Entre la moralidad y la humanidad: Dimensiones prácticas de la normatividad en Kant

Between Morality and Humanity: Practical Dimensions of Normativity in Kant

 

Josep Clusa*

Universitat Autònoma de Barcelona, España

 

Reseña de: Lyssy, A., Yeomans, C., (eds.), Kant on Morality, Humanity and Legality. Practical Dimensions of Normativity. Cham, Palgrave Macmillan, 2021, 280pp. ISBN 978-3-030-54049-4.

 

Este excelente libro reúne una serie de artículos basados en unas jornadas que tuvieron lugar en febrero de 2018 en la Universidad de Purdue (Indiana, Estados Unidos). Como escriben en la introducción los editores Angsar Lyssy y Christopher Yeomans, la temática común de todos ellos es el estudio del “estatus, naturaleza e interacción de normas y normatividad en Kant (p. 2).

Los diferentes artículos de este libro -un total de 12- han sido agrupados en tres secciones o partes. Cada una de ellas está dedicada a una “dimensión” de la normatividad: la de la moralidad, la de la humanidad y la de la legalidad. No obstante, esta división, que da el título al libro, no deja de ser una simplificación a la vista de la notable variedad de normas y normatividades abordadas en cada uno de los artículos. A título de ejemplo, los artículos de Lyssy, Martin Sticker, Krista K. Thomason y Günter Zöller tematizan la normatividad religiosa, cultural, lógica y política, respectivamente.  

Con todo, el estudio de la relación precisa entre la moralidad -las normas morales que, para Kant, deben ser puras y a priori- y la humanidad -las normas humanas, que aportan un elemento empírico- es el que da más unidad y coherencia al libro. Tradicionalmente, la filosofía kantiana ha sido interpretada como excesivamente abstracta, universalista y rigorista. La mayoría de artículos contenidos en este libro subrayan cómo la ética kantiana, apoyándose en la naturaleza humana y sus normas, puede acomodar obligaciones concretas, responder a la particularidad de las normas humanas, y adaptarse de manera flexible a diferentes circunstancias.

Empecemos reseñando la primera sección, titulada Morality. Incluye cuatro artículos, dos de ellos (Katerina Deligiorgi, Jacqueline Mariña) más bien centrados en un estudio del estatus y la naturaleza de la normatividad moral per se. Los dos restantes, en la interacción entre la moralidad, por un lado, y la normatividad política y la humana, por otro (Lucy Allais y Oliver Sensen, respectivamente).

Katerina Deligiorgi escribe el primer capítulo de la sección, titulado “‘Why be moral?’: How to Take the Question Seriously (and Why) from a Kantian Perspective”. En él, la autora responde a la pregunta metaética por las razones que justifican el cumplimiento de una norma moral. En suma: ¿por qué ser moral?  Esta pregunta -cuya mera formulación pareció al kantiano Prichard (1912) una expresión de escepticismo moral radical- es considerada por Deligiorgi, en cambio, como una pregunta legítima que se plantea todo agente moral reflexivo (p. 22). La autora ofrece diferentes respuestas: según la primera, el agente que se hace la pregunta reflexiona sobre el fundamento [Grundlage] de su deber y establece, como Kant, una distinción entre la bondad moral (bondad incondicional y racional) y la bondad de otros bienes (bondad condicional, basada en la inclinación). De acuerdo con otra, el agente que se pregunta “¿por qué debo ser moral?” está preguntándose “¿por qué debería interesarme cumplir las normas?”. Deligiorgi subraya aquí cómo la razón que tiene todo agente reflexivo para acatar las normas éticas -y actuar no solo conforme a ellas, sino motivado por ellas- tiene que ver con su libertad trascendental.

