La selección de estos códigos se debe, por un lado, a que se tratan de asociaciones internacionales con una larga tradición y trayectoria, y, por otro, a que la mayoría de los códigos se han actualizado en los últimos años.

El análisis se centra en aquellos aspectos que tienen más relación con la desinformación: neutralidad, acceso a la información, libertad de expresión, alfabetización informacional, etc. La elección se debe a que están vinculados con la búsqueda, recuperación, tratamiento y difusión de la información, todos ellos pilares de las bibliotecas, tanto desde la perspectiva de quienes trabajan en ellas como de las personas usuarias que hacen uso de todos sus recursos.

4. La ética profesional en el ámbito bibliotecario: los códigos deontológicos y la desinformación

Según Técuatl-Quechol (2021, p. 137), “la desinformación e información falsa son éticamente censurables”, entonces ¿qué papel juega la ética bibliotecaria en la lucha contra ella? Son muchos los autores (Lor; Wiles y Britz, 2021), los que proponen una reevaluación de los principios éticos de los bibliotecarios y de los profesionales de la información, pues:

El tema de la ética en el campo de la biblioteconomía es de gran importancia y en base a él, se establece un marco de trabajo para dirigir las funciones esenciales de los profesionales, para establecer políticas y desarrollar estrategias para aplicarlas en los servicios (Bustamente-Rodríguez y Padial-León, 2003, p. 34).

4.1. La ética de la información y la ética bibliotecaria: los códigos deontológicos

El ámbito bibliotecario está relacionado con el tratamiento de la información y, en este sentido, la ética de la información tiene un papel fundamental. Esta hace referencia a aspectos como, por ejemplo, el acceso a la información o la libertad de expresión. Por ello, antes de hablar propiamente de la ética bibliotecaria o deontología profesional, es necesario conocer qué es la ética de la información y cuáles son sus fundamentos. Según Burgess y Knox (2019, p. 1) la “information ethics is the story of the good that can be accomplished with information”, que cuenta con una serie de principios morales que guían el desempeño de los profesionales. A este respecto, existen diferentes corrientes (Fallis, 2007; Burgess y Knox, 2019): la ética del deber (deontología), ética del consecuencialismo (por ejemplo, el utilitarismo), ética del comportamiento o ética de la virtud y ética del contrato.

Concretamente, la ética del deber establece que una máxima es aquella regla que puede ser universalmente verdadera y, por tanto, establece aquello que es correcto o incorrecto. Por ello, esta corriente es una de las principales en relación con la ética de la información y el desempeño bibliotecario, pues permite el desarrollo de códigos deontológicos que sirven de guía al profesional. En cuanto al consecuencialismo, este indica que una acción será moral o no en función de las consecuencias que tenga la elección que se realice. Por su parte, la ética del comportamiento o ética de la virtud indica que ésta proporciona el estándar para actuar y tomar una decisión. Por último, la ética del contrato establece que se llega a un acuerdo entre los miembros de una sociedad en cuanto a los principios morales que deben guiar su conducta, en este caso, entre las personas profesionales de la información.

De este modo, según recoge Honderich (2013, pp. 106-107), se puede entender como ética profesional:

Los códigos y líneas maestras que gobiernan la conducta de los profesionales. Tales códigos pueden ser contemplados como la aplicación de la moralidad general a los contextos específicos de las relaciones de los profesionales. […]. En nuestro mundo actual son muchas las ocupaciones que se consideran a sí mismas como profesiones, y los que gobiernan estas ocupaciones redactan códigos de ética profesional. Estos códigos poseen un estatuto que discurre entre el de la moralidad y el de la ley, en el sentido de que mientras que su contenido es como el de la moralidad, toda ruptura de sus prohibiciones puede tener como resultado unas sanciones disciplinarias muy serias por parte del relevante cuerpo gubernativo de la empresa.

En nuestro ámbito, “una ética bibliotecaria podríamos considerarla como aquel saber que ayuda a los bibliotecarios a tomar decisiones prudentes y justas, basadas en valores morales, fundamentada en el discurso ético acorde con la época y el contexto social” (Bustamante-Rodríguez, 2023, p. 54). De este modo, el personal bibliotecario cuenta con numerosos textos que recogen principios morales que facilitan el desempeño de su labor profesional, pues “recogen los deberes consensuados desde dentro para una profesión en un momento y espacio determinado. Traducen los grandes principios morales al ámbito concreto de una profesión” (Velayos-Castelo, 2009, p. 22).

