“Los planetas parecen retroceder”. Reflexión, apparentia

y error en Kant

‘The planets seem to move backward’. Reflexión, apparentia

and error in Kant

 

Claudia Laos·

GIFS/PUCP/ Perú

 

Resumen

La problemática anterioridad que Kant le atribuye a los juicios de percepción respecto a los juicios de experiencia en los Prolegómenos, puede explicarse por una suerte de solapamiento conceptual con los juicios provisionales que Kant distingue de los juicios determinantes en la Lógica y en el Legado póstumo. El análisis del ejemplo de los planetas en el §13 de los Prolegómenos, interpretado a la luz de la segunda analogía de la experiencia y del estudio evolutivo del concepto de apparentia, mostrará: 1) En su traslape con los juicios provisionales, los juicios de percepción cumplirían en los Prolegómenos, entre otras, la función de explicar la posibilidad del error empírico; 2) Una instancia de reflexión previa a la determinación del conocimiento objetivo empírico, preventiva del error, que es propia de los juicios provisionales.

Palabras clave: Juicio de percepción; Juicio provisional; Reflexión; Apparentia; Modo subjetivo de representación; Prejuicio.

Abstract

The problematic anteriority that Kant attributes to perception judgments with respect to experience judgments in the Prolegomena can be explained by a sort of conceptual overlap with provisional judgments which Kant distinguishes from determinant judgments in the Logic and in the Posthumous Legacy. The analysis of the example of the planets in §13 of the Prolegomena, interpreted in the light of the Second Analogy and the evolutionary study of the concept of apparentia, will show: 1) In their overlap with provisional judgments, perception judgments would fulfill in Prolegomena, among others, the function of explaining the possibility of empirical error; 2) An instance of reflection prior to the determination of objective empirical knowledge, preventive of error, which is proper to provisional judgments.

Keywords: Perception judgment; Provisional judgment; Reflexion; Apparentia; Subjective mode of representation; Prejudice.

 

1. Introducción

En la sección de los Prolegómenos destinada a explicar cómo es posible la ciencia pura de la naturaleza, Kant se detiene entre los §§18 y 23 a tratar el tema de la objetividad. Bajo la idea rectora de que las condiciones a priori de la posibilidad de la experiencia son a la vez las fuentes de las que deben deducirse todas las leyes universales de la naturaleza y, por ende, del conocimiento de sus objetos, Kant intenta mostrar que el fundamento de esa identificación descansa en las categorías del entendimiento. Si bien no se ocupará en esta obra de exponer los principios que rigen la correspondencia de las categorías con el objeto de una experiencia posible, tal como lo hace en la Analítica de los principios, si se ocupará de mostrar que dicha correspondencia debe poder plasmarse en un juicio, no como un fenómeno interno meramente subjetivo, sino como una experiencia necesariamente compartida de modo universal, tal como se puede leer a continuación:

Los juicios empíricos, en la medida en que tienen validez objetiva, son juicios de experiencia [Erfahrungsurtheile]; pero a los que son válidos solo subjetivamente los llamo meros juicios de percepción [Wahrnehmungsurtheile]. Los últimos no requieren ningún concepto puro del entendimiento, sino solo la conexión lógica de la percepción en un sujeto pensante. Pero los primeros requieren siempre, además de las representaciones de la intuición sensible, ciertos conceptos peculiares, generados originariamente en el entendimiento, los cuáles hacen precisamente que el juicio de experiencia sea objetivamente válido. Todos nuestros juicios son, primero, meros juicios de percepción; valen solamente para nosotros, esto es, para nuestro sujeto, y solo después les damos una referencia nueva, a saber, una referencia a un objeto, y pretendemos que ello sea válido para cualquier otro; porque cuando un juicio concuerda con un objeto, todos los juicios deben concordar entre sí, y así la validez del juicio de experiencia no significa otra cosa, sino la necesaria validez universal del mismo (Prol, AA 04: 298)[1].

El pasaje que se ha citado in extenso presenta la división de los juicios empíricos en juicios de percepción (JP)[2] y juicios de experiencia (JE). El primer tipo de juicio se explica como un enlace lógico de percepciones de orden meramente privado y subjetivo, que serviría como base para los JE, los cuáles en virtud de la determinación de los conceptos nacidos del entendimiento, es decir, de las ‘categorías’, se convertirían en juicios objetivamente válidos. Tanto este como los pasajes que continúan y se extienden hasta el §23 condensan muchos elementos para la discusión y el análisis, sobre todo, de cara a su relación y compatibilidad con las enseñanzas de la KrV. Dejaré de lado las cuestiones relativas al criterio externo de la verdad[3] como dimensión necesariamente intersubjetiva del conocimiento objetivo que Kant introduce con esta distinción y rozaré el problema de la no presencia de las categorías[4] en los JP, pero solo en la medida en que sea necesario para tratar el problema que ofrece la anterioridad de este tipo de juicio subjetivo respecto al JE.

El objetivo de este trabajo es llamar la atención sobre la posible relación que puede establecerse entre los JP y los JE con la distinción del par conceptual juicios provisionales [vorläufige Urtheile] (JPr) y juicios determinantes [bestimmende Urtheile] (JD), presente en la Lógica[5], en la Enciclopedia[6] y en general en el Legado póstumo de Kant, para comprender el sentido que puede tener una anterioridad judicativa respecto al JE. Cabe destacar que el § 19 de la KrV donde se define el juicio como “la manera de llevar a la unidad objetiva de la apercepción conocimientos dados” (KrV B 142)[7], recoge el sentido de la distinción de los JP y los JE, en tanto estos se entiendan como correspondiendo, respectivamente a la diferenciación que en la KrV se establece entre una relación subjetivamente válida y una relación objetivamente válida de representaciones. De tal modo que, cuando menos, es posible asumir que el JE de los Prolegómenos no ofrece mayores dificultades interpretativas, salvo respecto a alguno de los ejemplos[8] propuestos por Kant. En este sentido existe ya un amplio consenso sobre la compatibilidad del JE con la concepción de juicio que Kant ofrece en la Deducción B. Sin embargo, la caracterización del JP como un juicio en el que no hay intervención de categorías y que antecede temporalmente al JE sigue siendo objeto de discusión. La anterioridad del JP se torna incompatible con algunos de los cambios o reformulaciones realizados por Kant en la deducción trascendental de B. El primero tiene que ver con la referencia en el § 18 al carácter meramente derivado de la unidad empírica de la apercepción de la unidad objetiva de la conciencia bajo condiciones dadas en concreto (KrV B 140). El segundo, en consonancia con lo anterior, corresponde a la doctrina de la autoafección que Kant introdujo en el §8 (KrV B 68-69) y en el §24 (KrV B 153-154). De acuerdo con estos pasajes, la autoafección sería el resultado de la determinación del sentido interno por efecto del entendimiento cuando este realiza la síntesis de lo múltiple en el espacio. De manera que dicha acción objetivadora produciría a la vez la sucesión de las representaciones de los objetos externos como meros estados subjetivos de un modo no siempre inmediatamente consciente. Si se acepta la correlación entre la experiencia subjetiva interna y la experiencia objetiva externa con la de los JP y los JE, está claro que los JP no pueden pensarse con una precedencia temporal respecto a los JE.

Como bien ha mostrado Jáuregui, la experiencia interna se produciría simultánea y correlativamente al acto por el cual se produce la experiencia externa, por lo que la autora considera que muchas de las dificultades que ofrece la distinción entre los JP y los JE, se originan en una interpretación literal de los pasajes de los Prolegómenos. De acuerdo con su interpretación no habría pues una anterioridad temporal: el JP vendría a ser otro nombre para referirse a la síntesis de la aprehensión y como tal, la contracara del JE (Jáuregui 2008, pp. 40, 86, 121). Concuerda con esta interpretación que Kant no haya mantenido la referencia al JP de los Prolegómenos en B y haya optado por referirse solo a una relación subjetivamente válida de representaciones, aunque sigue ejemplificando dicho enlace discursivamente. Me interesa poner de relieve que los cambios señalados están en conformidad con la preponderancia que tendrá la conciencia de los objetos externos para la propia consciencia empírica del yo en el apartado de la Refutación al idealismo. Si bien este tiene como objeto de crítica el idealismo problemático de Descartes, comparte con el § 13 de los Prolegómenos, donde aparece el ejemplo de los planetas, la necesidad de distinguir el idealismo crítico del idealismo quimérico de Berkeley, que reduce el ser efectivamente existente de las cosas a mera representación, poniendo también así en cuestión nuestra certeza sobre la objetividad del mundo.

En relación con la doctrina de la autoafección y su compatibilidad con la anterioridad de los JP respecto a los JE, no se puede desconocer que Longuenesse ha desarrollado una influyente interpretación, según la cual, habría tanto una afección del sentido interno por el entendimiento categorial como una afección por este de tipo no categorial. Su interpretación se asienta en la idea de que no habría una unidad de la apercepción trascendental separada de la incesante tendencia hacia el juicio (Longuenesse 1998, p. 394). La autora da cuenta así de la dimensión reflexiva del propio entendimiento entendido como capacidad de juzgar (Vermögen zu urtheilen) y de las categorías en tanto formas lógicas del juicio como conceptos de reflexión, para defender la síntesis discursiva del JP como momento previo a la determinación categorial (Longuenesse 1998, pp.7-9, pp. 81-195). Si bien se trata de una interpretación de sumo interés, considero que es el JPr cuando acompaña a la percepción y a la orientación determinante de las categorías y no el JP, el que puede dar cuenta de la anterioridad discursiva y del espectro de funciones más amplio que tiene la reflexividad del entendimiento al que se refiere la autora.

Entre los principales intérpretes que han prestado atención a la posible vinculación entre los JP y los JPr se encuentran Svendsen (1998) y, más recientemente, Allison (2015)[9]. Sobre los JPr son especialmente importantes los trabajos de La Rocca (2001), Capozzi (2002, 2016) y Regvald (2015). Svendsen propone acertadamente entender el par conceptual JP-JE como una distinción dirigida a dar cuenta de una objetividad general que tiene que ver con la transformación del fenómeno en objeto, mientras que el par conceptual JPr-JD estaría orientado a dar cuenta de una objetividad específica ligada a la transformación de la apariencia en verdad. Su interpretación tiene a la vista la atención que Kant le dará al problema del conocimiento empírico en la Crítica del juicio y se sustenta también en el hecho de que es posible encontrar en las Lecciones de lógica[10], elementos que permiten establecer que el JPr es, en buena medida, precursor del juicio reflexionante. Así lo consideran también La Rocca y Capozzi. No es mi intención en esta contribución hacer una reconstrucción de su propuesta, ni proponer una explicación alternativa de la constitución de la objetividad empírica específica, sino más bien llamar la atención sobre la dimensión reflexivo-preventiva del error del JPr y dar cuenta de su traslape con el JP.