El segundo artículo, a cargo de Lucy Allais -“Deceptive Unity and Productive Disunity: Kant’s Account of Situated Moral Selves”-  explora de manera lúcida las consecuencias que tiene para el yo moral de los agentes la tensión entre las normas éticas y las circunstancias políticas. Por un lado, los agentes morales deberían cumplir, de acuerdo con Kant, todos los requerimientos a priori dictados por la razón práctica. No obstante, los agentes, al mismo tiempo, están “situados” políticamente. En condiciones de injusticia política sistémica, los agentes morales se verán involucrados en una relación de dominación, que viola el requerimiento moral de tratar a todos los seres humanos con respeto. Allais subraya que esta situación es incompatible con una idea del yo moral unificado, consciente, coherente y transparente a sí mismo, ya que, para exculparse, los agentes recurrirán a formas sutiles de autoengaño. Para ilustrar su argumentación, Allais toma como ejemplo la posición moral de los blancos en la Sudáfrica postapartheid, quienes tendrían un yo dañado porque están, incluso si no lo desean, involucrados en una relación de dominación estructural en una sociedad racializada (p. 57).

Jacqueline Mariña plantea en el tercer capítulo de la sección -“It’s All About Power: The Deep Structure of Kant’s Categorical Imperative and Its Three Formulations”- un análisis de la estructura “profunda” del imperativo categórico. La autora sostiene que dicho análisis muestra la equivalencia de las tres fórmulas del Imperativo Categórico (Fórmula de la Ley Universal, Fórmula de la Humanidad, Fórmula del Reino de los Fines), una equivalencia afirmada por Kant (GMS, AA 4: 436) pero disputada en la literatura. En cada una de las fórmulas, mantiene Mariña, Kant apunta, cada vez que una máxima es rechazada, a una contradicción lógica en la estructura de la voluntad -no solo una contradicción conceptual o una contradicción en la voluntad-. El análisis de Kant de la prohibición del suicidio es considerado por Mariña, en este sentido, como central y paradigmático, puesto que revelaría el “requisito lógico de que la voluntad no se contradiga a sí misma en su propia volición” (p. 75, cursiva de la autora). La máxima de una voluntad que se propone como fin acabar con la propia vida destruye, al ser universalizada, la misma condición de posibilidad de cualquier volición. Mariña concluye que las restantes fórmulas exhiben una estructura similar. En la Fórmula de la Humanidad, la máxima no debe entrar en contradicción con la voluntad de otra persona. En la Fórmula del Reino de los Fines, la capacidad legislativa de cada voluntad no debe entrar en conflicto con las demás voluntades racionales de dicho reino.

El último capítulo de la primera sección, escrito por Oliver Sensen -“Categorical Imperative and Human Nature”- trata la interrelación entre la normatividad de la metafísica moral y la normatividad de la antropología empírica. Para Kant la separación entre ambas normatividades es estricta. Sin embargo, Sensen argumenta que dicha separación solo tiene como objetivo aislar una sola obligación general, el imperativo categórico, del resto de obligaciones particulares. La metafísica pura es indispensable para acceder a un abstracto “principio supremo de la moralidad”: pero para derivar obligaciones concretas, Kant subraya que requerimos de antropología. “[…] toda moral necesita, para su aplicación a los seres humanos, de la antropología” (GMS, AA 04: 412). Sensen critica luego lo que llama el modelo estándar de derivación de los deberes (p. 93). Este supone un proceso en tres pasos: i) la adopción de una máxima, ii) la universalización de dicha máxima y iii) la búsqueda de una contradicción. Entre otros, este procedimiento genera el conocido problema  de los falsos positivos y los falsos negativos. Para evitar estos, Sensen propone un modelo alternativo de derivación de deberes (p. 98) consistente en hacer estas dos preguntas: i) ¿la máxima propuesta supone hacer una excepción para uno mismo con respecto a una ley universal?, ii) ¿esta ley de la que me exceptúo constituye una ley objetivamente necesaria? Este procedimiento evitaría, según Sensen, falsos positivos y negativos, y requeriría  -por medio del concepto de ley objetivamente necesaria- tanto el conocimiento de los fines esenciales de la humanidad, como, sobre todo, de los medios necesarios para alcanzarlos. Este conocimiento de los medios es empírico, no a priori, y solo puede proporcionarlo la antropología. 

