RESUMEN
Los estudios dedicados a los efectos del terrorismo de ETA han arrastrado durante años el déficit de la falta de información sobre los heridos a causa de los atentados terroristas. Se trata de personas que, en los casos graves, han tenido que convivir desde entonces con las secuelas físicas y psicológicas del ataque. La Ley 29/2011 de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo estableció, cinco décadas después del inicio de la actividad terrorista de ETA, un sistema indemnizatorio al que los supervivientes podían acogerse y que dio lugar a la creación de un registro oficial de heridos. Este artículo parte del estudio y análisis de dicho registro, cedido por la Dirección General de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo (Ministerio del Interior) al Centro para la Memoria de las Víctimas del Terrorismo, y actualizado a fecha de abril de 2020. En primer lugar, se hace un repaso de la paulatina incorporación de la figura del herido a la legislación española. A continuación, se describen los datos globales. Y, por último, se demuestra la relación directa entre la evolución de la estrategia terrorista de ETA y las secuelas que provocó en las 2632 personas reconocidas oficialmente como heridas de la banda.
Palabras clave: ETA; terrorismo; víctimas; heridos; secuestrados; País Vasco.
ABSTRACT
Studies on the effects of ETA terrorism have carried over for years the deficit of information on those injured by terrorist attacks. These people have since had to live with the physical and psychological consequences of the attack. Act No. 29/2011 on the Recognition and Comprehensive Protection of Victims of Terrorism established, five decades after the start of ETA terrorist activity, a system of compensation to which survivors were entitled and which led to the creation of an official register of injured persons. This article based on the study and analysis of this register, which was handed over by the General Direction for the Support of Victims of Terrorism (Ministry of Home Affairs) to the Victims of Terrorism Memorial Centre, and updated in April 2020. Firstly, a review is made of the gradual incorporation of the figure of the injured into Spanish legislation. Then, the overall data are described. And finally, the direct relationship between the evolution of ETA’s terrorist strategy and the consequences it had on the 2,632 people officially recognised as being injured by the organization is demonstrated.
Keywords: ETA; terrorism; victims; wounded; Basque Country.
El 7 de junio de 1968 Euskadi ta Askatasuna (ETA, Euskadi y Libertad) causó su primera víctima mortal, el guardia civil de Tráfico José Antonio Pardines. Desde aquel asesinato hasta que en octubre de 2011 anunció «el cese definitivo de su actividad armada», la organización terrorista perpetró más de 3800 atentados, que han dejado un reguero de 853 víctimas mortales. Se trata de la segunda banda autóctona más letal de Europa por detrás del Irish Republican Army (IRA, Ejército Republicano Irlandés)[2].
No es de extrañar, por tanto, que ETA haya recibido una considerable atención mediática, política, social, literaria y cinematográfica. También académica. Ya durante la Transición fueron publicados los trabajos pioneros de José María Garmendia y Gurutz Jáuregui, que tuvieron continuidad en los de Pedro Ibarra, John Sullivan, Florencio Domínguez, Fernando Reinares, Ignacio Sánchez-Cuenca y Antonio Elorza, entre otros[3].
Al principio la mayor parte de la bibliografía se centraba en la historia de ETA, sus debates teóricos, su ideología, sus escisiones, su estrategia, sus vínculos con otras fuerzas… Pese a la abundante producción académica sobre la banda, el interés por ella dista de haberse agotado. Hoy ETA continúa siendo objeto de numerosas investigaciones que, como es lógico, se plantean nuevos interrogantes desde perspectivas diferentes[4].
Una de las temáticas más sugestivas que han surgido en los últimos tiempos es la de las víctimas del terrorismo, que inauguró en 1997 el libro Contra la barbarie de José María Calleja. Siguiendo su estela, autores como Cristina Cuesta, Rogelio Alonso, Florencio Domínguez, Marcos García y Javier Marrodán han recopilado las biografías de las personas asesinadas por ETA. De forma cuantitativa, Luis de la Calle e Ignacio Sánchez-Cuenca analizaron su selección como objetivos por parte de la organización terrorista, cuestión en la que ha profundizado Raúl López Romo. José Manuel Azcona y Matteo Re compararon la consideración de ETA y de las Brigadas Rojas sobre sus damnificados. Francisco José Llera y Rafael Leonisio elaboraron una base de datos sobre secuestros. En 2018 apareció una obra colectiva sobre los empresarios, directivos y profesionales extorsionados por la banda. Ese mismo año se publicó otra dedicada a José Antonio Pardines[5].
