Con-Textos Kantianos. International Journal of Philosophy Nº 01, Noviembre, 2014, pp. 141-145
ISBN: 2386-7655
doi: 10.5281/zenodo.18454
Ilustración, política e historia en el pensamiento kantiano
Enlightenment, Politics and History in Kant’s Thought
ILEANA BEADE∗
Univ. Nacional de Rosario, Argentina
Reseña: Kant, Immanuel, ¿Qué es la Ilustración? Y otros escritos de ética, política y filosofía de la historia, edición, traducción y estudio preliminar por Roberto R. Aramayo. Alianza, Madrid, 2013, pp. 290.
Esta compilación de textos fundamentales para el estudio de la filosofía práctica kantiana (traducidos por R. R. Aramayo, en colaboración con C. Roldán Panadero y M. F. Pérez López), es introducida por un Estudio preliminar que sintetiza con notable precisión y agudeza tesis centrales de la filosofía ética, política e histórico-filosófica de Kant. En el primer apartado del Estudio, Aramayo examina la concepción kantiana de la Ilustración, a partir de un análisis de las diversas definiciones del término propuestas en ¿Qué es la Ilustración? (1784), ¿Qué significa orientarse al pensar? (1786) y la Crítica del discernimiento (1790), textos en los que se establece un vínculo indisoluble entre ilustración y autonomía intelectual, exaltándose el valor de la razón como criterio último de toda verdad, y contraponiéndose el libre ejercicio crítico racional al prejuicio, la superstición y el fanatismo. Como sabemos, en el marco de las disquisiciones kantianas en torno al proyecto ilustrado se confiere al pensamiento filosófico un papel decisivo: la actitud crítica que es propia y característica de este modo de pensamiento es, en efecto, aquello que permite desafiar el principio de autoridad y trabajar en pos de una emancipación individual y colectiva. La concepción de la crítica como actividad o quehacer distintivo de la razón filosófica será un tópico recurrente en diversos escritos kantianos: así como en ¿Qué es la Ilustración? Kant advierte acerca de los peligros que conlleva la permanencia indefinida bajo una tutela intelectual y exhorta a los individuos al libre uso público de la razón, así también en El conflicto de las Facultades (1798) invocará el derecho de quienes se dedican a la reflexión filosófica al libre examen crítico de todo tipo de doctrinas (si bien establece allí, por otra parte, la necesidad de que los miembros de las
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Profesora de la Universidad Nacional de Rosario (Argentina). E-mail de contacto: ileanabeade@yahoo.com.ar .
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Facultades superiores –Teología, Derecho y Medicina– acaten las prescripciones del gobierno en lo que atañe a la impartición de ciertas doctrinas, cuya pública difusión resulta indispensable a fin de garantizar el orden civil). En el contexto de una reflexión acerca de la disputa académica –y política– entre las Facultades, Kant repone, pues, la distinción entre los usos público y privado de la razón, formulada, años antes, en el célebre escrito de 1784 acerca de la Ilustración. Aramayo señala que, al igual que otros pensadores ilustrados, Kant parece concebir el uso público de la razón como un medio preventivo –un antídoto– contra la revolución. En efecto, bajo las premisas del reformismo kantiano, el libre uso público de la razón constituye el medio legítimo para impulsar los cambios necesarios en la constitución política. Como sabemos, Kant rechaza enfáticamente todo derecho del pueblo a oponer resistencia activa a los poderes constituidos, aún cuando considere, por otra parte, el entusiasmo que la Revolución Francesa despierta entre sus espectadores imparciales como un claro signo de la disposición moral del género humano (ante esta aparente tensión, Aramayo se hace eco de la interpretación propuesta González Vicén, invocando la doble perspectiva bajo la cual Kant considera el fenómeno de la revolución, a saber: la perspectiva jurídica –bajo la cual sólo cabe condenarla, habida cuenta del absurdo implicado en la idea misma de un derecho constitucional de resistencia– y la perspectiva histórico-filosófica, que hace posible considerar la revolución atendiendo ante todo a los principios y valores políticos en los que se sustenta, y al reconocimiento desinteresado y entusiasta que dichos valores despiertan entre sus espectadores). Pese a esta valoración positiva del proceso revolucionario francés, Kant confía en que la transición hacia una forma republicana de gobierno pueda tener lugar, en el Estado prusiano, sin necesidad de repetir la dolorosa experiencia de la Revolución Francesa, y apuesta así por una reforma política gradual, propiciada a través de la libertad de pensamiento y la libertad de expresión, las cuales serán reivindicadas en sus escritos, como derechos fundamentales del hombre (libertades en las que se cifra, por lo demás, toda posibilidad de un progreso del género humano hacia un estado de mayor perfección).