El segundo bloque de artículos se dedica a la normatividad humana. De ellos, dos se plantean la interacción entre las normas morales y la antropología stricto sensu (Patrick Kain y Robert B. Louden), mientras que los tres restantes se ocupan de la relación entre las normas morales y las normas humanas específicamente religiosas (Lyssy), culturales (Sticker) o lógicas (Thomason).

El primer artículo, a cargo de Patrick Kain, se titula “Motivating Humanity”. En él, el autor  plantea la clásica disputa en torno a la primacía del bien (good) o de lo correcto (right) en la determinación del imperativo categórico. En la literatura anglosajona hay partidarios de la prioridad de lo correcto, como C.D. Broad y John Rawls, y partidarios de la primacía del bien, como Allen Wood. Kain se posiciona a favor de la primacía del bien, identificando a este con la dignidad de la naturaleza humana. El argumento de Kain se centra en una reconstrucción del desarrollo de la filosofía moral de Kant previa a la publicación de la Fundamentación, reconstrucción que toma, como punto de referencia, la relación entre motivación y humanidad. Kain repasa, primero, el Kant sentimentalista de las Observaciones, en las que este basa “todo el deber” (gesammte Pflicht) en “el afecto general para con el género humano” (BBGSE, AA 02: 216). Más tarde, indaga las lecciones de filosofía moral que imparte Kant en el 1774-1775 (lecciones Kaehler). En este periodo, hay un tránsito del sentimiento al entendimiento como fuente de la motivación pero, aun así, la motivación sigue refiriéndose al aprecio por la humanidad como un bien  que suscita, a la vez, respeto y admiración. Este enfoque se mantiene, de acuerdo con Kain, en la Fundamentación.  

El capítulo de Robert B. Louden, titulado “Humans-only Norms: An Unexpected Kantian Story” plantea la tesis de que la normatividad moral está basada en Kant en la normatividad humana. Poniendo en duda la “historia oficial” acerca de la ética de Kant -de acuerdo con la cual las normas éticas deben ser válidas para todo ser racional, no solo para los seres humanos, o de lo contrario, las normas éticas perderían su pureza, necesidad y estatus a priori-, Louden sostiene que para Kant sí existen normas genuinamente morales y, a la vez, específicamente humanas (aplicables tan solo a los miembros de la especie Homo Sapiens). Para apoyar su tesis, Louden desarrolla una batería de argumentos ingeniosos. Uno es pragmático: puesto que desconocemos todavía la existencia de seres racionales no humanos, no es muy prudente fundamentar la ética en una hipótesis extraterrestre” (p. 139). Otro apela a la evidencia textual en Kant de deberes estrictamente humanos [Menschenpflichten]. Estos deberes, como por ejemplo, el deber de cultivar la experiencia estética -con el fin ulterior de promover la moralidad- serían aplicables solamente a la especie humana, ya que la belleza es válida tan solo para los seres humanos [Schönheit [gilt] nur für Menschen; KU, AA 05: 210]. Este deber humano, y otros análogos, tendrían la siguiente forma: “Si eres un ser humano, entonces tienes que hacer Y”. Aunque formalmente hipotéticos, estos imperativos serían inescapables, según Louden, ya que no están basados en ningún deseo, sino en la misma naturaleza humana (p. 140).