Por tanto, hablamos de códigos deontológicos que deben guiar nuestro quehacer en aspectos como, por ejemplo, el acceso a la información, la propiedad intelectual o la libertad de expresión, y que se relacionan con determinados comportamientos éticos. Según Fernández-y-Fernández-Cuesta (2005, pp. 99-100):

Van der Waalt divide los comportamientos éticos en positivos y negativos. Serían comportamientos positivos: la neutralidad, la objetividad, el respeto a los derechos individuales (privacidad, confidencialidad, seguridad, garantía de acceso a la información), responsabilidad social (protección de los grupos más vulnerables), y promoción de la libertad individual. Los comportamientos negativos serían: sesgos, prejuicios, subjetividad, violación de derechos individuales (invasión de la privacidad, obstrucción del acceso a la información), la censura y trabas a la libre circulación de la información.

Teniendo todo esto en cuenta, en el ámbito bibliotecario encontramos numerosos ejemplos (Pérez-Mugarra et al., 2016; Gamberg y Reynoso, 2020; Victorino-Evangelista y Pachu-da-Silva; Chaves-Guimarães, 2020), tanto nacionales como internacionales, que establecen las pautas que deben guiar nuestro desempeño profesional. Es el caso, por nombrar algunos, del Código de Ética de la IFLA para bibliotecarios y otros trabajadores de la información de la IFLA, del Code of Ethics de la ALA, el Ethical Framework de CILIP, el ALIA Member Code of Conduct Statement de la ALIA, el Código Deontológico de SEDIC de la SEDIC, el Code de déontologie des bibliothécaires de la ABF y, por último, el Código de Ética para os Profissionais de Informação de la APDIS, la BAD y la INCITE.

4.2. Código de Ética de la IFLA para bibliotecarios y otros trabajadores de la información

La IFLA publicó en 2012 la última actualización de su Código de Ética de la IFLA para bibliotecarios y otros trabajadores de la información con el objetivo de “orientar a los bibliotecarios de forma individual, así como a otros trabajadores de la información y para la consideración de las Asociaciones Bibliotecarias y de Información cuando desarrollen y revisen sus propios códigos” (IFLA, 2012, p. 1). Está dividido en un preámbulo seguido de seis puntos principales: 1. Acceso a la información, 2. Responsabilidades hacia las personas y la sociedad, 3. Privacidad, confidencialidad y transparencia, 4. Acceso abierto y propiedad intelectual, 5. Neutralidad, integridad personal y habilidades profesionales y, por último, 6. Relación de colegas y empleador/empleado.

Entre los aspectos relacionados con la desinformación están el acceso a la información, la responsabilidad hacia las personas y la sociedad y, por último, la neutralidad. El propio Código indica que la misión principal de las personas profesionales de la información es garantizar el acceso a esta con el objetivo de mejorar la democracia, rechazando en cualquier caso la censura. Asimismo, entre sus tareas destaca la promoción de “la alfabetización informacional incluyendo la capacidad para identificar, localizar, evaluar, organizar y crear, utilizar y comunicar información” (IFLA, 2012, p. 3). Por último, en cuanto a la neutralidad, el Código defiende el estricto compromiso de los profesionales con “la neutralidad y con una postura imparcial en relación con la colección, el acceso y el servicio” (IFLA, 2012, p. 4).

4.3. ALA’s Code of Ethics

La ALA ha publicado y actualizado en numerosas ocasiones su código deontológico (1939, 1981, 1995, 2008 y 2021). En él se enuncian nueve principios que guiarán las decisiones éticas de los y las profesionales, pero que en ningún caso dictan la conducta que hay que desarrollar en casos particulares (Committee on Professional Ethics, 2021). Entre los aspectos que se reflejan en estos principios, encontramos algunos directamente relacionados con el tema que nos ocupa como es el acceso a la información o la censura.

4.4. Ethical Framework de CILIP. The Library and Information Association

Al igual que en el caso anterior, el marco ético de CILIP aprobado en el año 2018 se basa, principalmente, en nueve principios y siete compromisos que deben guiar al profesional en la defensa y el desarrollo de su labor (CILIP, 2018). Entre los aspectos destacados relacionados con la desinformación están los principios relativos a la imparcialidad y la prevención de los sesgos, y el desarrollo de la alfabetización y herramientas informacionales. Por su parte, en cuanto a los compromisos, hay que destacar la contribución del personal profesional al beneficio público y la provisión de servicios relevantes para cubrir las necesidades de las personas usuarias.