Pese a tales avances, todavía quedan algunas lagunas en los estudios acerca de las víctimas de ETA. Una de las más significativas es la que se refiere a las personas que sufren secuelas físicas o psicológicas de los atentados. Se trata de un déficit extensible a todos los heridos de las diversas organizaciones terroristas que han operado en nuestro país desde enero de 1960, fecha inicial que establece la Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo[6]. La primera y por ahora única monografía dedicada a este colectivo de damnificados es Heridos y olvidados. Los supervivientes del terrorismo en España[7]. Este libro abrió una nueva línea de investigación, pero no la agotó. Ahora puede ampliarse mediante trabajos específicos y con datos actualizados para cada una de las bandas.
El presente artículo pone el foco en los heridos que han provocado las acciones de las distintas ramas de ETA y su entorno juvenil. En primer lugar, se explican las características de esta figura desde el punto de vista jurídico-administrativo. En el segundo apartado se analizan las cifras globales. En tercer término, se indaga en la relación entre el número y las características de los damnificados y la evolución estratégica de ETA a lo largo de la historia. En cuarto y último lugar se examinan los secuestros cometidos por la organización.
Hasta el momento las fuentes disponibles para abordar dicha materia eran la prensa, las sentencias judiciales y las bases de datos internacionales. Ninguna de ellas aporta detalles sobre los propios heridos y todas presentan obstáculos. Aunque en los días siguientes a los atentados los medios de comunicación solían dar cuenta del número de supervivientes, ese dato distaba de ser definitivo, por lo que necesita ser concienzudamente contrastado. Más fidedignas son las sentencias emitidas por los tribunales competentes, que establecen la verdad judicial. El problema reside en que a menudo es imposible encontrar tales documentos, ya sea porque no han sido difundidos o porque sencillamente no existen al tratarse de casos sin resolver. En cuanto a las estadísticas internacionales, contamos con la Global Terrorism Database (GTD), la cual determina que en España hubo 4928 heridos por atentados terroristas entre 1970 y 2019 de los cuales 2328 serían responsabilidad de ETA. Pese a su innegable utilidad para el análisis a gran escala, la GTB pierde nitidez cuando bajamos a lo micro y apenas aporta información cualitativa acerca de las víctimas, por lo que no resulta válida para examinar la actividad terrorista de una sola banda[8].
Otra fuente es la lista de heridos reconocidos por el Ministerio del Interior. Se trata de un registro oficial que incluye a quienes han recibido una indemnización por las secuelas físicas o psicológicas sufridas en un atentado. La Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo ha resuelto favorablemente el expediente de 4983 heridos en acciones producidas entre enero de 1960 y mayo de 2020. Se incluyen aquí tanto a extranjeros lesionados dentro de nuestras fronteras como a ciudadanos españoles que han sido objeto de ataques en otros países. La lista indica la nacionalidad de los heridos, su edad, su profesión, el grado de sus lesiones, las circunstancias del atentado, etc. Por tanto, se trata de la base de datos más completa, actualizada y rigurosa sobre este fenómeno en España.
Después de eliminar los datos personales, tal y como establece la legislación vigente, la Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo del Ministerio del Interior ha cedido ese registro oficial al Centro para la Memoria de las Víctimas del Terrorismo con propósitos científicos. Gracias a la colaboración entre ambas instituciones, se ha podido utilizar dicha lista para la elaboración de este artículo. Para complementarla cuando era necesario, también se ha recurrido a bibliografía especializada, fuentes hemerográficas, sentencias judiciales y documentación histórica procedente tanto de ETA como de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (FCSE).