El capítulo de Ansgar Lyssy -“Beyond Our Given Nature: Kant on the Inviolable Holiness of Humanity”-  se centra en la noción religiosa de la santidad [Heiligkeit] o lo sagrado. Pese a que la ética de Kant es considerada generalmente como secular, Lyssy subraya de manera sugestiva cómo este concepto -opuesto a lo profano (p. 154)- adquiere un valor normativo para el ser humano. Por un lado, la santidad de la voluntad representa un modelo para los agentes morales finitos, ya que santidad, aplicada a la voluntad, significa perfección moral ilimitada o absoluta. Por otro lado, tanto la ley moral como los derechos del ser humano son sagrados, en la medida en que, para Kant, son inviolables [unverletzlich]. En ambos casos, la santidad fundamenta deberes -alcanzar la perfección moral, no violar la ley moral o los derechos humanos- cuya omisión sería considerada un sacrilegio. Lyssy también destaca la dimensión política de la idea de santidad: los derechos humanos -o “derechos humanos más sagrados” [heiligste Menschenrechte; TP, AA 08: 307)- no son dependientes de su establecimiento por un soberano (p. 163). De esta visión de los derechos humanos Lyssy extrae por último la conclusión que Kant está introduciendo, en su ética y política aparentemente seculares, una teología política. Aunque el artículo de Lyssy es sumamente instructivo, esta conclusión me parece excesiva, ya que como el propio Lyssy indica (p. 164), la mera creencia en la inviolabilidad de la humanidad no presupone necesariamente una creencia en Dios.

El artículo de Martin Sticker -“How Common Is Common Human Reason? The Plurality of Moral Perspectives and Kant’s Ethics”- debate en qué medida la moralidad en Kant depende de la normatividad de la cultura. Sticker aborda esta pregunta examinando la noción kantiana de “razón humana común” (gemeine Menschenvernunft). La universalidad de esta razón presupone que todos los seres humanos son capaces de conocer mediante su razón cuáles son sus deberes morales. Esto podría resultar sin embargo una mera ilusión, dado que la razón ni es compartida universalmente, ni es inmutable, sino particular y variable, de acuerdo con diferentes culturas y épocas históricas. Martin Sticker trata de atenuar esta objeción mediante cinco argumentos que resumimos con la máxima brevedad: i) hay culturas que no “están en posesión de su razón”, culturas resueltamente irracionales (este sería el caso de la Alemania nazi); ii)  Kant podría conceder que algunos de sus ejemplos de deberes concretos no son universales, sino que dependen de su cultura (prusiana, europea, etc.) y son revisables (los deberes relativos a la ética sexual, por ejemplo) (p. 179); iii) los deberes imperfectos son latitudinarios, y cada cultura puede aplicarlos de acuerdo con sus propias normas; iv) incluso los deberes perfectos admiten cierta variedad: una misma acción puede ser descrita en una cultura como “eutanasia autoinducida”, en otra como “suicidio”, y v) Kant asume que las normas tomadas como universalmente válidas pueden ser meramente el reflejo de los prejuicios de una cultura, dada la tendencia de la razón humana a autoengañarse y a racionalizar [vernünfteln].

El artículo de Krista K. Thomason -“The Philosopher’s Medicine of the Mind: Kant’s Account of Mental Illness and the Normativity of Thinking”- aborda la normatividad del pensamiento, o normatividad lógica, examinando para ello la visión de Kant sobre la enfermedad mental. Las patologías mentales [Gemüthskrankheiten] son consideradas por el filósofo de Königsberg precisamente como un obstáculo para el pensamiento claro y lógico. Por esta razón, Kant incluye el estudio de la enfermedad mental como parte de la lógica aplicada (p.197), dado que esta forma de lógica (definida en la Crítica de la Razón Pura como una catártica del entendimiento común”; KrV, AA 03: 76.25), se ocupa, entre otros menesteres, de identificar las causas del error en el pensamiento (KrV, AA 03: 77.10). Thomason revisa las taxonomías de Kant sobre la enfermedad mental y sus causas (hereditarias, físicas…) pero está más interesado en mostrar cómo Kant enfoca la enfermedad de manera pragmática, proponiendo una “dieta de la mente”. Esta dieta tiene dos componentes: en primer lugar, prescribe que razonemos con los demás, ya que la locura es “la pérdida del sentido común (sensus communis) y su sustitución por el sentido lógico privado (sensus privatus)” (Anth, AA 07: 219). En segundo término, recomienda que los pacientes participen en su propia recuperación, ya sea recurriendo a la medicina filosófica (procurando razonar mejor) o acudiendo a la medicina empírica (intervención quirúrgica o fármacos). El artículo de Thomason advierte oportunamente, además, sobre posibles malentendidos: las enfermedades mentales no son curables por un mero acto de voluntad, ni son responsabilidad de las personas que las padecen (Anth, AA 07: 217). Al contrario, Kant considera que atribuir al paciente la causa de su enfermedad es muy desconsiderado (sehr lieblos: VKK, AA 02: 270.30).