4.5. ALIA Member Code of Conduct Statement

Tras una revisión, la ALIA publicó en 2020 la tercera versión (las dos anteriores son de 2014 y 2018) de su código de conducta. Semejante al resto de la tradición anglosajona, tras enumerar los objetivos constitutivos de la asociación, se establece como objetivo principal que todos sus miembros se adhieren a los más altos estándares éticos (Australian Library and Information Association, 2020). A continuación, se enuncian varios puntos que deben guiar la conducta del personal bibliotecario. Entre aquellos que están relacionados con la desinformación destacan el suministro de información auténtica y la investigación de calidad; el fomento de la lectura, la información y la alfabetización digital, y, por último, la defensa de la contribución que hacen los servicios a la sociedad.

4.6. Código deontológico de SEDIC

En 2013 la SEDIC publicó por primera vez su Código deontológico de SEDIC que fue actualizado por el grupo de trabajo de ética de la asociación en 2022. El Código está dividido en un preámbulo seguido de cinco capítulos, cada uno de ellos dividido a su vez en diferentes puntos: Capítulo I. Definición, Capítulo II. Objetivos, Capítulo III. Ámbito de aplicación, Capítulo IV. Principios y valores del profesional de la gestión de la información y, por último, V. Gestión del código.

Entre los aspectos destacados vinculados con la desinformación cabe mencionar los principios de justicia y responsabilidad que inspiran el propio Código y que se definen de la siguiente forma: “justicia, neutralidad e imparcialidad en detrimento de prejuicios propios” y “responsabilidad, capacidad de asumir responsabilidades para construir una sociedad mejor y de aceptar las consecuencias de las decisiones que se toman” (Grupo de trabajo de ética profesional de SEDIC, 2022, p. 10).

A partir de estos principios, junto con el de autonomía y el de utilidad social, se enumeran una serie de valores que el profesional aplicará en su labor. Concretamente, aquellos relacionados con el tema que nos ocupa son los referidos a la libertad intelectual, al acceso a la información y la profesionalidad. En el primero se enuncia que el colectivo profesional defenderá “la plena libertad de expresión, de información y de conocimiento de las personas y evitarán la censura y la autocensura en cualquier faceta de su actividad profesional” (Grupo de trabajo de ética profesional de SEDIC, 2022, p. 10).

En cuanto al acceso a la información, son varios los puntos que se tratan, siendo los más llamativos los siguientes (Grupo de trabajo de ética profesional de SEDIC, 2022):

a) Proporcionarán el mejor acceso posible a la información por tratarse de un medio para el desarrollo económico, social y democrático, poniendo a disposición de los usuarios la normativa que regula su acceso, uso y difusión.

c) Apoyarán el derecho universal al conocimiento y a la información, procurando proporcionar información actualizada, plural, fiable, equilibrada y adecuada a las necesidades de información de las personas usuarias de servicios de información y documentación.

d) Promoverán la alfabetización mediática e informacional crítica de profesionales y usuarios, formarán en la búsqueda, buen uso y evaluación de los recursos como forma de detectar la desinformación para que, de forma autónoma y responsable, puedan extraer toda la información requerida (p. 11).

Por último, en el Código se enuncia que los y las profesionales “asumirán un compromiso con el desarrollo educativo, social y económico, con la investigación y con la innovación, con la comprensión del presente y del pasado, y con la preservación íntegra del conocimiento para generaciones futuras” (Grupo de trabajo de ética profesional de SEDIC, 2022, p. 13).

4.7. Code de déontologie des bibliothécaires de la ABF

En 2020, la ABF realizó una actualización de su Code de déontologie des bibliothécaires de 2003 (Association des bibliothécaires de France, s.f.) con el objetivo de darle un mayor contenido. Este documento se divide en cuatro apartados principales: usuarios; recursos, colecciones y servicios; la institución y, por último, la profesión. En cada uno de ellos, se establece una serie de funciones, siendo las principales en relación con la desinformación el acceso a la información y el fomento del pensamiento crítico y la autoformación, la objetividad e imparcialidad en las colecciones, las herramientas para comprobar la fiabilidad y veracidad de la información, y la neutralidad del servicio público.