La legislación española en materia de víctimas del terrorismo ha evolucionado en paralelo a la atención que las esferas políticas y ciudadanas han prestado a las víctimas del terrorismo desde la década de los años sesenta hasta la actualidad. Rodríguez Uribes describe esta evolución en cuatro fases: la negación, la compasión, la solidaridad y el tiempo de los derechos[9].
La etapa de negación comprende desde el inicio de la actividad terrorista de ETA en los años sesenta hasta mediados de los años ochenta. En este periodo las víctimas viven en una situación de irrelevancia social y política frente a un discurso pujante para legitimar el terrorismo. En este tiempo, en el ámbito legislativo se adoptan las primeras medidas en su beneficio: decretos de pensiones extraordinarias aprobados entre finales de los años ochenta y principios de los noventa. Entre ellos se encontraba el Real Decreto Ley 3/1979, de 26 de enero, de Protección de la Seguridad Ciudadana, cuyo artículo 7 declara por primera vez a las víctimas como indemnizables de los daños sufridos a consecuencia de actos «cometidos por persona o personas integradas en grupos o bandas organizados y armados y sus conexos»[10]. Hasta entonces, al ser la mayoría de las víctimas miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, se les habían aplicado las normas que afectaban a los fallecidos en actos de servicio[11]. Las compensaciones se percibían a través del Consorcio de Compensación de Seguros. A partir de 1981, el derecho a recibir una pensión extraordinaria se amplió más allá de la condición de funcionario público en ejercicio y se extendió a funcionarios ya retirados. No obstante, las familias de los fallecidos y las personas con heridas graves seguían quedando en una situación de notable desamparo económico, una circunstancia que se mantiene incluso hasta ya entrados los años noventa, incurriendo en una estigmatización y una segunda victimación de los damnificados[12].
A mediados de los años ochenta comienza la etapa de la compasión. Este período coincide con un cambio en la estrategia terrorista de ETA, que apuesta por el uso del coche bomba como método para perpetrar atentados indiscriminados, lo que provoca un número más elevado de víctimas, así como una mayor exposición pública. Los damnificados comienzan a recibir un cierto reconocimiento político y jurídico por parte del Estado. Pese a que son los años en los que se consolidan los primeros movimientos activistas contra el terrorismo[13], apenas hay cambios legislativos relevantes. El terrorismo se enmarca junto a otros crímenes violentos vinculados a la inseguridad ciudadana y a delitos comunes y la normativa de resarcimientos por daños aún es incipiente[14].
La situación comienza a cambiar a finales de los años ochenta y se consolida de forma irreversible en los años noventa, durante la etapa de solidaridad. El empuje de la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT), la primera entidad cívica de carácter nacional creada para la defensa de los derechos de las víctimas, incidió de forma determinante para que se aprobara una nueva normativa sobre pensiones[15]. Se trataba de una reivindicación histórica de la asociación que comenzó a encontrar respuesta a partir de 1987. Ese año se aprobó el Real Decreto 670 que regulaba las pensiones extraordinarias para las víctimas del terrorismo y doblaba la base reguladora sobre la que se calculaban. Además, justificaba que el carácter indiscriminado del terrorismo obligaba a que se ampliara el rango de personas beneficiarias, que hasta entonces se limitaba a funcionarios, y se aplicara a todas las que «resultaran inutilizadas o fallecieran como consecuencia de un acto terrorista»[16]. En 1992, un nuevo real decreto avanzó en el desarrollo de la norma con el objetivo de dar cobertura a los ciudadanos que perdieran la vida o sufrieran «lesiones permanentes de carácter invalidante», cuyo reconocimiento dependía de un expediente que debían incoar el Ministerio del Interior o los Tribunales Médicos Militares[17]. En el ámbito de la Seguridad Social, otros tres decretos promulgados en 1990, 1992 y 1994 terminaron de apuntalar la base regulatoria de las pensiones a las víctimas del terrorismo[18].