El objetivo de esta contribución es mostrar en relación con el problema de la anterioridad temporal de los JP respecto a los JE, lo siguiente: a) En consonancia con el carácter polémico de los Prolegómenos[11], la distinción de los JP y los JE cumpliría, entre otras, la función de dar cuenta de la posibilidad del error en el marco del idealismo trascendental o crítico para mostrar que al interior de esta concepción es posible distinguir lo objetivo de lo ilusorio y de lo falso; b) El solapamiento de la concepción del JPr con el JP explicaría la problemática anterioridad que Kant le atribuye al JP en los Prolegómenos, en virtud del carácter reflexivo del JPr que al acompañar la percepción, puede modalizar la descripción discursiva de esta a la vez que prevenir el error. Con el fin de desarrollar estas hipótesis he dividido esta exposición en cuatro partes. La primera parte está conformada por esta introducción. La segunda parte ofrece un análisis del ejemplo de los planetas propuesto por Kant en el § 13 de los Prolegómenos, estableciendo una relación con la segunda analogía de la experiencia. Dicha relación permitirá evidenciar la existencia de una instancia de reflexión previa a la determinación de la objetividad específica, compatible con la consideración de la posibilidad del error en el conocimiento empírico. La tercera parte está dirigida a caracterizar la naturaleza del JPr y la faceta reflexivo-preventiva del error que lo distingue del prejuicio. Finalmente, en la cuarta, se mostrará el camino por el que Kant llega a asociar el JPr y el JP con el modo subjetivo de representación en su meditación sobre la apparentia. Con ello se pondrá de manifiesto el solapamiento de dos tareas y disposiciones distintas del acto de juzgar en una fase de autoesclarecimiento de Kant de su propio idealismo crítico.

II. El ejemplo de los planetas y la segunda analogía de la experiencia

En la III observación del § 13 de los Prolegómenos se explica lo siguiente:

Los sentidos nos representan el curso de los planetas ya en avance, ya en retroceso, y aquí no hay ni falsedad ni verdad, porque, mientras uno se conforma con que esto, por de pronto, sea solo fenómeno, no juzga todavía sobre la naturaleza objetiva de su movimiento. Pero puesto que puede surgir fácilmente un juicio falso cuando el entendimiento no pone cuidado (Acht) para impedir que este modo subjetivo de representación (subjective Vorstellungsart) sea tenido por objetivo, se dice: parecen (scheinen) retroceder; pero la apariencia ilusoria (Schein) no puede imputarse a los sentidos, sino al entendimiento, solo al cual corresponde pronunciar un juicio objetivo a partir del fenómeno (Prol, AA 04: 291).

De este pasaje se desprende que el error en el juicio se produciría por una falta de cuidado o de atención para impedir que la forma o secuencia con la que se nos presentan los fenómenos, es decir, el modo subjetivo de representación sea tenido por objetivo. Aunque no se menciona la palabra error, si se recuerda que Kant define lo falso como la no concordancia con el objeto (KrV A 58-59/B 83) y el error como un tener lo falso por verdadero (Log, AA 09: 53)[12], es claro que el pasaje se está refiriendo con “el tener lo falso por objetivo” a la posibilidad del error. En los Progresos de la metafísica[13], este vínculo es mucho más explícito, pues allí se afirma en relación con la observación del cielo, que el modo subjetivo de representaciónpuede ser causa de que en un juicio se lo tome falsamente por objetivo” (FM, AA 20: 269). Dicho modo de representación, que en términos predicativos se expresaría como mera descripción de lo que se percibe, puede ser tomado como la conciencia empírica discursiva de la percepción. Así, en el ejemplo citado, cuando se dice de los planetas ¾parecen retroceder¾ lo que expresa el enlace predicativo perceptual se convierte en un juicio falso y erróneo cuando el parece de la representación subjetiva es dado por objetivo sin atender a todas las exigencias de las reglas de la experiencia a las que está sujeto el conocimiento empírico, las cuáles se evalúan en cada caso particular según sugiere la advertencia de no poner cuidado. Ese juicio falso al que el texto de los Prolegómenos hace referencia, aunque no en su formulación predicativa, diría algo así como los planetas retroceden.

La observación sobre la falta de cuidado como la causa de la confusión de los fundamentos objetivos con los subjetivos permite colegir las tres cuestiones siguientes: 1) El error sería evitable, pues la apariencia ilusoria (Schein) siempre radicará en el juicio[14], independientemente de que en este caso se trate de la expresión de una percepción no adecuada a las leyes que rigen el conocimiento empírico o de lo que Kant llama apariencia ilusoria empírica (empirischer Schein) (KrV A 295/B 352)[15]; 2) La falta de cuidado supone recoger sin suficiente examen el orden expuesto en el modo subjetivo de representación, lo que significa que aunque ese orden  refleja el curso temporal empírico bajo el que se presentan nuestras percepciones, no siempre obedece necesariamente al orden objetivo de los fenómenos, es decir, a su correcta determinación por las leyes que rigen su enlace en la aplicación de las categorías (KrV B 159); 3) Plantea la pregunta sobre qué operación del entendimiento sería la encargada de discriminar el modo subjetivo de representación del objetivo, así como la detección y la prevención del error. Es respecto a este tercer punto que considero posible establecer una relación con una forma de reflexión que de forma implícita está presente en el pasaje de los planetas anteriormente citado y, sobre todo, en la explicación que prosigue.

Dada la gran ductilidad que tiene el concepto de reflexión en Kant, conviene previamente distinguir, siguiendo principalmente a Prien (2006, p. 73), por lo menos, cuatro diferentes acepciones que Kant le asigna: A) La reflexión como la acción para utilizar una representación como fundamento cognoscitivo por efecto de la apercepción trascendental. Se trata de una acción unitaria junto a la comparación y abstracción que sería esencial para la transformación de una representación en concepto en sentido formal (KrV B134n, Log, AA 16: 47; B). La reflexión trascendental como aquella que encuadra las representaciones de las facultades del conocimiento (KrV A 261/B 317); C) La reflexión antecedente en un juicio que en la Anfibología de los conceptos de reflexión Kant denomina reflexión lógica (KrV A 262/B 317-318); D) La reflexión que encuentra lo universal para lo particular, es decir, que busca un concepto para un fenómeno dado, y que, como sabemos, corresponde al juicio reflexionante (KU AA 05: 179). Esta distinción no agota, por cierto, todas las variantes[16] del uso que hace Kant de este término. Se reconoce además un sentido amplio de reflexión como actividad del entendimiento en general (Liedtke, 1966, p. 208).

 

Atendiendo ahora a la tercera cuestión planteada sobre cuál sería la operación discriminadora del entendimiento entre el modo subjetivo y el modo objetivo de representación cuando estos no coinciden, el tipo de reflexión que estaría implícito no correspondería a la reflexión lógica, sino a una reflexión más próxima al juicio reflexionante bajo la forma de una reflexión comparativa no solo de conceptos, sino de máximas y principios. Después de esta precisión estamos en condiciones de dirigirnos al pasaje que sigue al ejemplo de los planetas y que forma también parte de la defensa de Kant frente a la crítica de Garve y Feder[17] por acusarlo de reducir el mundo a una apariencia ilusoria[18].

 

De esta manera, aunque no reflexionáramos [nachdächten] en lo más mínimo sobre el origen de nuestras representaciones, si conectamos en el espacio y en el tiempo, de acuerdo con las reglas de la concatenación de todo conocimiento en una experiencia, nuestras intuiciones de los sentidos, sea lo que quiera que ellas contengan, puede resultar en una apariencia engañosa (trüglicher Schein) o la verdad según que seamos descuidados [unbehutsam] o cuidadosos [vorsichtig]; esto concierne solamente al uso de las representaciones sensibles en el entendimiento, y no a su origen (Prol, AA 04: 291).

De acuerdo con este pasaje, la referencia a la reflexión que hace Kant pareciera ser la que corresponde a la reflexión trascendental, es decir, a aquella que identifica el origen de nuestras representaciones con una determinada facultad. Sin embargo, hay que notar que Kant está haciendo uso de una expresión hipotética, no está afirmando que esa reflexión no se dé. Lo que está diciendo es que aun cuando no se diera, la corrección del juicio estaría de manera específica relacionada con la atención y el cuidado que exige la investigación. Es decir, no depende de que las formas puras de tiempo y espacio tengan un origen sensible, ni de que las representaciones sensibles estén condicionadas por estos, tampoco de que tengamos consciencia de que el origen de nuestras representaciones es sensible. Solo así parece ser congruente esta explicación con las enseñanzas de la KrV. Para el éxito de un juzgar concreto no es, pues, la reflexión trascendental, en tanto encargada de determinar la facultad a la que pertenecen nuestras representaciones, ni la que asegura ni la que impide en el caso del conocimiento empírico, que podamos seguir una apariencia engañosa o dar con la verdad. Esto depende del uso descuidado o cuidadoso que hagamos del entendimiento en relación con el modo subjetivo de representación. Ciertamente, tratándose de un texto más breve y de un método de exposición más directo que el de la KrV, Kant no quiere complicarlo haciendo distinciones sobre los tipos de reflexión. Sin embargo, si se toma en cuenta que en su uso determinante el entendimiento solo subsume casos particulares bajo una regla a través del juicio, es posible vincular ese uso cuidadoso del entendimiento con una instancia de reflexión ligada a la lógica de los JPr que cae en la esfera de la función del entendimiento que, a la vez que indagatoria, es también preventiva del error.                                                                    

De cara a la defensa de su idealismo crítico, con este argumento Kant pretende dejar en claro que al considerar el espacio y el tiempo como formas puras de los fenómenos y, por ende, también como representaciones que son a su vez condiciones de una experiencia posible: “no hay, en ello, la menor inducción a error, ni una apariencia ilusoria de que yo las tenga por meros fenómenos; pues pueden, no obstante esto, estar relacionadas correctamente en la experiencia según las reglas de la verdad” (Prol, AA 04: 291). Con reglas de la verdad se está haciendo referencia implícita a la verdad trascendental como aquella que hace posible la objetividad de la experiencia y, por ende, en la que descansa toda posible la verdad empírica (KrV A 146/B 185, A 222/B 269). Como se verá más ampliamente en los dos últimos apartados, Kant identificará progresivamente la apariencia ilusoria con el modo subjetivo de representación en el juicio.

Por lo que se puede apreciar, si bien la reflexión a la que se ha hecho referencia antecede al juicio como en el caso de la reflexión lógica, no cumple la función de comparar los conceptos de reflexión ni consiste en la reflexión trascendental[19], si por esta se entiende solo el encuadre de una representación en la sensibilidad o en el entendimiento. Funcionalmente, podría situarse a medio camino entre la reflexión trascendental y la reflexión del juicio reflexionante. Al respecto, puede adelantarse que la reflexión comparativa de los JPr comparte con la reflexión trascendental el ser un preventivo del error, pero no en tanto compara nuestras representaciones con las potencias cognoscitivas a las que estas pertenecen, sino con máximas que operan como posibles principios de un juicio para juzgar correctamente de modo determinante, modalizar el juicio o abstenerse de hacerlo. Con los juicios reflexionantes compartiría, en cambio, la dimensión heurística.