4.8. Código de Ética para os Profissionais de Informação de APDIS, BAD e INCITE

El último código, elaborado por la APDIS, la BAD y la INCITE en el ámbito portugués, es el más antiguo, ya que data de 1999 y no se ha actualizado. Está dividido en un preámbulo, donde se indica que se trata de un instrumento para clarificar y ayudar en las decisiones éticas de profesionales de la información (BAD, 2024), seguido de tres apartados principales dedicados a la libertad intelectual, a la privacidad y al profesionalismo. Cada uno de ellos, recopila una serie de responsabilidades entre las que podemos destacar las siguientes relacionadas con la desinformación: facilitar el acceso a la información, velar por que la información facilitada a las personas usuarias sea adecuada, completa y clara, y siempre teniendo en cuenta sus necesidades.

5. Discusión

En los apartados anteriores se ha analizado la presencia o no de algunos aspectos como la neutralidad, el acceso a la información, la libertad de expresión o la alfabetización informacional, todos ellos relacionados con la desinformación. A continuación, se resumen (Tabla 1) cada uno de ellos, lo que nos permitirá tener una panorámica general:

Tabla 1. Presencia de los aspectos analizados en los diferentes códigos deontológicos. Fuente: elaboración propia

Aspecto IFLA ALA CILIP ALIA SEDIC ABF APDIS, BAD e INCITE
Neutralidad X X X X
Acceso a la información X X X X X X X
Libertad de expresión X X X
Censura X X X X
Alfabetización informacional / AMI X X X X X
Pensamiento crítico X X
Información veraz / auténtica / fiable X X X

A pesar de que tan solo se han analizado siete códigos, y por tanto se trataría de un estudio limitado2 , la importancia de las asociaciones que están detrás de cada uno de ellos nos permite centrarnos en un examen más específico en torno al papel que juega la neutralidad respecto a la desinformación, pues está presente en la mayoría de los documentos anteriores, ya sea implícita o explícitamente. A partir de esto, hay que preguntarse si hay que ser realmente o no neutrales en el ámbito bibliotecario cuando nos enfrentamos a la desinformación, pues pueden verse menoscabados otros aspectos como el acceso a la información o la libertad de expresión y opinión. Ahora bien, primero es necesario definir qué se entiende por neutralidad y neutral, pues, como indica Lankes (2023, p. 3), “en los últimos diez años, la idea de objetividad y neutralidad de las bibliotecas no sólo se ha cuestionado seriamente, sino que en muchas partes del mundo se ha abandonado”. Según el diccionario de la RAE la neutralidad es la “cualidad o actitud de neutral” (RAE, 2024). Este último adjetivo, en la primera acepción, se define como “que no participa de ninguna de las opciones en conflicto”.

En este sentido, en la literatura se han desarrollado diversos estudios en torno a la neutralidad en el ámbito bibliotecario (Civallero, 2012; Lor; Wiles y Britz, 2021), pues:

Se trata de uno de los discursos más repetidos dentro de la bibliotecología: subyace persistentemente a lo largo y ancho de la disciplina, en todas sus facetas y a todos sus niveles. Se hace hincapié en la neutralidad bibliotecaria en la adquisición y formación de colecciones, en la catalogación y clasificación de documentos, en los servicios de referencia, en la producción de resúmenes documentales, en el establecimiento de vínculos entre la biblioteca y su comunidad, en la investigación de las funciones de los centros de documentación, en la educación a los futuros profesionales... Resulta, en definitiva, omnipresente, aunque en ocasiones pase desapercibida o no sea distinguida con la suficiente claridad (Civallero, 2012., p. 2).

A partir de aquí, hay que discutir si ante la desinformación hay que ser neutrales o no y, por tanto, incumplir algunos de los principios y valores recogidos en los diferentes códigos deontológicos analizados. Si una de sus consecuencias es que los sistemas democráticos se debilitan debido al aumento de los discursos de odio, la pérdida de la confianza en los políticos, etc., ¿acaso no son las bibliotecas instituciones garantes de las sociedades democráticas? Según el Manifiesto IFLA-UNESCO sobre Bibliotecas Públicas 2022, entre las misiones de las bibliotecas está lo siguiente:

Prestar apoyo y participar en programas y actividades de alfabetización para desarrollar habilidades de lectura y escritura, y facilitar el desarrollo de la alfabetización mediática e informacional y de las habilidades digitales para personas de todos los grupos etarios, con el fin de contribuir a una sociedad informada y democrática (Krass et al., 2022, p. 3).