La tercera sección incluye tres capítulos que tratan de temas políticos y legales. El primero, a cargo de Günter Zöller -titulado “‘Eleutheronomy’: The Esoterically Political Character of Kant’s Practical Philosophy”- basa la normatividad ética -sobre todo el concepto de ley moral- en la normatividad política. Utilizando un método “genealógico”, apunta a un origen político de los principales conceptos éticos kantianos, tales como libertad, voluntad, y el ya mencionado de ley moral. Así, la filosofía práctica de Kant estaría impregnada por el léxico e ideas de la filosofía política moderna, que Zöller repasa de manera enciclopédica (de Maquiavelo a Rousseau, pasando por Bodino, Hobbes, Locke, Montesquieu, etc.). El concepto político central aquí es el de libertad, que suele dividirse, desde Isaiah Berlin, en positiva y negativa. Kant asumiría la libertad en el sentido del republicanismo moderno (libertad positiva, libertad para) con el fin de desarrollar su concepto de voluntad autolegislativa. Libre, en el sentido republicano, no es solo aquel que no está sometido a otro (libertad negativa), sino -siguiendo a Montesquieu- aquel que somete su voluntad al imperio de la ley (libertad positiva). A esta distinción corresponde, también, la distinción terminológica que establece Kant entre Willkür (libre albedrío no sometido a una ley) y Wille (libre albedrío sometido a una ley). La tesis de Zöller es interesante, aunque es dudoso hasta qué punto el método genealógico tiene un sólido apoyo textual, o bien, se basa en exceso en paralelismos y analogías entre el ámbito político y el ético, que tanto podrían demostrar la derivación de los conceptos éticos a partir de los políticos, como a la inversa (aunque Zöller invoca en favor de su metodología el precedente platónico de La República [p. 213], se podría argüir que la justicia es principalmente, para Platón, una virtud ética, o virtud del alma, y solo secundariamente, por analogía, una virtud  política, o virtud de la ciudad).

El segundo artículo de esta sección, escrito por Helga Varden -y titulado “Kant and Privacy”- explora el moderno derecho legal a la privacidad desde la ética kantiana. Partiendo del pesimista diagnóstico de Hanna Arendt en La condición humana, Varden sugiere que la filosofía occidental habría preterido el aspecto animal de la naturaleza del ser humano, devaluando por un lado la esfera privada -y sus funciones íntimas, autoconservadoras y reproductivas, desarrolladas todas ellas en el ámbito doméstico- y privilegiando, por otro, la esfera pública o la vida contemplativa. En Kant encontraremos, sin embargo, según Varden, los recursos necesarios para corregir esta tendencia, y valorar y respetar debidamente la esfera humana privada. Para ello, y basándose en la distinción kantiana entre animalidad, humanidad, y personalidad (RGV, AA 06: 26), Varden arguye de manera original que la privacidad constituye, en cada uno de estos aspectos del ser humano, un valioso bien a preservar. Varden muestra, por ejemplo, que la animalidad -que incluye la autopreservación, el instinto sexual (sex drive), y las relaciones afectivas o amorosas- está formada por una serie de elementos -nuestra intimidad, información personal, casas privadas, etc.- cuyo carácter privado debe ser preservado contra posibles exposiciones públicas. Estas, en caso de ocurrir, podrían dañarnos emocionalmente de manera severa. (Varden ilustra este posible daño con el ejemplo de lo que se conoce como revenge porn, una violación de la privacidad especialmente atroz [p. 239]) Por último, Varden explora cómo encontramos, en cada una de las divisiones de la filosofía práctica de Kant, recursos para fundamentar el derecho a la privacidad. Así, en la filosofía moral, hallamos el deber perfecto de proteger nuestra propia privacidad; en el ámbito del derecho, las normas jurídicas deben asegurar y proteger el derecho a la privacidad, y, finalmente, en el ámbito de la normatividad política, el Estado debiera garantizar las condiciones mínimas necesarias -tener una vivienda propia, por ejemplo, algo que durante una gran parte de la historia les fue negado a las mujeres (p. 249)- para que los individuos puedan mantener y desarrollar su esfera privada.