Por lo visto hasta aquí, considero que el ejemplo de los planetas a partir del cual se puede observar que Kant distingue claramente los modos subjetivo y objetivo de representación, si bien no es planteado en la sección de los Prolegómenos donde Kant introduce la distinción entre los JP y los JE, es perfectamente asimilable a esta y aporta un elemento esencial para entender por qué Kant les atribuye a los JP una anterioridad temporal. No hay que perder de vista que la publicación de los Prolegómenos media entra la edición A y B de la KrV y que en A sí hay una precedencia de la experiencia interna sobre la externa, que solo puede adquirir valor objetivo por la aplicación de las categorías, como bien sostiene Jáuregui (2008, pp. 50-51).

Pasando ahora al vínculo con lo tratado por Kant en las analogías de la experiencia, si se observa que el ejemplo de los planetas trata de la percepción de un fenómeno que está en un movimiento de desplazamiento, se recordará que este guarda cierta afinidad con el ejemplo de la embarcación en la segunda analogía de la experiencia, respecto al cual Kant explícitamente señala una instancia de reflexión. Como se sabe, las analogías de la experiencia son principios dinámicos, que a diferencia de los principios matemáticos no tienen una certeza intuitiva sino una certeza mediata que se refiere a la existencia de los fenómenos, es decir, al elemento a partir del cual se determina propiamente la objetividad del conocimiento empírico. Ellas proporcionan una regla en forma de analogía[20] para explicar la necesaria cohesión de nuestras percepciones en la unidad de la apercepción trascendental, que debe tener todo conocimiento empírico en el marco de las modalidades del tiempo. Es decir, de las que atañen a la permanencia, sucesión y simultaneidad.

A la segunda analogía le corresponde establecer la relación necesaria de causa y efecto, lo cual exige que la sucesión de un fenómeno que siga a otro sea pensada en un orden irreversible. El contraste de los conocidos ejemplos que Kant propone de la percepción de un objeto estático como una casa (KrV A 190/B 235)[21] y de otro en movimiento como el de la embarcación en un río (KrV A 192/B 137)[22] tiene dos objetivos. En el primer caso, mostrar que la indiferencia de orden en la representación, es decir, la posibilidad de dirigir arbitrariamente nuestra percepción, se debe a que objetivamente las partes de la casa guardan una relación de simultaneidad. Subjetivamente la conexión es producto de la actividad de síntesis de la imaginación que determina el sentido interno con respecto a la relación temporal, de tal modo que esta puede enlazar de dos formas diferentes dos estados sin determinar lo que precede y lo que sigue en el objeto empírico. En el segundo caso, tomando de por medio el criterio de irreversibilidad del orden, el ejemplo de la embarcación pretende mostrar que estamos ante una sucesión temporal objetiva, porque la sucesión de nuestras percepciones se da también en el objeto de nuestra percepción. No obstante, el orden de la sucesión entre dos fenómenos no es suficiente para que se aplique el principio de la segunda analogía; para ello es preciso pensar el fenómeno que antecede al otro como su causa. Esto significa que no necesariamente todo evento en el que se dé una relación de causa y efecto tiene que ser sucesivo, esta relación puede darse en un evento donde causa y efecto se den de manera simultánea como en los ejemplos del calor en la habitación y la estufa encendida (KrV A 202-203/B 248) o del vaso y el agua (KrV A 204/B 249). Lo que es determinante es la relación causal: sin causa no hay efecto. En consecuencia, si se piensa en el hecho de que la relación causal no siempre sigue el orden que nos presentan los sentidos ni un orden sucesivo, sino también simultáneo, parece evidenciarse que, en la aplicación empírica objetiva específica de ciertos fenómenos, la determinación causal va acompañada de una instancia reflexiva, tal como parece desprenderse del pasaje que sigue:

La aprehensión de lo múltiple en el fenómeno es siempre sucesiva. Las representaciones de las partes siguen las unas a las otras. Si acaso se siguen también en el objeto, es un segundo punto de reflexión [Reflexión], que no está contenido en el primero (KrV A 189/B 234).

Como se puede apreciar, hay en estas líneas un amplio margen de interpretación. Por un lado, hay una referencia a una reflexión destinada a determinar si la aprehensión sucesiva de la multiplicidad fenoménica se sigue también en el objeto. Por otro, cuando señala que se trata de un segundo punto de reflexión, se estaría sugiriendo implícitamente que la propia aprehensión también estaría acompañada de esta. Podría tratarse de la reflexión del entendimiento en general a la que ya se ha hecho referencia anteriormente. No considero que esto signifique que la aplicación de la categoría misma se haga en virtud de una función intrínsecamente reflexiva, pues ello supondría desdibujar la dimensión propiamente determinante de dicha aplicación. Sin embargo, pienso que Kant está pensando el tema de la segunda analogía, teniendo tan presentes los fenómenos empíricos, que está destacando no solamente la idea de que el orden de nuestras percepciones resulta insuficiente para determinar el orden temporal objetivo de los estados sucesivos del objeto percibido, sino también dando cuenta de una instancia de reflexión requerida cuando la función determinante se concretiza ante fenómenos particulares, aquellos en los que la sucesión subjetiva no se deriva de la sucesión objetiva como en la causa cuyo efecto es simultáneo. De ahí que cuando Kant afirma “deberé derivar la sucesión subjetiva de la aprehensión, de la sucesión objetiva de los fenómenos” (KrV A 193/ B 238) enfatice previamente en nuestro caso para referirse a su ejemplo modélico de la embarcación.            

Es en el pasaje citado de A 189/B 234, donde considero que la reflexión aludida tiene que ver también con aquella dirigida a evitar el error en casos más complejos y teniendo a la vista su concreción en la determinación de la objetividad empírica específica. Se trataría de una reflexión evaluativa del entendimiento que acompañaría entre otras disposiciones judicativas también la del juicio objetivante en la determinación de la verdad empírica, solo hecha posible por la verdad trascendental, una de cuyas condiciones se despliega en la Segunda analogía de la experiencia. Sin embargo, su principio toda alteración sucede según la ley de la conexión de causa y efecto, se piensa ya en un plexo de relaciones con otros principios dinámicos que deben ser presupuestos y considerados. Entre algunos autores que han tratado la dimensión reflexionante del conocimiento objetivo y del JD[23], Vigo sostiene que a diferencia de la forma cómo se aplican los esquemas a la intuición pura del tiempo en el esquematismo trascendental, donde la subsunción en la determinación del esquema se realiza de un modo cuasi mecánico y no problemático, habría una mediación reflexiva en la aplicación de los principios dinámicos del entendimiento, debido al carácter mediato y discursivo de estos. Ello en virtud de que solo toman en cuenta la relación de los fenómenos y la síntesis de la intuición empírica de estos meramente respecto a su existencia. (Vigo 2004, pp. 782-783). Esta interpretación tiene asidero en la afirmación de que por las reglas analógicas no podríamos conocer una existencia de modo determinado, es decir, “no podríamos anticipar en qué la intuición empírica de ella se distingue de otras” (KrV A 178/B 221). La pregunta que naturalmente surge al considerar en qué sentido se puede hablar de la existencia de una mediación reflexiva en la función determinante de los principios dinámicos es ¿hasta qué punto puede separarse la comprensión misma del alcance de estos principios en la determinación de la objetividad general respecto de la determinación de la objetividad específica? La respuesta a esta pregunta requeriría ciertamente un estudio más exhaustivo y detallado sobre el problema.

Si se retoma ahora el paralelo entre el ejemplo de los planetas y el de la embarcación en el río, se puede observar que en ambos casos el modo subjetivo de representación puede remitir a su contraparte objetiva como la experiencia de la sucesión de estados en un objeto[24]. Sin embargo, el ejemplo de los planetas plantea una dificultad añadida en tanto no se trata de un movimiento lineal el que estos describen, sino elíptico. Se trata de un evento mucho más complejo que los propuestos por Kant en la Segunda analogía de la experiencia. Además de tratarse de objetos en movimiento que se dan de manera simultánea, dicho movimiento no se da en un mismo curso. Cada astro se desplaza en su respectiva órbita, siendo la Tierra uno más de los planetas en movimiento. En consonancia con estas consideraciones sobre el ejemplo, es interesante encontrar al inicio de la explicación de la Tercera analogía de la experiencia, que Kant introduce como ejemplo de cosas que se dan de manera simultánea y cuya percepción puede darse en un sentido u otro, la percepción de la Luna y la Tierra (KrV A211/B 257). Precisamente la complejidad del ejemplo de los planetas lo torna apropiado para que Kant introduzca el problema de la apariencia ilusoria en relación con el modo subjetivo de representación y la necesidad de considerar entre este y el orden objetivo de representaciones ¾una instancia de reflexión¾ cuando este conocimiento ha de plasmarse de modo específico. En el siguiente apartado se evidenciará que de esa instancia reflexiva pueden dar cuenta los JPr.

III. La dimensión reflexiva y preventiva del juzgar provisional

El JPr es un juzgar por el cual se tiene consciencia de no tener suficientes razones para un juzgar determinante. Es decir, se trata de un juicio por el cual se tienen más razones a favor que en contra de la verdad de una cosa, pero aún no suficientes para un juzgar determinante y, por lo tanto, se trata de un juzgar consciente problemático (Log, AA 09: 74). Este tipo de juicio no se restringe al ámbito empírico, pero está también presente en él. Debido a su carácter anticipatorio y reflexivo tiene una función dual: la de operar como máxima para la elaboración de hipótesis[25], pero también como preventivo del error.

Respecto a la segunda función, la Lógica dice:

A veces los prejuicios son juicios provisionales verdaderos. Es ilegítimo solamente que valgan como principio o como juicios determinantes. La causa de esta ilusión hay que buscarla en que las razones subjetivas se consideran falsamente como objetivas por falta de reflexión, que ha de preceder a todo juzgar. Porque aunque podamos admitir algunos conocimientos, […], sin investigarlos, es decir, sin examinar las condiciones de su verdad, no podemos y no nos está permitido juzgar, sin embargo, sin reflexionar (Log, AA 09: 75).