Siguiendo la idea recogida en el Manifiesto también encontramos otros aspectos que atañen directamente a la desinformación y el desempeño bibliotecario en documentos legislativos como la Constitución Española (CE) o la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. En el caso de la CE, en su artículo 20.d., se recoge el derecho “a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión” (España, 1978). En el ámbito europeo, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en su artículo 11, relativo a la libertad de expresión y de información, enuncia que:

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión. Este derecho comprende la libertad de opinión y la libertad de recibir o de comunicar informaciones o ideas sin que pueda haber injerencia de autoridades públicas y sin consideración de fronteras (Unión Europea, 2016).

Además, la Resolución del Consejo sobre el Plan de trabajo de la UE en materia de cultura para el periodo 2023-2026 expone que entre las acciones del ámbito prioritario b) Cultura para las personas: refuerzo de la participación cultural y del papel de la cultura en la sociedad está “tender puentes: refuerzo de las múltiples funciones de las bibliotecas como puertas de acceso a obras culturales, competencias y valores europeos y sus transmisoras”, pues las bibliotecas “acogen a grupos diversos, desarrollan programas y actividades que reflejan los retos actuales de la sociedad y proporcionan acceso a una información plural y fiable” (Unión Europea, 2022). Todo ello porque:

Las instituciones culturales desempeñan un papel fundamental en el refuerzo de la democracia y el bienestar social al llegar a la comunidad en su conjunto, proporcionando un acceso asequible o gratuito al conocimiento y a la información, respetando plenamente los derechos de propiedad intelectual, mejorando la alfabetización mediática, creando una base común para el diálogo y el debate y, por consiguiente, reforzando la integración social y la participación comunitaria y, en última instancia, contribuyendo a la lucha contra la desinformación, el discurso de odio y las noticias falsas. Debe fomentarse aún más esta función de las instituciones culturales (Unión Europea, 2022).

Igualmente, tampoco hay que olvidar que la Declaración Universal de los Derechos Humanos enuncia en su artículo 19 que:

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión (Naciones Unidas, 1948).

Ahora bien, a partir de todo lo expuesto, existen razones para no ser neutrales pues, como indica Oyarzún (2021, p. 41):

La biblioteca no es ni debe ser neutral. No puede serlo cuando se priva de sus derechos fundamentales a las personas; tampoco, ante la marginación, la segregación, la violencia y el abuso. Una biblioteca no puede aceptar todas las ideas, especialmente aquellas que están dispuestas a violar los derechos humanos, dar golpes de Estado, atormentar y dar muerte a personas.

Por tanto, las bibliotecas son garantes de la democracia y, si la desinformación afecta a los sistemas democráticos y a los derechos humanos, hay que actuar. Esta es una de las ideas recogidas por la Knigh Foundation en sus Five Lessons for Libraries Looking to Innovate in the 21st Century (Wilansky, 2017) al afirmar que:

Las bibliotecas pueden desempeñar un papel clave en la preservación y el fortalecimiento de la democracia. Como centros cívicos de información y compromiso, las bibliotecas pueden animar a la gente a participar en sus comunidades, conectarse con los problemas locales y convertirse en ciudadanos y votantes más informados.

No obstante, cabe preguntarse si atentamos contra el derecho a la libertad de expresión y de opinión si actuamos desde las bibliotecas. Si tenemos en cuenta que la desinformación atenta contra las democracias y que la información fiable y veraz es una de sus garantes, habría que establecer límites a dicho derecho siempre que bajo su auspicio se difunda contenido desinformativo y/o directamente falso. En este sentido, la CE es mucho más clara en comparación con la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea ya que introduce la figura de la información veraz. Concretamente, según Garrocho (Wagner y Degli-Esposti, 2022, p. 281):

Nuestra constitución, como suele recordar Elena Herrero-Beaumont, es una de las pocas que protege el derecho a la información veraz, lo que demuestra la importancia de lo que hablamos. La desinformación no simplemente nos impide desarrollar libremente nuestras vidas, sino que, además, nos convierte en víctimas potenciales de aquellos que tienen un interés espurio en manipular nuestra percepción de la realidad.

De esta forma, las bibliotecas deberían garantizar el acceso a la información veraz y promover este derecho frente a toda aquella desinformación que se difunde amparándose en el derecho a la libertad de expresión y opinión. Concretamente, se debería estudiar qué papel desempeñar evitando ser neutrales cuando se atente contra las democracias como hace la desinformación, a pesar de que con ello se vulneren ciertos valores recogidos en los códigos. En este sentido, según Obach (2023, p. 44):

Las instituciones también deben militar activamente en la defensa del derecho a la veracidad. Todas ellas deben trabajar activamente por la creación de espacios de confianza, lugares protegidos de la información sesgada. En estos tiempos de pandemia, es singularmente importante defender los espacios de veracidad de nuestra información sanitaria.