Por último, en el último capítulo -titulado “Kant and the Provisionality of Property”- Christopher Yeomans debate un problema interpretativo de la doctrina kantiana del derecho a la propiedad (Sachenrecht). Dicho problema -el “problema de la provisionalidad”- consiste en la yuxtaposición en la Doctrina del Derecho de Kant de las siguientes dos tesis: i) la propiedad de algo externo solo es posible en un estado civil, y ii) en un estado de naturaleza, es posible tener una propiedad externa real, pero solo provisional (MS, AA 06: 255-266). El autor considera que la mejor solución a este problema interpretativo pasa por atender al específico contexto social y político de la época de Kant. Esta época, conocida en la historiografía alemana como época de transición o Sattelzeit[1] (1770-1830), designa el paso de una sociedad de Antiguo Régimen (temprano-moderna, posfeudal) a otra moderna (industrial, capitalista y liberal). A la luz de este contexto, Yeomans sugiere que la tesis de la provisionalidad de la propiedad dentro del estado de naturaleza, en Kant, no se refiere a una situación hipotética y ahistórica en la que no hay autoridad política alguna, y en la que no existen derechos exclusivos sobre la propiedad. Al contrario, refleja el estado de una sociedad en la que coexistían diferentes autoridades políticas y el régimen de propiedad era confuso e impreciso. Por su parte, la determinación de los derechos de propiedad en el estado civil se corresponde con el deseo -considerado por Yeomans problemático- de que las estructuras de propiedad sean clarificadas y fijadas públicamente, de una vez por todas, por una sola autoridad política. Ahora bien, según Yeomans, “el problema es que la visión de la propiedad, básicamente liberal, de los reformadores” [reformadores prusianos entre los que se hallaría Kant] “estaba pensada no para el capitalismo sino para una sociedad que nunca llegó a crearse” (p. 274). La conclusión paradójica del autor es que la provisionalidad de los derechos de propiedad no ha terminado -de hecho es interminable, permanente-.

En definitiva, esta obra ofrece un repaso de las diferentes normas que encontramos en la filosofía práctica de Kant. Al mostrar su pluralidad y su interacción, se pone de manifiesto cómo la filosofía práctica kantiana es más rica y compleja de lo que se pensaba, y cómo de flexible puede resultar para acomodar diferentes perspectivas sin renunciar a la universalidad. Kant on Morality, Humanity and Legality. Practical Dimensions of Normativity es sin duda un libro de gran interés para los especialistas en Kant, pero también los no especialistas podrán encontrar en él un tratamiento atractivo de diferentes debates contemporáneos, tanto éticos, políticos como jurídicos.

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* Doctor en Filosofía por la Universidad Autónoma de Barcelona. E-mail de contacto : josepclusa@gmail.com

[1] El término fue acuñado por el historiador Reinhart Koselleck.