De acuerdo con este pasaje y en consonancia con lo que se anticipó previamente, la reflexión se convierte en un antídoto contra el prejuicio[26] como principio de error. Sin embargo, es respecto a los conocimientos no tan evidentes o que no se corresponden tan fácilmente con nuestro modo objetivo de representación donde se requiere reflexión. Ahora bien, a la dimensión normativa del deber de reflexionar que connota el pasaje, subyace una más originaria y connatural del JPr, expresada en el no podemos juzgar sin reflexionar. De esta dimensión da cuenta la Enciclopedia, donde, en relación con el conocimiento empírico, el juzgar del JPr muestra toda su faceta anticipatoria, reflexiva, perspectivística y autocorrectiva, tal como sigue:

Es admirable la manera en la que cada juicio determinado viene precedido por uno provisional. Cuando leemos, primero deletreamos, y así actuamos en todos los demás ámbitos. Nunca juzgamos inmediatamente de modo determinante, ya que para ello haría falta un concepto completo de cómo es el objeto; algo que, sin embargo, no tenemos al primer vistazo. Antes de alcanzarlo debemos primero considerar el objeto desde todos los puntos de vista [allen Gesichts Punkten] y seleccionar aquellos que se adecúen a todas las apariciones. Veo una casa desde uno de sus lados. Aquí no tengo aún una representación de la totalidad de la casa sino de cómo me aparece la casa precisamente por este lado. Debo contemplarla desde todos sus lados, y entonces surge en mí la idea de una casa que es completamente diferente a todas las apariciones que he ido teniendo. Los juicios provisionales pertenecen a todos nuestros conocimientos y permanentemente se llevan a cabo. Sin embargo, cuando uno los tiene por verdaderos fundamentos de un juicio determinante, entonces se origina a partir de ahí una ilusión y eso es el error (Phil Enz, AA 29: 24-25)[27].

Este pasaje hace evocar el ejemplo de la casa de la segunda analogía de la experiencia. Sin embargo, si allí se repara en la razón objetiva por la que la aprehensión sucesiva de las partes se da subjetivamente de modo arbitrario (KrV A 190/B 235), aquí se da cuenta de cómo la aprehensión sucesiva y por escorzos va acompañada de una actitud identificadora y dotadora de sentido. Similarmente, aunque desde la perspectiva de los elementos que concurren en la identificación de un objeto, en el ejemplo del salvaje de la Lógica, se afirma que cuando un objeto es visto por primera vez, es solo intuición, mientras que cuando se trata de un objeto ya conocido es intuición y concepto a la vez (Log, AA 09:33). Ciertamente, se trata aquí del concepto empírico de un objeto y no del concepto de objeto que es solo posible por las categorías puras del entendimiento tanto para aquel que posee el concepto empírico del objeto como para el salvaje.

En las primeras líneas del texto citado de la Enciclopedia, lo que se hace es dar cuenta del proceso comparativo-reflexivo por el que se determina la percepción de un objeto a través del concepto empírico correspondiente. El énfasis no está puesto en si se tiene o no el concepto empírico del objeto sino en el proceso mismo. Sin embargo, la función del JPr no se agota allí. Lo que sigue de la explicación hace extensiva su presencia a todo tipo de juzgar. Es decir, valdría para aquel juzgar que busca determinar la objetividad específica de un objeto o de un evento a partir de otros conocimientos previos, por ejemplo, de otros conceptos empíricos[28], de hipótesis que operan como máximas o incluso de leyes empíricas. En consecuencia, de acuerdo con el pasaje citado se puede decir que independientemente de que en él se trate de un primer contacto con un objeto del que podemos tener o no un concepto empírico, lo importante es subrayar: la precedencia y la permanente elaboración de los juicios provisionales que acompañan todos nuestros conocimientos antes de juzgar de modo determinante. De modo que este tipo de juicio vale también para aquel que busca establecer la validez objetiva específica de algunos eventos en los que previamente puede haberse determinado conceptualmente un fenómeno como objeto empírico, pero no su comportamiento. Así, por ejemplo, sabemos que existen planetas como cuerpos celestes y que los podemos observar, pero queremos establecer si el movimiento que parece retrógrado se corresponde con su movimiento real. Ello exige además de presuponer la acción recíproca de las sustancias que ocupan un lugar en el espacio de acuerdo con la Tercera analogía de la experiencia (KrV B 258), tener en cuenta el punto de referencia que se está adoptando y el tipo de conocimiento que se busca establecer. Así lo sugiere un pasaje del Conflicto de las facultades cuando afirma:

Al ser observados desde la Tierra, los planetas están pronto en retroceso, tan pronto se detienen, tan pronto en avance. Pero adoptando el punto de vista del Sol, tal como solo lo puede hacer la razón, siguen en todo momento un curso regular de acuerdo con la hipótesis copernicana (SF, AA 07: 83)[29].

Si ponemos en relación el ejemplo de los planetas de los Prolegómenos con este otro pasaje, el punto de vista de la razón, análogo con el del Sol, se correspondería precisamente con el punto de vista objetivo que hacen posible las analogías de la experiencia, como explicitación de las reglas que rigen el uso de las categorías del entendimiento, por contraste con el punto de vista de los sentidos asociado metafóricamente a la Tierra. Sin embargo, son los JPr y la consciencia reflexiva que los caracteriza, los que entre un punto de vista y otro, bien como hipótesis o bien como preventivos del error, acompañan en paralelo la subsunción del contenido empírico en la síntesis categorial judicativa por la que se determina la objetividad específica del conocimiento empírico.

La clave para profundizar ahora en el tipo de reflexión propia del JPr como preventivo del error y que anticipamos en el apartado previo, radica en su diferenciación del prejuicio. En ese sentido, la consideración que permite encaminar el vínculo con el ejemplo de los planetas está relacionada claramente con la función identificadora del JPr y ¾la atención constante a la consciencia de estar solo ante un tener por verdadero respecto a un modo subjetivo de representación¾ para no tomarlo como fundamento de un JD sin razones suficientes y evitar así el error. Como se señaló en una nota previa, el tener por verdadero es la condición subjetiva de un juicio por el cual algo es representado como verdadero y, en consecuencia, tiene que ver con los grados de certeza.

En la Lógica Pölitz, datada entre 1780 y 1782, Kant distinguirá entre ¾el prejuicio en sentido subjetivo¾ como aquello que depende de la propensión a la persuasión y ¾el prejuicio en sentido objetivo¾ como la apariencia (Schein) en la medida en que esta se pone como principio de verdad (V-Lo/Pölitz, AA 24: 548). La propensión a la persuasión corresponde a la consciencia de un tener por verdadero de modo incierto a nivel de la opinión, es decir, sin fundamentos subjetivos ni objetivos suficientes. Si se tiene en cuenta que el prejuicio es también una máxima para juzgar objetivamente por razones subjetivas (V-Lo/Dohna Wundlacken, AA, 737), la apariencia que se pone como principio de verdad operará como máxima de un juicio erróneo en tanto componente objetivo del prejuicio, contra el cual el JPr debe constantemente luchar precisamente a través de una reflexión comparativa de máximas y principios.

Si previamente se situó funcionalmente el juzgar del JPr a medio camino entre la reflexión trascendental y la del juicio reflexionante, fue en términos meramente orientativos. Como se ha visto ahora, los rendimientos que envuelve el juzgar provisional se deben a la compleja dinámica del proceso de autorregulación por el cual a la vez que este juzgar debe mantener la consciencia de la provisionalidad de sus formulaciones, tiene que efectuar la deliberación para el uso legítimo de los principios en cada caso (La Rocca 2001, pp. 335ss). En la explicación que proporciona Kant con el ejemplo de los planetas, el tener por verdadero el modo subjetivo de representación de la percepción es el que operaría como un JPr, el cual solo por falta de atención y por la ausencia de una reflexión suficiente, aunque no sobre el origen de las representaciones, podría ceder al prejuicio y conducir a un juicio falso. Sin embargo, el que este juicio se exprese modalizado discursivamente en la expresión los planetas parecen retroceder, es una potestad directamente relacionada con su consciencia de la fragilidad perceptual. Ahora bien, la posibilidad de que se haya producido un solapamiento conceptual del JPr con el JP en la meditación de Kant sobre la objetividad empírica y la objetividad en general, tiene sustento en que el JPr será identificado también por Kant con la apariencia que corresponde al modo subjetivo de representación, en un período cercano a la publicación de la KrV, como se verá en el último apartado.

La consideración de Kant sobre la posibilidad del error en los Prolegómenos, puesta de manifiesto en la explicación de la causa por la que se produce un conocimiento falso con independencia del carácter formal sensible del tiempo y el espacio, tiene que ver más con la intención polémica de la obra para mostrar que el idealismo trascendental no conlleva reducir el mundo entero a una apariencia ilusoria. Sin embargo, ello no significa que la meditación de Kant sobre la apariencia en relación con la posibilidad del error empírico haya surgido recién a raíz de la defensa de su idealismo trascendental después de la publicación de la KrV en 1781. Hay suficiente evidencia textual que permite mostrar cómo la sostenida meditación de Kant sobre la apparentia, en las diferentes acepciones y remisiones terminológicas a las que dará lugar este término, está ya presente con ciertas vacilaciones en la Dissertatio de 1770 y en algunas de sus Reflexiones y Lecciones a lo largo de esa década, pero también en su obra tardía.

IV. La meditación sobre la apparentia en los juicios provisionales y de percepción

Como contexto general, es preciso recordar que Kant distingue en el apartado sobre la ilusión trascendental entre Erscheinung (fenómeno) y Schein (apariencia ilusoria) en la KrV (A 293/B 350). Más allá de la familiaridad fonética y hasta semántica que pueda encontrarse entre estos dos términos en la lengua alemana, Erscheinung alude de manera general a aquello que aparece ante nosotros y que puede ser objeto de conocimiento; Schein, en cambio, a aquello que nuestro entendimiento asume como cierto en un juicio, pero que puede ser engañoso. Léase el siguiente pasaje:

 

Pues la verdad, o la apariencia ilusoria, no están en el objeto en la medida en que es intuido, sino en el juicio sobre él, en la medida en que el [objeto] es pensado. Por consiguiente, se puede, ciertamente, decir con verdad: que los sentidos no yerran; pero no porque siempre juzguen con acierto, sino porque no juzgan en modo alguno. Por eso, tanto la verdad como el error, y por tanto también la apariencia ilusoria, como incitación a este último, solo pueden encontrarse en el juicio, es decir, solo en la relación del objeto con nuestro entendimiento (KrV A 293/B 350).