Se trata, entonces, de discutir sobre el derecho de las personas usuarias a la verdad y la responsabilidad de quienes ejercen la profesión. Lor; Wiles y Britz (2021) plantean que es necesario que el personal profesional de las bibliotecas y de la información debatan sobre el derecho de las personas usuarias a la verdad de las responsabilidades para ello. En ese sentido, la verdad ocuparía el lugar más alto e importante en la escala de valores de la práctica y la esencia bibliotecaria, por encima incluso de la neutralidad, la libertad de expresión y la objetividad. En definitiva, y según lo que defienden de-Paor y Heravi (2020), las bibliotecas tendrán que reflexionar y repensar su posición de neutralidad en lo relacionado al acceso a la información y al desarrollo de la colección para marcar una oposición consistente a las fake news.

Pero no solo esto, sino que:

En una sociedad de la información / conocimiento donde la verdad es a menudo cuestionada por los dueños del poder, por la hegemonía existente, por los intereses contrariados, por las ideologías y las políticas implementadas, la biblioteca debería ser un centro de resistencia en busca de la verdad (Suaiden, 2018, p. 1143).

Ambas propuestas tienen relación directa con la lucha contra la desinformación. Es necesario, por tanto, un nuevo enfoque deontológico en la profesión que deje atrás la neutralidad, pues como defiende Lankes (2023, p. 3) “los bibliotecarios son activistas de la alfabetización, del empoderamiento y del cambio social positivo. Esto no es neutralidad”.

En este sentido, como se ha indicado, los códigos deontológicos anteriores guían el desempeño profesional de las personas bibliotecarias. Sin embargo, se ha podido observar que ante fenómenos como el de la desinformación muchos de los principios y valores recogidos en ellos deben actualizarse, pues pueden llegar a impedir la acción bibliotecaria en la lucha contra esta problemática o hacer que no tenga toda la fuerza necesaria para hacerle frente. En este sentido, los códigos de IFLA, la SEDIC, la ALIA, el CILIP y la ABF facilitan esta tarea al recoger muchos más aspectos relacionados en comparación con los expuestos en el documento de la ALA, pues tratan aspectos como la alfabetización o el pensamiento crítico; incluso, como el de la ABF, donde se menciona la importancia de la veracidad de la información. En cuanto al código de las asociaciones portuguesas, este no plantea principios ni responsabilidades concretas en aspectos tan básicos como la alfabetización.

Por su parte, la ALA, aunque no se recoja en su código deontológico, sí que se ha preocupado por luchar contra la desinformación gracias a la Resolution on Disinformation, Media Manipulation & the Destruction of Public Information (ALA, 2005), adoptada por su Conferencia Anual en 2005. En ella la ALA anima a sus miembros a concienciar sobre las diversas formas en que la desinformación y la manipulación de los medios de comunicación son utilizadas para configurar a la opinión pública más allá de la verdad, animando al personal bibliotecario a facilitar y desarrollar dicha concienciación a través de productos y servicios en la bibliotecas.

Por todo lo anterior, se propone un cambio en la deontología profesional que permita hacer frente a la desinformación de una forma mucho más fácil y eficaz, pues:

El bibliotecario integra la información, la organiza y la hace disponible en las bibliotecas. La biblioteca tiene un gran poder para modelar una visión diferente de ver la información para mejorar a la comunidad con base en información con datos bien formados y diferenciarla de la desinformación. El bibliotecario precisa ver a las comunidades donde se encuentre la biblioteca desde otra perspectiva y repensar en cómo mejorar a la sociedad y de qué manera facilitar la creación del conocimiento en tales comunidades (Técuatl-Quechol, 2021, pp. 146–147).

Para poder lograr esto, en primer lugar, se defiende acabar con el falso concepto de neutralidad bibliotecaria pues este no es más que una forma de perpetuar el statu quo y el poder hegemónico (Civallero, 2012). Como defiende Martínez-Cardama (2021, p. 100) “la neutralidad de las instituciones de la memoria en la selección y formación de sus colecciones y en garantizar el igualitario acceso a la información, ha sido malinterpretada para evitar posicionarse ante cuestiones que son vitales para la ciudadanía”, como es el caso de la desinformación. En este sentido, también es necesaria una mayor relación con la política ya que afecta a temas tan importantes como “la difusión y alfabetización de la democracia y de los procedimientos políticos” (Gallo-León, 2019), aspectos directamente relacionados con la desinformación.

