CON-TEXTOS KANTIANOS.

International Journal of Philosophy N.o 5, Junio 2017, pp. 465-470

ISSN: 2386-7655

Doi: 10.5281/zenodo.807250


El sentido común como posibilidad de unidad de la razón en el sistema crítico kantiano.

The common sense as the possibility of the unity of reason in the critical kantian system

LAURA HERRERO OLIVERA


Universidad Complutense de Madrid, España


Reseña de: Zhouhuang, Zhengmi, Der sensus communis bei Kant. Zwischen Erkenntnis, Moralität und Schönheit, Kantstudien-Ergänzungshefte, 187, Berlin/Boston, Walter de Gruyter, 2016, 132 pp., ISBN: 978-3-11-045017-0.


El sentido común en un sistema como el kantiano, donde prima el estudio de las condiciones trascendentales y la fundamentación de los principios a priori, presenta un interesante y escasamente valorado campo de investigación y múltiples problemas de interpretación. En el más genuino sentido trascendental, presenta este libro una parte analítica que incluye listados de los pasajes precisos en que se menciona al sensus communis, y los variados términos que introduce Kant para hablar de él. Siguiendo este estudio analítico se comentan las diversas traducciones del concepto que Kant encuentra en su tradición, que pasa por Aristóteles, Cicerón, Vico, Hume, así como las traducciones posteriores posibles de la terminología kantiana y lo que queda del sensus communis, por ejemplo, en H.G. Gadamer; de esta forma se establece una relación con las diversas fuentes históricas que nos ayudarán para una comprensión adecuada. Continúa el estudio con definiciones pormenorizadas de cada uno de los términos en cada contexto, todo ello referido respectivamente al uso teórico, práctico y estético de la razón.



[Recibido: 16 de abril de 2017

Aceptado: 30 de abril de 2017]


Los múltiples términos y expresiones que Kant elige para referirse al sentido común merecen ser tratadas en toda su complejidad; sin duda, la elección por parte de Zhouhuang del término sensus communis está más que justificada para dar unidad al estudio y marcar que se requiere este uso propio de la razón (o de un sentido común) en todos los usos posibles de la misma. Pero a la vez es inevitable que aparezcan esos otros términos cuya variedad ya nos pone en guardia acerca de la dificultad de la propia elección, pues estamos hablando de algo que unas veces es sentido-sensibilidad (Gemeinsinn, gemeingültiger Sinn), otras veces es entendimiento (gemeiner Verstand, gesunder Verstand), y otras veces es razón (gemeine Vernunft, natürliche Vernunft) (Cf. p. 9).

En cada capítulo del ensayo encontramos, además de ese interés de comprensión analítica, el hilo conductor del interés sintético de comprensión de este sentido común en el conjunto del sistema, con propuestas de lectura que dan razón de su significado intersubjetivo e intrasubjetivo, y de su función como puente necesario entre lo intelectual y lo sensible. El sentido común es por ello en gran medida la tensión que se genera entre todas las acepciones del término ‘sentido’, en su relación con la sensibilidad, y el término ‘común’, que reclama lo universal y la posibilidad de ser comunicado. No menos representativo de este interés sintético de la obra es el claro y conciso resumen final en el que se condensan en pocas páginas las aportaciones principales de todo el estudio.

Podemos señalar múltiples textos dentro el opus kantiano en que se pone en evidencia la importancia del sensus communis. De hecho, el libro de Zhouhuang puede ser leído como una búsqueda de las huellas que de este sentido común podemos encontrar y de lo que nos aporta en diversas lecturas posibles. Creo que podemos señalar dos lugares muy relevantes que sólo por ellos merece la pena abordar una clarificación de los términos. En primer lugar, la propia estructura de la Fundamentación de la Metafísica de las costumbres ha sido muchas veces comentada y debatida, en razón de lo que el título de sus tres partes principales anuncia y lo que cada una de ellas nos aporta realmente. Estas tres partes llevan por título una mención directa a lo que el sano entendimiento común, una de las denominaciones que recibe en diversos lugares el sentido común, puede aportar al uso práctico de la razón; así la obra comienza con un “Tránsito del conocimiento racional moral ordinario al filosófico”, continúa con un “Tránsito de la filosofía moral popular a la metafísica de las costumbres” y acaba con lo que parece el anuncio de la segunda de las

Críticas, “Tránsito de la metafísica de las costumbres a la crítica de la razón práctica pura”, que por lo tanto parece necesitar los tránsitos anteriores. En la Fundamentación encontramos además alusiones a todo lo que esa “moral popular” puede rendir como sentido común práctico presente en cada uno. Por ejemplo, todavía en el ‘Prefacio’, nos dice Kant: “Todo el mundo tiene que confesar que una ley, si es que ha de valer moralmente, esto es, como fundamento de una obligación, tiene que llevar consigo necesidad absoluta” (GMS, IV, 389). Podríamos pensar que una obra que comienza ya con esta afirmación, concedida a “todo el mundo”, poco más podría ofrecer en un desarrollo de la moralidad, o tal vez podríamos pensar que realmente Kant concede demasiado al uso ordinario de la razón.