Como se puede apreciar, Kant sitúa tanto la verdad como el error y la apariencia ilusoria en el nivel intelectivo del conocimiento, específicamente en el juicio por contraposición con el nivel relativo a la percepción de los sentidos. Opone ¾el fenómeno objeto de la intuición¾ al ¾fenómeno objeto del pensamiento¾ para señalar que es el juicio sobre este último, el que está concernido con la verdad o la apariencia. En efecto, en el primer caso estamos ante el fenómeno entendido como “el objeto indeterminado de una intuición empírica” (KrV A 20/B 34) tal como Kant lo define en la estética trascendental, mientras que en el caso de un objeto pensado estaríamos ante el fenómeno como el “objeto de una experiencia posible” (KrV A 206/B 252, A 238/B 298), es decir, de un posible conocimiento de experiencia en virtud de la presencia de las condiciones formales de la sensibilidad y del entendimiento, así como de la síntesis que conlleva la unidad objetiva de la conciencia en un juicio[30]. Si se recuerda la doctrina de la autoafección, la posibilidad de la experiencia no puede darse sin generar un orden subjetivo interno ligado a la apariencia. Convivimos permanentemente con ella. Esa es una razón más profunda por la que no solo la verdad y el error, sino también la apariencia ilusoria se da en el juicio. Ahora bien, en el plano lógico, para Kant un juicio erróneo es el que “confunde la apariencia de la verdad con la verdad misma” (Log AA 09: 53). De acuerdo con lo hasta aquí explicado, se puede decir: los elementos que participan en la determinación de un objeto de experiencia posible son los mismos que pueden conducir a formular un conocimiento aparente cuando se confunden los fundamentos objetivos del juicio con el modo subjetivo de representación, el cual nunca deja de estar presente en el conocimiento empírico.

Conviene ahora leer in extenso el pasaje de los Progresos de la metafísica que ya se ha vinculado anteriormente al ejemplo de los planetas, porque amplía y complementa lo que en la KrV se explica en otros términos y de un modo más condensado:

Hay que observar además que [el concepto] de fenómeno, tomado en sentido trascendental, o sea cuando se dice de las cosas que son fenómeno (Phaenomena), es un concepto totalmente distinto a cuando yo digo que esta cosa me parece [erscheint mir] así o de la otra manera, o sea que debe designar el fenómeno, la aparición física [physische Erscheinung], pudiendo ser denominado lo apariencial [Apparenz], la apariencia [Schein]. Pues en el lenguaje de la experiencia, como yo no puedo hacer otra cosa que comparar estos objetos de los sentidos con otros ¾p.e. el cielo, con todas sus estrellas, por más que él sea mero fenómeno¾ esos objetos de los sentidos son pensados al modo de cosas en sí mismas; y cuando del cielo se dice que parece [Anschein] una bóveda, la apariencia [Schein] significa aquí lo subjetivo de la representación de una cosa, lo cual puede ser causa de que en un juicio se lo tome falsamente por objetivo. Y así la proposición de que todas las representaciones de los sentidos no nos dan a conocer los objetos sino como fenómenos no tiene absolutamente nada que ver con el juicio de que ellos no contendrían sino la apariencia [Schein] de objetos, como el idealista afirmaría (FM, AA 20: 269)

Es muy significativo que en esta explicación de nuestra percepción del cielo como bóveda celeste se use “Schein, “erscheint mir y “Anschein” para distinguir la apariencia ilusoria de lo que es el parecer como una opinión particular y del parecer (Anschein) en el sentido de lo que se ve a primera vista en toda percepción, que en el juicio constituye en tanto Schein el modo subjetivo de representación. Este pasaje, además de reforzar el concepto de Erscheinung en su diferencia con el de Schein, muestra que la propia apariencia ilusoria adquiere un nuevo significado como condición material[31] previa de la verdad y, en consecuencia, también del error.                                                                 

Retomando ahora la explicación de la KrV, una vez que Kant ha explicado el origen del error en la confusión de los fundamentos subjetivos con los fundamentos objetivos del juicio (KrV A 293/B 350), se puede observar que pasa raudamente del error y la apariencia ilusoria en un juicio empírico al tema de la apariencia ilusoria trascendental, tal como sigue: “Nuestra tarea no es aquí tratar de la apariencia ilusoria empírica (p. ej. de la [ilusión] óptica), que se encuentra en ocasión del uso empírico de las reglas del entendimiento que, por lo demás, son acertadas, y por la cual la facultad de juzgar es descaminada por influjo de la imaginación” (KrV A 295/B 352)[32]. La ilusión óptica[33] es mencionada aquí solamente porque Kant la pondrá en relación análoga[34] con la apariencia ilusoria trascendental.

           

La explicación precedente ha ofrecido el contexto que permite ahora apuntalar la tesis del probable solapamiento que se habría producido entre los JP y los JPr en la explicación de los Prolegómenos. En la Metafísica Pölitz, datada entre 1777 y 1780, período cercano probable estimado también para la Enciclopedia, los juicios provisionales son vinculados de modo muy revelador a la apariencia ilusoria que antecede a los juicios empíricos, tal como sigue:

Los objetos de los sentidos nos hacen juzgar. Estos juicios son experiencias, en la medida en que son verdaderas; pero si son juicios provisionales, son una apariencia ilusoria. La apariencia ilusoria precede a la experiencia; porque es un juicio provisional por medio del entendimiento sobre el objeto de los sentidos. La apariencia ilusoria [Schein] no es verdadera y tampoco es falsa; porque es la ocasión para un juicio a partir de la experiencia. Por lo tanto, la apariencia ilusoria [Schein] debe distinguirse del fenómeno. El fenómeno está en los sentidos; pero la apariencia ilusoria [Schein] es solo la ocasión para juzgar el fenómeno (V-Met-L1/Pölitz, AA 28: 234)[35].

Este pasaje solo se refiere a la apariencia ilusoria como Schein para remarcar bien su diferencia con Erscheinung tal como en la KrV. La novedad que introduce el texto citado es la identificación de los JPr con la apariencia ilusoria misma y su precedencia respecto de la experiencia, lo cual además de ser también concordante con el hecho de que Kant sitúe el lugar de la apariencia ilusoria en el juicio en la KrV, ofrece asidero para reconocer una dimensión reflexiva previa al JE. Lo que puede llamar a confusión es que Kant se refiera al JPr como juicio y a la vez como ocasión para un juicio. Sin embargo, el JPr tendría en Kant un doble significado, primeramente, máxima o principio de conocimiento y, en segundo lugar, juicio efectivo producto de dicha máxima (La Rocca 2001, p. 356ss). Lo importante, a mi modo de ver, es que en ambos casos se conserva la consciencia de no poder juzgar aún de un modo determinante. Entre otros aspectos que envuelven la complejidad del JPr es importante mencionar la función que cumple la distinción modal que hace Kant entre juicio y proposición: preservar en relación con el juicio, entendido en un sentido amplio y problemático, un ámbito discursivo de cautela y, por ende, preventivo del error (Capozzi 2002, p. 448). En la medida en que el JPr cae en la amplia y problemática esfera del juicio y no de la proposición, adquiere pleno sentido la propuesta de encontrar en el juicio modalizado los planetas parecen retroceder, el cual explicita la conciencia del parecer, una razón más para hacer plausible la tesis del solapamiento conceptual del JP con el JPr.

Ahora bien, la precedencia de la apariencia respecto a la experiencia a la que hace referencia el pasaje citado de la Metafísica Pölitz, podría evocar parcialmente la conocida explicación del § 5 de la Dissertatio, que dice:

 

En lo sensible y en el fenómeno (phanomenis), lo que antecede al uso lógico se llama apariencia (apparentia), y se llama experiencia el conocimiento reflejo originado a partir de múltiples apariencias comparadas por el intelecto. No se da, por consiguiente, camino de la apariencia a la experiencia sino por medio de la reflexión, según el uso lógico del intelecto (MSI, AA, 02: 09)[36].

 

Además de la precedencia de la apariencia, lo que también se mantendría desde la Dissertatio en la etapa más cercana a la KrV en relación con la oposición apparentia/experiencia, sería precisamente el trabajo de reflexión de las apariencias comparadas por el entendimiento. Sin embargo, hay unas diferencias importantes que es posible señalar sobre la base del propio texto de la Dissertatio y del Legado póstumo sobre el período que va de 1770 a 1780. En él se da un importante proceso por el que la apparentia se transforma en el Anschein o modo subjetivo de representación del que da cuenta los Progresos.                                                                                      

De acuerdo con el pasaje citado se puede decir que la apparentia, en tanto materia del conocimiento a partir del cual se produce la experiencia[37] equivaldría a la Erscheinung o fenómeno de la KrV. La diferencia consistiría en que mientras en la Dissertatio el fenómeno, como producto de la coordinación de los principios formales sensibles de tiempo y espacio, constituye un primer orden representacional sobre el cual se erige la experiencia en el sentido que se desprende del pasaje citado, es decir, como producto de la operación comparativa reflexiva del uso lógico del entendimiento; en la KrV serán las categorías del entendimiento y el conjunto de principios sintéticos universales y necesarios que rigen su aplicación, lo que permitirá que los fenómenos se constituyan en objeto de un conocimiento posible. Por ende, la comparación efectuada por el entendimiento ya no será sólo de las múltiples apariencias entre sí, sino respecto a unas reglas que rigen el uso adecuado de este en el conocimiento empírico, haciendo posible la percepción misma y el modo subjetivo de representación. Ahora bien, el que en la Dissertatio no podamos acceder a través del uso lógico del entendimiento a las cosas tal como son[38], no significa para Kant que este no pueda proporcionar experiencia a través de su reflexión comparativa de apariencias. En consecuencia, tampoco significa restarle al mundo de lo que aparece verdad y objetividad, tal como se desprende de la explicación del § 11 de la Dissertatio, en donde se afirma que, aunque los fenómenos no expresan la constitución interna y absoluta de las cosas, su conocimiento es absolutamente verdadero. Más aún, esa verdad cuyo lugar es el juicio, definido como la conformidad de sujeto y predicado, parece descansar en el estrato de la propia conformidad de los predicados, en cuanto observables sensiblemente, con la facultad cognoscitiva sensible sobre la base de leyes comunes (MSI, AA, 02: 12-13). Las razones por las que lo sensible goza de una mayor independencia objetiva en la Dissertatio, parecen estar vinculadas con la concepción que Kant tiene de la estética en esta etapa de su pensamiento (Sánchez 2010, 24-32). La otra consideración importante a destacar para la línea argumental de este apartado, es que la concepción de verdad de Kant como correspondencia en relación con el objeto, además de la referida conformidad de sujeto y predicado en el juicio, está basada en dos ideas centrales: el conocimiento de los fenómenos (phaenomena) en tanto conceptos o aprehensiones sensibles como causados testifican la presencia del objeto y lo hacen representando adecuadamente su aspecto, es decir, tal como aparecen (MSI, AA, 02: 12). Se interpreta aquí que tal como aparecen se refiere al aspecto fenoménico. Es decir, aquello que respecto a lo en sí es lo aparente, constituye ya un ámbito de objetividad para el conocimiento empírico.