En segundo lugar, se propone que los códigos deontológicos de la IFLA, de la SEDIC, de la ABF y de la APDIS, la BAD y la INCITE se actualicen y sean menos rígidos como sí encontramos en los documentos anglosajones (ALA, CILIP y ALIA). Por ejemplo, la ALA da mayor importancia al estudio de las características de los casos particulares (dilemas), como puede ser el caso que nos ocupa. En este sentido, las propuestas de Troullinou (2021) basadas en corrientes éticas como las de Aristóteles y Kant pueden ser una buena ayuda y un punto de partida.

Se trataría, por tanto, de actualizar los códigos deontológicos en mayor medida y de una forma mucho más ágil que garantice su adecuación al contexto profesional y social, pues como defiende Fallis (2007) están redactados por seres humanos y están sujetos a la crítica y a la revisión. En este sentido, habría que incluir aspectos como la justicia social o la defensa de la democracia y el papel que las bibliotecas pueden desempeñar al respecto: velar por la verdad, hacer frente a los contenidos falsos, promover la alfabetización de datos, fomentar el pensamiento crítico, etc., además de mantener todos aquellos elementos que ya incorporan como, por ejemplo, la AMI. Todo esto a pesar de que con ello se confronten otros derechos como el de la libertad de expresión y de opinión. Consistiría en fortalecer y repensar la importancia de aspectos como el acceso a la información, remarcando que no toda la información tiene la misma calidad ni es veraz. En este sentido, el Código Deontológico de SEDIC es un buen ejemplo al incluir la problemática de la desinformación, si bien el peso de la acción recae en último término en la ciudadanía (Grupo de trabajo de ética profesional de SEDIC, 2022). En este caso, sería necesario estudiar si realmente se puede seguir siendo neutral visto lo expuesto anteriormente: hay que garantizar y defender el derecho a la verdad y velar por los sistemas democráticos.

Además, todos estos cambios cumplirían con una de las cinco funciones de las bibliotecas y archivos mencionadas por Richard Ovenden en su obra Quemar libros cuando afirma que estas instituciones “proporcionan un punto de referencia fijo que permite que la verdad y la mentira sean juzgadas con transparencia, verificación, citación y reproductibilidad” (Ovenden, 2021, p. 273). Por tanto, si la desinformación impide la neutralidad bibliotecaria, tan arraigada en la profesión en los diferentes códigos deontológicos, hay que defender que estos solo “recogen los deberes consensuados desde dentro para una profesión en un momento y espacio determinado” (Velayos-Castelo, 2009, p. 22) y, por tanto, pueden reformularse, actualizarse y adecuarse a los tiempos en los que nos encontramos. En consecuencia, todos estos cambios en los códigos deontológicos permitirían que las bibliotecas, pero especialmente sus profesionales, tuvieran un mayor respaldo en las acciones llevadas a cabo para hacer frente a la desinformación. De esta forma, se mejoraría la respuesta dada por las bibliotecas3 ante este fenómeno, pues como instituciones expertas en la búsqueda, la recuperación, el tratamiento y la difusión de la información, se ven afectadas directamente por esta problemática.

Entre las acciones que podrían llevarse a cabo en mayor medida por parte de las bibliotecas para luchar contra la desinformación se pueden destacar las propuestas por Finley, McGowan y Kluever (2017) que consisten en una selección y adquisición de materiales cuidadosa y rigurosa, en la AMI y, por último, en ser agentes de concienciación en torno a la desinformación. Otras personas autoras, como López-Borrul y Ollé (2019) y Guallar, Codina y Pérez-Montoro (2020) son partidarias de desarrollar una curación de contenidos donde las bibliotecas participen divulgando conocimientos científicos junto a los investigadores, “sobre todo en el campo de las redes sociales, con mayor presencia, mayor prescripción de contenidos y mayor lucha contra los contenidos falsos, en aquellos sitios comunes (hashtags) donde la desinformación campa” (López-Borrull y Ollé, 2019, p. 4). También se puede redefinir el programa de información y referencia cooperativo Pregunte, las bibliotecas responden, como propone Martínez-Cardama (2023), sin que pierda su función inicial, favoreciendo su labor como servicio de verificación. Incluso se pueden promover las guías de buenas prácticas, tanto generales (ECLAP, 2019; Centro Criptológico Nacional, 2021) como específicas (Macías-Vicente, 2024a), entre profesionales para que sepan cómo actuar frente a la desinformación.