Otro texto interesante en que encontramos la fuerza de este sentido común, aunque no sea nombrado directamente, aparece en el ‘Prólogo’ a la segunda edición de la Crítica de la razón pura cuando, al hablar sobre la pervivencia del alma, la libertad y la existencia de Dios, Kant considera que “estas posesiones no sólo continuarán sin obstáculos, sino que aumentarán su crédito cuando las escuelas aprendan, en un punto que afecta a los intereses humanos en general, a no arrogarse un conocimiento más elevado y extenso que el tan fácilmente alcanzable por la gran mayoría” (KrV, B XXXIII). Si esto es así, podemos repetir de nuevo la pregunta que hacíamos ante la lectura del ‘Prefacio’ de la Fundamentación, ¿para qué este sistema de la razón pura? ¿Cuáles serán sus rendimientos más allá de los especulativos?

El libro Der sensus communis bei Kant propone una original interpretación que da cabida a esas inevitables cuestiones y, en tanto que presente en todos los usos posibles de la razón, parece el sensus comunis un reflejo de la unidad de la misma. Lo primero que requiere la lectura propuesta es delimitar el significado propio de este concepto, así en seguida nos damos cuenta de que el sensus communis en Kant dista bastante de un uso ordinario de la razón, de un uso inconsciente y, más bien al contrario, vemos cómo lleva consigo la introducción de la reflexión como un momento necesario para su uso adecuado. El sentido común es presentado como el uso posible de la razón que elige la comunicabilidad de sus proposiciones, de los juicios morales, de los juicios de gusto, para comprobar su validez intersubjetiva que se fundamenta previamente en una adecuada relación de las facultades de conocimiento a nivel intrasubjetivo. Kant no fue el primero en


hablar del sensus communis en el ámbito del uso teórico y práctico de la razón, lo que se ofrece es una revisión de otros autores y corrientes; su aportación más original se halla en la introducción de ese sentido común en la formulación de los juicios estéticos.

En relación con el uso teórico de la razón podemos destacar dos aspectos relevantes e inseparables que se dicen del sentido común, por un lado su relación con las exigencias de una razón ilustrada, y por otro lado, su función orientadora en el ámbito de lo suprasensible, a pesar de que su función principalmente se lleve a cabo en el ámbito sensible. Veamos cómo se articulan los dos momentos; el sentido común en relación con el uso teórico de la razón no es sino la facultad de juzgar los casos concretos a partir de reglas. En el uso cotidiano, la facultad de juzgar que a este nivel es el uso común empírico del entendimiento, puede perfeccionarse, puede ser entrenada, pero la posibilidad de su práctica no será en ningún caso objeto de una enseñanza de escuela. El salto entre los casos concretos y las reglas aplicadas a ellos abren un espacio para el error siempre posible. En la Crítica de la razón pura este uso cotidiano del entendimiento es equiparado con el ingenio natural (Mutterwitz) que nos recuerda Zhouhuang que es introducido en el vocabulario alemán en el mismo siglo XVIII y añade: “La carencia de la facultad de juzgar es llamada estupidez y no puede ser solventada por ninguna enseñanza” (p. 20).

Los requerimientos del pensar ilustrado entran en escena como forma de evitar el error en la aplicación de las reglas. Las tres máximas para el uso común del entendimiento son las siguientes: a) la búsqueda de la autonomía del pensar, en tanto que en la razón de cada uno se encuentra el criterio de verdad superior del conocimiento, se atiende por lo tanto a la forma del pensar intrasubjetivo; b) la práctica del sentido común en tanto que forma de pensar ampliada, exige la capacidad de pensar en el lugar de otro; se introduce así la necesidad de la reflexión, a la vez que apunta a la comunicación y al criterio de la intersubjetividad; y, por último, c) se requiere el pensar consecuente como la síntesis de las dos máximas anteriores, pues en su formulación parecen apuntar en direcciones contrarias: “Por un lado se tiene un entendimiento limitado y con carencias, por lo que se necesitan los juicios de los otros como prueba de la verdad, por otro lado se tiende a prescindir del uso del propio entendimiento y hacerse dependiente de los demás, por lo que se debería también mantener cierta distancia respecto de los otros para ser independiente” (p. 27). La reflexión se propone como la posibilidad de acercar el uso empírico del sano

entendimiento común, a la universalidad, en tanto que posibilita un punto de vista más amplio. Se presenta esa reflexión como un proceso de abstracción.