La concepción de apparentia entendida en tanto fenómeno como materia del uso lógico del entendimiento en la Dissertatio, la cual da lugar a una concepción de verdad del conocimiento sensible como correspondencia con el objeto representado, parece estar aún presente en la primera mitad de la década de 1770, como se evidenciará en lo que sigue. Sin embargo, Kant ha empezado a distinguir en el juicio la apparentia como Schein en el sentido de la persuasión de un sujeto particular respecto a su conocimiento. Así lo muestra la Lógica Philippi de 1772: “El egoísta transforma todo el conocimiento, incluidos los enunciados racionales mismos, en apariencia (apparentia), en la medida en que les da una validez privada” (V-Lo/Philippi, AA, 24: 428). Este pasaje permite llamar la atención sobre un aspecto presente también en la consideración de la distinción entre JP y JE relativo a la validez meramente subjetiva del primero, sobre la que, si bien no se trata aquí, está vinculada también a la atención que el tener por verdadero del JPr debe tomar en cuenta, con relación a la reflexión sobre la apariencia y la ausencia de un criterio externo de verdad como signo de posible error. Más reveladora aún es la Reflexión 2247 datada entre 1773 y 1775. Se trata de un texto bastante fragmentario, pero realmente decisivo porque presenta hasta cinco acepciones relacionadas con el tema de la apariencia: 1) Apparentia (Phaenomenon), fenómeno (Erscheinung), entendidos ambos en el sentido de lo que es tenido como la cosa misma. 2) La apariencia ilusoria (Schein) como lo aparente (Scheinbar). 3) La probabilitas (Wahrscheinlichkeit). 4) Fenómeno (Erscheinung) como una intuición empírica de la cual no se sabe cuánto pertenece al sujeto y cuánto pertenece al objeto. Finalmente, 5) la apariencia ilusoria (Schein) como el fundamento subjetivo de los juicios que se toman por objetivos (Refl 2247, AA, 16: 285). Ahora bien, en cada una de las anteriores fuentes del Legado póstumo ya han hecho su aparición los términos apparentia y schein, respectivamente, con la acepción de apariencia en el juicio. En la siguiente fuente este sentido se consolida nada menos que con ¾la identificación de apparentia y Anschein¾ tal como puede apreciarse a continuación:

La apariencia ilusoria por falta de juicio es lo apariencial [Anschein] (la primera apariencia ilusoria[der erste Schein]): apparentia. La apariencia ilusoria, que contradice al juicio y no retroce ante él, es la apariencia ilusoria natural: species. De tal naturaleza es la apariencia ilusoria transcendental. Nunca será eliminada (Refl 4930, AA, 18: 32)[39].

En esta Reflexión datada hacia 1778, la apparentia queda definitivamente asociada a lo apariencial o Anschein de la primera apariencia, precisamente por contraste con aquella apariencia natural que el juicio no puede eliminar y cuyo hallazgo como apariencia ilusoria trascendental no es más que la culminación de una larga y sostenida meditación sobre lo que aparece y lo que parece.

Entre la apparentia como Erscheinung, según 1)‒en la que ya se connota la idea de lo tenido por verdadero‒‒ y la Erscheinung, según 4) ‒‒como la intuición empírica de lo que no se sabe cuánto pertenece al objeto y cuánto al sujeto‒‒ así como respecto a los diferentes sentidos de Schein, asociada ya al fundamento subjetivo del juicio, Kant logrará perfilar un sentido de apariencia que acompaña toda percepción  ‒como primera apariencia (erste Schein) o modo subjetivo de representación (Anschein) en el conocimiento empírico‒ desde la perspectiva de la diferencia de los órdenes representacionales subjetivo y objetivo. Las fuentes referidas permiten afirmar que el pasaje sobre la bóveda celeste de los Progresos viene a sintetizar notablemente la meditación sobre la apariencia, que ha ocupado a Kant durante la década de 1770. Por último, precisamente en el período que media entre 1778 y 1781, es decir, del arribo de Kant a la distinción entre una apariencia ilusoria trascedental o natural y una apariencia ilusoria como erste schein a la publicación de la KrV‒‒ es cuando de acuerdo con la Logica Pölitz, como se ha podido apreciar, Kant identificará los JPr con la apariencia ilusoria (Schein) de la que van precedidos los juicios del entendimiento sobre los sentidos ‒‒que en tanto son verdaderos‒‒ son experiencia.

De acuerdo con lo expuesto, todo hace indicar que la introducción que hace Kant del concepto de JP en los Prolegómenos, tal como ahí es presentado, no es más que un paso más en el esfuerzo por pensar la objetividad general en su estrecha relación con la objetividad específica y la apariencia ilusoria empírica como el elemento material apariencial sobre el cual es posible juzgar de modo determinante sobre la verdad de un juicio empírico. Sin embargo, a diferencia del JP, cuya denominación Kant deja de utilizar en la segunda edición de la KrV y cuya anterioridad temporal es poco compatible con las modificaciones realizadas por Kant en ella, no ocurre así con un tipo de juicio que reflexiona tanto sobre las percepciones como sobre el modo subjetivo de representación y cuya función sería más compatible con la del JPr cuando acompaña la percepción en primera o tercera persona, en la búsqueda de la determinación de la objetividad empírica específica. Así, es posible observar que en la Reflexión 3146 datada hacia 1790 y utilizada por Jäsche para la explicación ofrecida en la Lógica, Kant ofrece como ejemplo de percepción “cuando toco la piedra siento calor” para contrastarla con el JE “la piedra está caliente”. Explica que un juicio de meras percepciones no es posible salvo que se exponga su representación como una percepción y que el JE es la percepción de la que surge un concepto de objeto. Aquí Kant no se está refiriendo al concepto empírico de objeto sino a la determinación de la objetividad que se plasma en un JE, cuya contraparte es precisamente la experiencia interna que, de acuerdo con lo visto al inicio de esta contribución, se produce como efecto del entendimiento sobre el sentido interno, cuando este realiza la síntesis de los fenómenos en el espacio y, por ende, solo como el registro privado del modo subjetivo de representación. Por otro lado, en esa misma Reflexión implícitamente se refuerza el carácter reflexivo y perspectivístico que tiene el examen para la determinación correcta del concepto de objeto donde hay movimiento de por medio, cuando dice en lo que sigue del pasaje: “Por ejemplo, si se mueven puntos luminosos en la Luna, o en el aire, o en mi ojo” (Refl 3146, AA 16: 678-679). Al igual que en el ejemplo de los planetas, se trata del movimiento de un fenómeno físico respecto a otros fenómenos que pueden estar en reposo o en movimiento. También aquí se hace referencia al concepto de objeto, pero no porque estemos ante la explicación de la formación de un concepto empírico, sino porque estamos ante la determinación de la objetividad de un fenómeno, en cuya determinación de su verdad empírica confluyen la función determinante del juicio con el significado de JE. Por lo visto hasta aquí, el JPr es el tipo de juicio que mejor puede expresar la reflexividad del juzgar acompañante de las percepciones, a través de las cuáles pretendemos arribar a un JD de experiencia y que, por ende, lo puede preceder discursivamente.


 

Conclusión

En consonancia con la intención polémica de los Prolegómenos, Kant introduce en esta obra una consideración sobre la apariencia ilusoria como causa del error, para evidenciar que este no depende de la naturaleza sensible y subjetiva del espacio y el tiempo que su idealismo crítico defiende y que, por ende, este no reduce el mundo a una apariencia ilusoria. El ejemplo a través del cual Kant muestra que dicha apariencia ilusoria descansa en el modo subjetivo de representación, ha permitido identificarlo como un JP, revelando que la anterioridad que le atribuye está relacionada también con el problema del error. El carácter incompatible de la anterioridad del JP respecto a las enseñanzas del la KrV en B,  especialmente con la doctrina de la autoafección, ha llevado a plantear la hipótesis de un solapamiento con el JPr. Se ha tomado como referencia la interpretación orientadora de Svendsen, de acuerdo con la cual el par conceptual JP-JE estaría orientado a dar cuenta del paso del fenómeno al objeto, es decir, de la objetividad general, mientras que el par conceptual JPr-JD, a dar cuenta del paso de la apariencia a la verdad, es decir, de la objetividad específica. Teniendo esa propuesta a la vista, se ha realizado en primer término el análisis de este ejemplo en el texto de la obra donde aparece y luego en relación con la Segunda analogía de la experiencia. En segundo término, se han determinado los rasgos del JPr que lo convierten en un buen candidato para la hipótesis del solapamiento con el JP. Finalmente, se ha realizado un recorrido evolutivo siguiéndo la pista del concepto de apariencia. A continuación expongo en tres bloques el resultado integrado de lo tratado.

El análisis del ejemplo de los planetas presente en el §13 de los Prolegómenos, el cual apenas ha sido tenido en cuenta en los estudios que han tratado de mostrar la compatibilidad o incompatibilidad de la anterioridad del JP respecto al JE con las enseñanzas de la KrV, ha evidenciado que el modo subjetivo de representación identificable con el JP, puede ser ocasión de error ante la ausencia de una suficiente reflexión comparativa de máximas y principios propia del JPr, el cual tiene una función heurística pero también preventiva del error. La especificidad de dicha reflexividad se ha hecho patente en su contraste con el prejuicio, toda vez que Kant concibe este como máxima o principio de un juicio erróneo. Dicho contraste ha permitido evidenciar la complejidad que envuelve el JPr, el cual, además de mantener constantemente la consciencia de su fragilidad epistémica, es decir, de su tener por verdadero insuficiente para juzgar de modo determinante, debe a la vez evaluar entre sus formulaciones provisorias las que pueden conducir a error en su lucha contra el prejuicio. Lo más interesante es que al caer en -el amplio ámbito del juicio- que Kant distingue de la proposición -para ofrecer un ámbito de cautela al juzgar problemático- revela la potestad discursiva del JPr para modalizar juicios cuando acompaña a la percepción, tales como los planetas parecen retroceder. De modo que esta es una primera razón para defender la plausibilidad de la hipótesis de un posible solapamiento entre el JP y JPr.

 

El estudio comparado de algunas Reflexiones y Lecciones de Lógica y Metafísica con la obra publicada ha revelado que el modo subjetivo de representación forma parte de una sostenida meditación, que se da a lo largo de la década de 1770 sobre el tema de la apparentia y su remisión tanto a la apariencia ilusoria (Schein) como al fenómeno (Erscheinung). Si en la Dissertatio el tránsito de la apparentia a la experiencia se da por una reflexión comparativa del uso lógico del entendimiento de múltiples apariencias, en el período crítico la diferencia entre lo apariencial y la experiencia será determinada por las categorías del entendimiento que, de acuerdo con unos principios que rigen el uso de este en ella, harán posible el conocimiento objetivo en un juicio. Sin embargo, la dimensión reflexivo-comparativa de las apariencias no estaría ausente en la determinación objetiva específica de un evento. En la exposición de la Segunda analogía de la experiencia Kant pone de manifiesto dicha dimensión reflexiva precisamente como un momento posterior a la aprehensión sucesiva de los fenómenos. Sin que ello signifique que los momentos de reflexión a los que alude Kant, deban interpretarse como intrínsecos a la función determinante de las categorías en un juicio objetivo, se ha sugerido que estos momentos reflexivos acompañantes son necesarios en la determinación de la objetividad de un evento específico donde interviene este principio dinámico y que esa reflexividad está prevista en la misma exposición de este principio, porque Kant tiene a la vista también los casos en los que la sucesión subjetiva no se deriva de la sucesión objetiva como en aquellos donde causa y efecto son simultáneos. Bajo esta comprensión, el análisis del ejemplo de los planetas y la explicación ofrecida por Kant en el contexto del § 13 de los Prolegómenos, ha permitido ilustrar, por un lado, cómo el principio de causalidad está pensado en un plexo de relaciones con otro principio dinámico como el de la acción recíproca y, por otro, la necesidad de preservar un lugar para la anterioridad y reflexividad propias del JPr.