En definitiva, se trata de que los propios códigos deontológicos amparen las acciones llevadas a cabo por el personal profesional, pues, como indican Carrasco-Sánchez y Cuevas-Cerveró (2023, p. 148)

Las bibliotecas a pesar de su esfuerzo en tratar de ofrecer a sus usuarios información y servicios contra la desinformación aún tienen un largo camino por delante en la lucha contra la desinformación. Este esfuerzo podría ampliar la eficacia del servicio público de las bibliotecas en su dimensión social e intervención comunitaria para la inclusión informacional y digital con la intermediación de la alfabetización informacional crítica.

Visto todo lo anterior, entre las propuestas de futuro estaría la inclusión del papel que juega la Inteligencia Artificial (IA) en la desinformación, tanto desde el punto de vista de la creación como de la lucha contra ella, y las acciones que pueden desempeñar las bibliotecas al respecto (AMI, uso de herramientas para detectar deepfakes, etc.). Asimismo, realizar un análisis de más códigos deontológicos, sistematizando y categorizando en mayor medida los aspectos a revisar, permitiría tener una panorámica mucho más completa y global del estado actual en relación con la desinformación. De esta forma, conociendo sus virtudes y deficiencias, el personal de las bibliotecas podrían proponer revisiones y actualizaciones de los diferentes códigos deontológicos con el objetivo último de que los preceptos que guían su desempeño profesional fueran mucho más acordes a nuestros días y a las problemáticas actuales.

6. Conclusiones

En este artículo se han analizado siete códigos deontológicos bibliotecarios centrándose en aquellos aspectos que están relacionados con la desinformación. De entre todos ellos, la neutralidad ha tenido tradicionalmente un papel fundamental en el desempeño profesional; sin embargo, esta ha impedido en muchos casos que el personal bibliotecario actúe directamente frente a problemas como el que nos ocupa, a pesar de que la desinformación puede arremeter contra los sistemas democráticos y la verdad. No obstante, se ha comprobado que algunos autores y autoras defienden acabar con esta falsa neutralidad bibliotecaria, que, bajo su paraguas, impide hacer frente a este fenómeno de una forma más directa y enérgica.

Por tanto, se ha propuesto una revisión y actualización de los códigos deontológicos que den respuesta al contexto social incorporando aquellos elementos que permitan una acción más directa por parte de las bibliotecas y, de esta forma, no dejar la responsabilidad última de luchar contra la desinformación solo en las personas usuarias. Se trata de introducir aspectos como el derecho a la verdad, la importancia de la información veraz y de calidad, la alfabetización en todas sus vertientes, el fomento del pensamiento crítico, etc.

En definitiva, la posición defendida en este artículo puede servir como inicio para la discusión en torno a este reto en un futuro, pues ante contextos complejos, hay que saber dar respuestas a los desafíos. Se trata, por tanto, de repensar la forma en la que actuamos y nos comprometemos profesionalmente a partir de nuestros códigos deontológicos. Estos deben contar con herramientas suficientes que permitan su actualización para incorporar en ellos aspectos como los tratados en este artículo que permitan hacer frente a la desinformación.

7. Referencias

Notas:

  1. El análisis de datos se ha realizado a partir del término inglés disinformation el 4 de septiembre de 2024. En la base de datos Scopus se ha utilizado la opción de búsqueda Article title, Abstract, Keywords. En Web of Science, se ha utilizado la opción Topic, seleccionando las bases All Databases y All Collections.; volver al texto

  2. Por ejemplo, en agosto de 2024 la ALIA adoptó su ALIA Code of Ethics for the Australian LIS Workforce (https://read.alia.org.au/alia-code-ethics-australian-lis-workforce-long-version), un documento que tiene como base, entre otros, al Código de Ética de la IFLA para bibliotecarios y otros trabajadores de la información y al propio ALIA Member Code of Conduct Statement analizando anteriormente. También la Associazione Italiana Biblioteche tiene su propio Codice deontologico dei bibliotecari: principi fondamentali (https://www.aib.it/documenti/codice-deontologico/).; volver al texto

  3. En una encuesta realizada por Carrasco-Sánchez y Cuevas-Cerveró (2023) a las 53 Bibliotecas Públicas del Estado en 2021 se obtuvieron unos resultados alarmantes, ya que tan solo el 15,4 % de las bibliotecas encuestadas respondieron que ofrecen servicios en relación con la desinformación (formación de personas usuarias, talleres, charlas y debates, vídeos, servicio de información y referencia, etc.).; volver al texto