El análisis de Aramayo enfatiza el vínculo indisoluble entre la filosofía política y la filosofía moral de Kant. Así señala, por ejemplo, que la distinción kantiana entre los usos público y privado de la razón repone, en el ámbito político, la estrategia desarrollada en el tratamiento del problema de la libertad en sentido moral: si en tanto fenómeno el hombre se halla sujeto a leyes naturales que determinan necesariamente su conducta, considerándose a sí mismo, sin embargo, como un ser libre en virtud de su condición nouménica o racional, así también en tanto miembro de la maquinaria estatal el individuo se halla sujeto a límites impuestos por la legislación civil (y es exigido su
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comportamiento pasivo o puramente mecánico), mientras que en tanto miembro de la sociedad cosmopolita, puede reclamar plena libertad para el desarrollo del pensamiento crítico. Tanto en el ámbito moral como en el político, la libertad ha de ser articulada con la más estricta obediencia. En tal sentido Kant celebra las medidas impulsadas por Federico II de Prusia en favor de una ampliación de la libertad de opinión y de expresión –tanto en materia religiosa como política–, advirtiendo, por otra parte, que sólo en el contexto de una organización civil estrictamente disciplinada pueden ser garantizada la libertad, de tal modo que ésta no atente contra la estabilidad del orden político.
El segundo apartado del Estudio preliminar ofrece valiosas reflexiones para la interpretación de la «filosofía de la historia» –o «historia filosófica»– desarrollada por Kant en importantes escritos incluidos en esta compilación, tales como Idea para una historia universal en clave cosmopolita (1784), Recensiones sobre la obra de Herder: «Ideas para una Filosofía de la Historia de la Humanidad» (1786), Probable inicio de la historia humana (1786), y En torno al tópico: «tal vez eso sea correcto en teoría, pero no sirve para la práctica» (1793). Estos escritos, junto a Hacia la paz perpetua (1795) y la segunda parte de El conflicto de las Facultades (1798), constituyen las obras de referencia principales para el análisis de la reflexión kantiana acerca de la historia. Aramayo caracteriza la filosofía kantiana de la historia como una encrucijada entre el pensamiento moral y político de Kant, “en la que se dan cita la ética, el derecho y una singular teodicea, por no mentar las claves antropológicas que presupone” (p. 45). En el marco de una reconstrucción detallada de la propuesta histórico-filosófica kantiana, considera aspectos fundamentales, tales como la noción de una insociable sociabilidad como motor del desarrollo histórico, el concepto de cosmopolitismo –que acusa la influencia de las Lecturas para cosmopolitas de J. B. Basedow y de su proyecto pedagógico filantrópico–, la re-significación kantiana de la noción estoica de destino y su relevancia para la noción de una Naturaleza providencial garante del progreso histórico, y otras tesis centrales desarrolladas en el marco del proyecto kantiano de una historia a priori del género humano. Como bien señala Aramayo, semejante historia a priori sólo es posible cuando su autor se torna artífice de los acontecimientos que vaticina. Kant considera que la confianza en la posibilidad efectiva del progreso de la especie humana hacia una forma de organización política republicana (en el plano del derecho político) y cosmopolita (en el ámbito de las relaciones interestatales) es un deber impuesto por la razón práctica. Así, la tarea propia del filósofo, en lo que respecta a su consideración de los acontecimientos históricos, “es genuinamente ética, pues consiste en modelar el provenir a golpe de utopemas ucrónicos. Ante la defensa del status quo característica del político,
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el filósofo debe acometer luna «revolución asintótica», señalando por ejemplo el horizonte utópico de un Estado cosmopolita, el cual, lejos de ser una quimera, ha de servir como pauta para los principios de gobierno” (p. 68). La constitución republicana, como idea de la razón pura, proporciona un modelo arquetípico que nos orienta en el arduo trabajo de un perfeccionamiento gradual (siempre parcial e inconcluso) de las instituciones jurídicas y sociales.