La hipótesis planteada para explicar la anterioridad que Kant le atribuye al JP respecto al JE por un solapamiento conceptual entre el JPr y el JP, cobra toda su fuerza al mostrarse, a través de la Reflexiones 4930 y 2247, que la meditación de Kant sobre lo tenido por verdadero respecto al fenómeno, dará paso al concepto de modo subjetivo de representación (apparentia, anschein o erste schein), el cual es identificado con el JPr y puesto en una relación de precedencia respecto al JE en la Lógica Pölitz, en un período próximo a la publicación de la KrV y coincidente con los Apuntes de clase tomados en cuenta para la edición de la Enciclopedia, texto donde se encuentran unas de las caracterizaciones más reveladoras del JPr.

Finalmente, si bien considero que la tesis del solapamiento de los JP con los JPr en esta contribución permite acercar posiciones de autoras como Longuenesse (1998) y Jáuregui (2008) en tanto no desconoce la dimensión reflexiva de la capacidad de juzgar, pero la sitúa en una acción paralela a la orientación objetivadora del par conceptual JP-JE, deja abierta la tarea de profundizar más en los rendimientos del JPr en la determinación de la objetividad empírica específica, no solo en relación con las Analogías de la experiencia sino también en su posible articulación con los Postulados del pensamiento empírico.

 

Bibliografía

 

Allison, H. (2001). Kant’s Theory of Taste. A Reading of the Critique of Aesthetic

Judgment, Cambridge University Press, New York.

Allison, H. (2015), Kant’s transcendental deduction. An Analytical-Historical

Commentary, Oxford University Press, Oxford.

Caimi, M. (1989), «El aire es elástico”» En Revista de Filosofía, n.º 2, 109-126.           

Caimi, M. (2018), “La Revolución copernicana y el modo de pensar. Algunos

problemas”, en G. Leyva, A. Pelaez, P. Stepanenko y otros (Eds), Los rostros de la razón: Inmanuel Kant desde Hipanoamérica. Anthropos, Barcelona, pp. 17-36.

Capozzi, M. (2002), Kant e la lógica, Bibliopolis, Nápoles.

Capozzi, M. (2006), “Kant on Heuristics as a Desirable Addition to Logic”, en C. Cellucci

y P. Pecere (Eds.). Demonstrative and Non Demonstrative Reasoning in Mathematics and Natural Science, Edizioni Università di Cassino, Cassino, pp. 123-181.

De Boer, K. (2010), “Pure Reason’s Enlightenment: Transcendental Reflection in Kant’s

            first Critique”, Kant Yearbook, 2(1), pp. 53-73.

De Mingo, A. (2003), Percepción y juicio. Juicios de percepción y juicios de experiencia

en Kant, Grupo Nacional de Editores, Sevilla.

Enskat, R. (2015), Urteil und Erfahrung. Erster Teil, Vandenhoeck & Ruprecht,

Göttingen.

Jäuregui, C. (2008), Sentido interno y subjetividad. Un análisis del auto-conocimiento en

la filosofía trascendental de Kant, Prometeo, Buenos Aires.

Jáuregui, C. (2015), “Kant y Hume: sobre los alcances de la demostración del principio

de la segunda analogía de la experiencia”, en C. Jáuregui, F. Moledo, H. Pringe y M. Thisted (eds.) Crítica y Metafísica. Homenaje a Mario Caimi. Studien und Materialen zur Geschichten der Philosophie, Olms, Hildesheim, pp. 185-199.

Kant I. (1987) Los progresos de la metafísica, trad. Félix Duque, Técnos, Madrid.

Kant, I. (2000) Lógica: un manual de lecciones. Acompañada de una selección de

reflexiones del legado de Kant, trad. M. J. Vázquez Lobeiras, Akal, Madrid.

Kant, I. (2009) Crítica de la razón pura (edición bilingüe), trad. M. Caimi. Fondo de

Cultura Económica, México, D.F.

Kant, I.  (2012) Enciclopedia filosófica, trad. J. Gómez, Palamedes, Sevilla.

Kant, I. (2014) Antropología en sentido pragmático (edición bilingüe), trad. M. Caimi, Fondo de Cultura Económica, México, D.F.                                      

Kant, I. (2014) La «Dissertatio» de 1770. Sobre la forma y principios del mundo sensible y

del inteligible, trad. R. Ceñal, S. J., Encuentro, Madrid.

Kant, I. (1900 y ss), Gesammelte Schriften, Academia de las Ciencias de Berlín (antes: Academia Prusiana de la Ciencias), Walter de Gruyter, Berlín.

Kemp Smith, N. (1984), A Commentary to Kant’s «Critique of Pure Reason»,

Humanities, Nueva Jersey.

La Rocca, C. (2001), Vorläufige Urteile und Urteilskraft. Zur heuristischen Logik des

Erkenntnisprozesses”, en V. Gerhardt et al (Ed.), Kant und die Berliner Aufklärung. Akten des IX. Internationalen Kant-Kongresses, Vol. II, Walter de Gruyter, Berlin/New York, pp. 351-361.

Licht, P. (2019), “La déduction transcendantale dans les Prolégomènes et le problème de l´idéalisme”, Con-Textos Kantianos. International Journal of Philosophy, n.º 9, pp. 7-22.

Liedtke, M. (1966), Der Begriff der Reflexión bei Kant”. En Archiv für Begriffsgeschichte, n.º 48, pp. 207-216.

Longuenesse, B. (1998), Kant and the Capacity to Judge. Sensibility and Discursivity in the Transcendental Analytic of the Critique of Pure Reason. Trad. Ch. Wolfe., Princeton University Press, New Jersey.

Longuenesse, B. (2005), Kant on the Human Standpoint, Cambridge University Press, New York.

Merritt, M. (2015), “Varieties of Reflection in Kant's Logic”, British Journal for the History of Philosophy, 23, n.º 3, pp. 478-501.

Prauss, G. (1971), Erscheinung bei Kant. Ein Problem der Kritik der reinen Vernunft, De Gruyter, Berlin-New York.

Prien, B. (2006), Kants Logik der Begriffe. Die Begriffslehre der formalen und transzendentalen Logik Kants (Kantstudien-Ergänzungshefte 150), De Gruyter, Berlin.

Regvald, R. (2015), Kant und die Logik. Am Bespiel seiner „Logik der vorläufige Urteilen”, Duncker & Humblot, Berlín.

Reyna, R. (2021), Unidad conceptual y síntesis objetiva en Kant. Un estudio sobre la función de los conceptos en la producción de conocimiento, Olms, Hildesheim.

Reyna, R. (en prensa), “El papel de los juicios de percepción y de los conceptos empíricos en la síntesis categorial”, Logos: Anales del Seminario de Metafísica

Sánchez, M. (2012), “Ingenio, Uso Hipotético de la Razón y Juicio Reflexionante en la Filosofía de Kant”, Anales del Seminario de Historia de la Filosofía, Vol. 29 n.º 2, pp. 577-592.

Sánchez, M. (2010), Sentimiento y reflexión en la filosofía de Kant. Estudio histórico sobre el problema estético, Olms, Hildesheim.

Straulino, S. (2016), “La noción kantiana de verdad trascendental”. Revista de Estudios Kantianos, Vol. 1, n.º 2, pp. 126-145.

Svendsen, L. (1999), Kants Critical Hermeneutics. On Schematization and Interpretation. Dissertation, University of Oslo, Oslo.

Vázquez Lobeiras, M. (1998), Die Logik und ihre Spiegelbild, Peter Lang, Frankfurt am Main.

Vázquez Lobeiras, M. (2004),Perspectivas sobre ciencia, conocimiento y metodología en la Dissertatio de 1770”, en A. Moreto (Ed.) Scienza e conoscenza secondo Kant. Influssi, termi, prospettive. Atti del Congreso Internationale di Studi, Verona, 2001, Il Poligrafo, Padova, pp. 27-59.

Vázquez Lobeiras, M. J. (2013) „Vorurteile als Grenzen der Auszuübenden Vernunft“, en D. Hüning, S. Klingner y C. Olk (Eds.), Das Leben der Vernunft, Walter de Gruyter Berlín/Boston, pp. 284-304.

Vigo, A. (2004), “Determinación y reflexión”, Anuario Filosófico, 3, n.º 37,

pp. 49-95.

Vigo, A. (2006), “Reflexión y juicio”, Diánoia, 51, n.º 57, pp. 27-64.

 

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· Miembro del Grupo de Investigación de Filosofía Social (GIFS) de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP). Es coordinadora del Grupo Internacional del Lectura de Textos Kantianos (GILTKA), reconocido por la Sociedad de Estudios Kantianos en Lengua Española (SEKLE). E-mail de contacto: cmlaos@gmail.com

 

[1] Se utiliza la traducción de M. Caimi (1999). Lo incluido entre corchetes es propio.

[2] Entre los JP Kant distingue los juicios de observación y los juicios de sentimiento, de los cuáles solo los primeros pueden ser transformados en JE. Por ende, es sobre ese tipo de JP del que se ocupa este artículo.

[3] Se trata de la aplicación del principio consentientia uni tertio consentiant inter se (lo que concuerda con un tercero concuerda entre sí) referido en el Canon (KrV A 821/B 849).

[4] Entre los autores que han desarrollado algunas de las propuestas más interesantes para tratar de salvar la compatibilidad de la distinción entre los JP y los JE respecto al problema de la no presencia de las categorías en los JP y las enseñanzas de la KrV, se encuentran: Longuenesse (1998), Jáuregui (2008) y Enskat (2015). Para la autora estas jugarían un rol en la síntesis de los fenómenos que son referidos en los JP, pero no en la subsunción objetivante de ellas, es decir, no en la función lógico trascendental que sí se da en los JE (Longuenesse 2005, pp. 18-26). Por su parte, Jáuregui se hace eco de la crítica de Beck (1975) y Prauss (1971) respecto a la necesidad de que algunos JP cuenten, al menos, con las categorías de realidad y cantidad para pronunciarse sobre la compatibilidad de los JP con las enseñanzas de la KrV, pero a condición de que se abandone una lectura literal de su caracterización en los Prolegómenos (Jáuregui 2008, pp. 62-63, pp. 117-121). Siguiendo un enfoque abierto por Wieland (2007) tanto Enskat como Reyna comparten la idea de que la estructura lógica del JP conlleva una conciencia del carácter subjetivo de las representaciones perceptuales que representaría un valor epistémico sine qua non para la propia comprensión de la objetividad, en tanto da cuenta de una dimensión indelegable (Enskatt 2015, pp. 132-140; Reyna 2020, pp. 177-184).