En cuanto que capacidad de orientación se refiere a la relación que se establece entre la metafísica, sus objetos propios y el entendimiento humano ordinario, éste sirve a la metafísica como punto de partida pero también como piedra de toque; en la Lógica propone Kant este uso común del entendimiento como orientación para el uso especulativo de la razón (Cf. p. 35).

En cuanto a la presentación del sentido común dentro del uso práctico de la razón se enlaza directamente con la necesidad de una capacidad conativa para la realización del juicio moral, y, en este sentido, al igual que en el uso teórico, para garantizar la unidad entre universalidad y el ámbito empírico de aplicación. Ya en la Fundamentación de la metafísica de las costumbres se indica que, si bien la filosofía no añade nada de contenido al juicio ordinario de la razón, sí que se ha de garantizar aún la aplicación de ciertas normas, pues el ser racional, además de las reglas a priori exige una “capacidad de juzgar aguzada por la experiencia, en parte para distinguir en qué casos tienen su aplicación, y en parte para procurarles acceso a la voluntad del hombre y energía para la ejecución, pues éste, afectado él mismo con tantas inclinaciones, es ciertamente capaz de la idea de una razón pura práctica, pero no puede tan fácilmente hacerla eficaz in concreto en su modo de vida” (GMS, IV, 389). Este aspecto conativo, necesario para el uso práctico de la razón, requiere, de la misma forma que el uso teórico, la capacidad de ponerse en el lugar del otro como prueba empírica de la universalidad de las máximas de la acción. El propósito no es juzgar desde la posición de otro sujeto, porque esto nos llevaría a una infinita carga de posiciones todas contingentes. Se trata de aunar los lugares desde los que se juzga y encontrar la máxima neutralidad posible.

El sentido común también es equiparado en su uso práctico con un sentimiento moral que tiene su origen en la razón. Tanto el sentimiento moral como el sentido común en relación con el juicio práctico se refieren a la exigencia de encontrar un impulso que lleva a la realización del juicio moral, pues es necesario suponerlo en un ser que, como el ser humano, no pueda deshacerse de su sensibilidad a la vez que reconoce los imperativos de la racionalidad.


Por último se trata la presencia del sensus communis en el juicio estético. Kant necesita las aportaciones de ambos términos: la universalidad de lo común, por un lado, y, por otro, la emotividad de lo sensible en relación con el sentimiento del placer y displacer. En el juicio estético “la comunicabilidad universal intersubjetiva es aclarada a través de la estructura intrasubjetiva del juicio de gusto” (p 77). El sentido común en la tercera Crítica se presenta como un sentimiento con exigencias de universalidad y que, al igual que el sentimiento moral es producido por la razón, en este caso es el efecto derivado del juego libre de las facultades de conocimiento. Este sentimiento es una recepción sensible del placer o displacer que se origina en el juego armónico de imaginación y entendimiento de donde deriva su universalidad. En tanto que originado en ese juego de facultades es un principio subjetivo y una norma ideal. La modalidad del juicio, su necesidad, es destacada entre los momentos del juicio estético, prestando así atención a la relación entre el proceso de reflexión y la representación dada. No olvidemos que el término reflexión se relaciona directamente con el reflejo, en este caso de las facultades de conocimiento y su adecuación armónica en el objeto de la representación, adecuación por la que surge un sentimiento de placer. Al igual que en relación con el uso teórico ofrecía el sentido común la posibilidad de la orientación, en la formulación del juicio estético se presenta como principio regulativo pues “la validez universal del juicio de gusto es más débil que la de la ley de la moralidad y es apreciada como una exigencia que no es tan fuerte como la del imperativo categórico. Para declarar la validez universal de un juicio que no se funda en conceptos se necesita un principio regulativo para el juicio reflexionante” (p. 121).

El sentido común se presenta por lo tanto en los tres usos posibles de la razón como un proceso de reflexión empírica con una meta trascendental: la perfectibilidad constante de un ser que además de racionalidad está limitado por su sensibilidad. La limitación de esta sensibilidad se ve amortiguada por la reflexión constante acerca del espacio común posible de la humanidad desde un punto de vista intersubjetivo.