Otras ideas de la razón pura regulan, de manera similar, nuestra práctica política. En Teoría y práctica, Kant reivindica el valor de la teoría –esto es, de los conceptos y principios puros de la razón– en tanto normas orientadoras de aquello que se denomina práctica, entendiendo por tal aquella realización de un fin que es concebida como el cumplimiento de principios representados con universalidad. La labor teórico-especulativa de la razón filosófica es reivindicada por Kant tanto en el ámbito de la moralidad como en el ámbito del derecho político y el del derecho cosmopolita (los tres ensayos que componen este escrito tratan acerca de la primacía de la teoría sobre la práctica en cada uno de estos dominios). Aramayo se refiere, en primer lugar, a las circunstancias que incidieron en la publicación del texto, a saber: el conflicto de Kant con la censura prusiana, y la consiguiente necesidad de sustituir un texto que no pudo ser publicado al no obtener la aprobación de los poderes censores (y se convertiría en el segundo capítulo de La religión dentro de los límites de la mera razón, 1793). No no es casual, pues, que en el segundo apartado de Teoría y práctica se caracterice a la libertad de pluma como el único paladín de los derechos del pueblo. El primer apartado expone, de manera sencilla y acotada, las principales tesis del formalismo ético kantiano: sus objeciones a la ética eudemonista, la imposibilidad de fundar una ética en el principio de la felicidad (y la propuesta de interpretar a esta última como una consecuencia o corolario necesario de la moralidad), la noción de una voluntad buena en términos absolutos, el concepto de deber, y otros principios fundamentales de la teología moral crítica que Kant propone como sustituto de la moral teológica tradicional. El segundo apartado adelanta tópicos centrales cuyo desarrollo será retomado, años más tarde, en los Principios metafísicos del derecho (1797), a saber: la formulación de los principios a priori del estado civil (libertad, igualdad e independencia), la noción de contrato, los argumentos kantianos en contra del llamado derecho de resistencia y la ya mencionada reivindicación de la libertad de expresión. Como decíamos, Kant intenta reivindicar en Teoría y práctica el papel fundamental de la teoría frente a quienes la desdeñan en razón de su presunta falta de utilidad en el dominio de la práctica. La posición asumida por el filósofo crítico respecto de las proyecciones políticas implicadas en la reflexión filosófica se halla vinculada a la labor que asigna a los doctos o intelectuales: la filosofía no produce
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revoluciones, mas no porque sea incapaz de hacerlo, sino porque su propósito no es incitar a la rebelión, sino contribuir, a través de su labor crítica, al perfeccionamiento de las instituciones políticas y jurídicas. El lector advertirá la concordancia entre estas observaciones y aquellas vertidas en ¿Qué es la Ilustración?: la publicidad, el uso público de la razón, constituye el medio privilegiado a través del cual ha de promoverse la realización gradual de aquellos fines que la razón se impone a sí misma en carácter de deberes. El tercer apartado de Teoría y práctica aborda, una vez más, esta cuestión fundamental, que será retomada, años después, en la segunda parte de El conflicto de las Facultades. El sentido esencialmente normativo de la metafísica práctica kantiana se hace explícito en la reivindicación de las ideas prácticas como principios regulativos de la acción, esto es, como metas utópicas hacia las que debemos orientarnos en un proceso gradual de transformación de las instituciones jurídico-políticas. La metafísica que Kant importa al terreno de lo político no versa, pues, sobre el ser sino sobre el deber ser, y es en este punto donde se cifra el potencial revolucionario del pensamiento político de Kant: así señala Aramayo que “todo el pensamiento práctico de Kant es esencialmente revolucionario, en cuanto nos marca un horizonte utópico, unas metas prácticas cuya persecución irá remodelando el actual mundo fenoménico según el patrón eidético aplicado” (p. 83). Desde la perspectiva histórico-filosófica asumida por Kant, no hay práctica en sentido propio que pueda prescindir de los principios teóricos establecidos por la razón; por su parte, estos principios o ideas de la razón pura cobran una insoslayable significación práctica, por cuanto señalan la meta que ha de regular nuestra conducta, tanto en el plano ético como el dominio político.
Esta breve presentación de algunos contenidos temáticos abordados por Aramayo en su Estudio preliminar permite constatar que la lectura y análisis de las fuentes compiladas en esta edición resultan ineludibles para el abordaje de la filosofía práctica kantiana. Las valiosas observaciones y reflexiones volcadas en la introducción de Aramayo, junto con la profusa serie de notas que acompañan la traducción, contribuyen significativamente a la interpretación de dichas fuentes. La edición incluye, por otra parte, una Bibliografía en la que se consiga una amplia lista de trabajos y estudios críticos de Aramayo y de otros destacados comentaristas de la filosofía kantiana y, finalmente, una Cronología en la que se reseñan las traducciones de los escritos kantianos disponibles en lengua española.
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