[5] La traducción al castellano de Vázquez Lobeiras (2000) que se utiliza para este artículo, presenta un estudio introductorio que da cuenta de la edición de la obra y que resulta muy útil para el adecuado uso de las fuentes que complementan su estudio.

[6] De acuerdo con el estudio crítico del traductor de esta obra al castellano, las Lecciones de la enciclopedia filosófica que se habrían tenido en cuenta para la edición del texto realizada por Gerhard Lehmann [(1961), AA 1980], corresponderían al determinante período de la década silenciosa y ofrecería una visión propedéutica a la vez que arquitectónica del pensamiento de Kant (García Gómez 2012, XVI).

[7] Se utiliza la traducción al castellano de Caimi (2009).

[8] Tal es el caso del juicio el aire es elástico. Sobre este ejemplo, Caimi (1989, pp 109-126) ha defendido sólidamente que la categoría determinante es la de casualidad y no la de sustancia. Sin embargo, su interpretación de que Kant no plantea este mismo juicio como ejemplo de JP ha sido discutido por De Mingo. Si bien la autora no se ocupa del tema de los JPr, considero que en gran medida apunta a ellos cuando hace referencia a juicios previos que están involucrados en la explicación del ejemplo (De Mingo 2003, p. 96).

[9] Tomando en cuenta la recepción inmediata que tuvo la distinción JP-JE de los Prolegómenos, así como el trabajo pionero de Svendsen, el autor ha llegado a considerar el JP como un tipo de JPr (Allison 2015, pp. 303-306). Al respecto, Reyna (2021, pp. 177) considera que la función que cumple el JP para Kant en el conocimiento es otra. Si bien considero que el papel del JP como factor indelegable de la objetividad no está desprovisto de interés, creo que el carácter problemático del JP proviene del solapamiento con el JPr, cuestión que es posible documentar desde un enfoque genético.

[10] Hacia 1790 Kant vincula expresamente la destreza propia de los JPr que es necesaria para toda investigación con los juicios reflexionantes (V-Lo/Dohna Wundlacken AA 24: 737).

[11] En relación con la intención pedagógica podría pensarse el JP como una hipótesis contrafáctica, tal como parece interpretarlo Sassen (1999, 280-284). A diferencia de ella, considero que se trata de un problema real.

[12] El tener por verdadero es la condición subjetiva de un juicio por el cual algo es representado como verdadero por un sujeto particular dotado de entendimiento (Log, AA 09: 65).

[13] Se utiliza la traducción al castellano de F. Duque (2002).

[14] Se puede adelantar que esta tiene su lugar en el juicio en tanto es un principio para juzgar.

[15] Se profundiza sobre este punto en el cuarto apartado.

[16] Merritt (2015, pp. 478ss) ha propuesto hasta siete acepciones diferentes del concepto de reflexión en el pensamiento de Kant.

[17] La reseña realizada por Christian Garve y retocada por Johann G. Feder, apareció de forma anónima en los Gottingischen geleherten Anzeigen el año de 1782. La traducción de los Prolegómenos ya consignada anteriormente ofrece también una traducción del documento (Caimi 1999, pp. 318-325).

[18] Licht Dos Santos ha llamado la atención sobre el hecho de que la objeción de Garve no se limita al papel de la sensibilidad en la fundamentación de un idealismo que sería similar al de Berkeley, sino que se extiende también a la función que le correspondería al entendimiento, cuya capacidad objetivadora en Kant, Garve habría sobrestimado al no haber comprendido el papel de la intuición sensible en la presentación de una cosa como objeto. Por ende, considera que debería haber un fuerte vínculo entre la deducción trascendental, presentada en la segunda parte de los Prolegómenos, y el idealismo formal, establecido en su primera parte “comme un réalisme direct sur l’existence de la chose elle-même présentée comme apparition” (Licht Dos Santos 2019, p.13).

[19] De Boer considera que la reflexión trascendental no es exclusiva de un tipo de juicio y que opera sobre la base de una reflexión comparativa, la cual se da de manera implícita en la mayor parte de los juicios de la vida diaria. Actuaría así, como un disparador de los procesos de reflexión lógica para los juicios de ciencia, pero se daría de modo implícito en la mayor parte de nuestros juicios cotidianos (De Boer 2010, pp. 62ss). Al respecto, Merritt considera que, si bien la interpretación de De Boer es correcta, esta no logra avizorar que la razón por la que Kant la concibe como un deber, es porque la principal función de la reflexión trascendental es defendernos contra el prejuicio (Merritt 2015, 478-501). Estoy de acuerdo con Merritt, pero considero que precisamente son los JPr los que dan cuenta tanto de la dimensión reflexivo comparativa del juzgar al que se refiere De Boer como de la dimensión preventiva contra el prejuicio. Por otro lado, es importante señalar que Kant parece reservar el adjetivo trascendental para la reflexión dirigida a evitar principalmente el error metafísico.

[20] “[…] en la filosofía la analogía no es igualdad de dos relaciones cuantitativas, sino […] cualitativas, en la cual, a partir de tres miembros dados solo puedo conocer y dar a priori la relación con un cuarto, pero no este cuarto miembro mismo; aunque tengo, por cierto, una regla para buscarlo en la experiencia, y una señal para encontrarlo en ella (KrV A 179-80/ B 222). De ahí su carácter regulativo y no constitutivo de la experiencia.

[21]  En el ejemplo de la casa, la percepción de la misma puede ir de izquierda a derecha y viceversa, o de arriba a abajo y al revés porque estamos ante la sucesión de una multiplicidad cuya aprehensión es siempre sucesiva independientemente del orden en el que se elija empezar. Aquí la regla que está en juego es que la aprehensión de un múltiple es siempre sucesiva.

[22] En el ejemplo de la embarcación, si esta está descendiendo en el cauce de un río, primero debe ser vista necesariamente arriba y luego aguas abajo, pero no al revés.

 

 

 

 

[23] El tema ha sido desarrollado con cierta amplitud por autores como Max Liedtke (1966), Beatrice. Longuenesse (1998) y Lars Svendsen (1999). Todos ellos reconocen la dimensión reflexionante de los juicios determinantes, pero hay diferencias importantes en la forma cómo cada uno aborda y explica dicha dimensión. De hecho, no todos hablan de una dimensión reflexionante identificando sin más esta con el juicio reflexionante de la Crítica del juicio, pero sí de una dimensión reflexiva relacionada también con este.

[24] De acuerdo con Jáuregui, sólo un principio del entendimiento que haga referencia a la forma del tiempo y a la aplicación de un concepto puro, “podrá dar cuenta de la constitución de un orden temporal y a la vez objetivo” (Jáuregui 2015, pp. 197).

[25] En la Lógica se destaca en relación con esta función el carácter imprescindible de estos juicios para toda meditación e investigación. (Log, AA 09:75).

[26] En la Anfibología de los conceptos de reflexión hay una referencia velada al prejuicio precisamente donde Kant define la reflexión trascendental (KrV A 261/B 317).

[27] Lo incluido entre corchetes es propio.

[28] Sobre el papel de los conceptos empíricos en la síntesis objetiva de las categorías, véase Reyna (2021, pp. 140-143).  

[29] Traducción propia. Sobre la discusión de si la ‘revolución copernicana’ es una contrarrevolución ptolemaica o no y sus diferentes interpretaciones, véase Caimi 2018, 17-36.

[30] En la Antropología Kant explica la diferencia entre lo que nos ofrece la percepción de los sentidos y el entendimiento del siguiente modo: “A las percepciones de los sentidos [Wahrnehmungen der Sinne] (representaciones empíricas con conciencia) solo puede llamárselas fenómenos internos [innere Erscheinungen]. El entendimiento que se une a ellas y las relaciona conforme a una regla del pensar (que introduce orden en lo múltiple), es quien hace de ellas un conocimiento empírico, esto es, una experiencia (Anth AA 07 : 144). Se utiliza la traducción de M. Caimi (2014).

[31] Regvald ha llamado la atención sobre el peso ontológico que adquiere la apariencia y, por ende, que esta no sea para Kant sinónimo de vulgar engaño. Aunque Regvald no ha vinculado esta reflexión con el pasaje que se viene analizando, sí toma la apariencia ilusoria como elemento común de los JP y los JPr (Regvald 2015, pp. 251-252)

[32] Sobre este tema véase Sánchez 2012, pp. 583. El autor trata sobre la imaginación productiva ligada al ingenio como fuente de error.

[33] En la Antropología, Kant traza una distinción muy clara entre juicio y percepción, pero no habla de apariencia ilusoria empírica sino de la apariencia de los sentidos (Sinnenschein). Sobre este tipo de apariencia, afirma que esta sirve al que juzga para disculparse de un posible error y al hilo de ejemplos de ilusiones ópticas ofrece el mismo argumento de la confusión de lo subjetivo de nuestra representación con lo objetivo (Cf. Anth, AA 07:146). Cabe señalar que, si bien las ilusiones ópticas son las más fáciles de vincular con el modo subjetivo de representación como posible fuente de error empírico, este no se circunscribe a este tipo de percepción.  

[34] Lo semejante entre ambas consiste precisamente en la permanencia del fenómeno ilusorio a pesar de conocerse su carácter engañoso.

[35] Traducción propia.

[36] Se utiliza la traducción de R. Ceñal (2014).

[37] Vázquez Lobeiras ha llamado la atención sobre las imprecisiones de Kant en el uso del concepto de experiencia y sus diferentes acepciones en la Dissertatio (Vázquez Lobeiras 2004, pp 41).

[38] Puede parecer discordante el pasaje comentado con el § 4 de la misma Dissertatio que dice “lo pensado sensiblemente es representación de las cosas como ellas aparecen, lo pensado intelectualmente, de las cosas como ellas son” (MSI, AA, 02: 08). Sin embargo, no hay que olvidar que toda esta explicación se da en el contexto donde Kant distingue el uso real del entendimiento de su uso lógico, ni tampoco que, respecto a esta distinción, la alusión al aparecer de las cosas se debe entender en relación con lo fenomenal respecto a lo noumenal en el marco de la radical oposición entre lo sensible y lo inteligible.

[39] Traducción propia.