En cualquier caso, las dos principales leyes de esta etapa de solidaridad se aprobaron en la segunda mitad de la década de los noventa. La Ley 13/1996 de Medidas Fiscales y del Orden Social era una norma general que pretendía «diversas reformas de contenido estructural que afectan a la actuación, gestión y organización de la Administración». El capítulo III se dedicaba a las «ayudas a los afectados por delitos de terrorismo» y reconocía que las personas que hubieran sufrido daños «corporales y materiales» tendrían derecho a ser resarcidas. El texto establecía un primer baremo indemnizatorio para quienes padecieran lesiones definitivas o temporalmente invalidantes, por lo que por primera vez se introducía una clasificación de la gravedad de las secuelas. Estas medidas no tenían, en cualquier caso, un carácter retroactivo: las prestaciones se aplicarían a hechos ocurridos a partir del 1 de enero de 1997[19].
Tres años después entró en vigor la Ley 32/1999 de Solidaridad con las Víctimas del Terrorismo, la primera con una mención expresa a los damnificados a causa del terrorismo. Su aprobación por unanimidad ocurrió 31 años después del primer asesinato de ETA, el del guardia civil José Antonio Pardines en 1968. La ley planteaba como su primer objetivo el «tributo de honor y reconocimiento» a las víctimas de atentados terroristas. El Estado se declaraba en la obligación de abonar las indemnizaciones independientemente de que el condenado se declarase insolvente y aseguraba una segunda ayuda vinculada a la responsabilidad civil por el delito[20]. La norma tenía, además, carácter retroactivo: incluía a los damnificados por atentados perpetrados desde el 1 de enero de 1968. Se utilizaba como base la legislación de la Seguridad Social para categorizar la gravedad de las lesiones sufridas en un atentado terrorista, que serían fallecimiento, gran invalidez, incapacidad permanente absoluta, incapacidad permanente parcial y lesiones no invalidantes, además del secuestro. Se excluían las lesiones no permanentes[21].
Gravedad de los daños |
Indemnización máxima
(en pesetas) |
Equivalencia en euros con IPC actualizado a 2019 |
---|---|---|
Fallecimiento | 23.000.000 | 54.235 |
Gran invalidez | 65.000.000 | 587.549 |
Incapacidad permanente absoluta | 16.000.000 | 144.627 |
Incapacidad permanente total | 8.000.000 | 72.313 |
Incapacidad permanente parcial | 6.000.000 | 54.235 |
Fuente: Ley 32/1999, de 8 de octubre, de Solidaridad con las Víctimas del Terrorismo.
La última etapa en la evolución de la atención político-social a las víctimas del terrorismo se inicia con los atentados del 11 de marzo de 2004 en Madrid, cuyo impacto en términos de visibilidad de los damnificados y del aumento de su relevancia jurídica y política es comparable al producido tras los atentados del 11 de septiembre de 2001 en Estados Unidos o los del 7 de junio de 2005 en Londres. Las víctimas se convierten en «sujetos de derecho» en el ámbito público y en el proceso penal[22]. En España se ponen en marcha distintas iniciativas, entre las que destaca la creación de la Dirección General de Apoyo a las Víctimas en 2006, dependiente del Ministerio del Interior y aún vigente. Fue la antesala de la Ley 29/2011 de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo[23]. Si la ley de 1999 establecía 1968 como fecha del inicio de la actividad terrorista, esta nueva norma retrocedía hasta 1960, año en el que fue asesinada la niña de veintidós meses Begoña Urroz Ibarrola en un atentado atribuido al Directorio Revolucionario Ibérico de Liberación (DRIL), lo que permitía no solo reconocerla como víctima del terrorismo, sino también otorgar la condición de heridos a aquellos que hubieran sufrido atentados entre 1960 y 1967.
Gravedad de los daños | Indemnización máxima por sentencia |
---|---|
Fallecimiento | 500.000 euros |
Gran invalidez | 750.000 euros |
Incapacidad permanente absoluta | 300.000 euros |
Incapacidad permanente total | 200.000 euros |
Incapacidad permanente parcial | 125.000 euros |
Lesiones no invalidantes | 100.000 euros |
Secuestro | 125.000 euros |
Fuente: Ley 29/2011 de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo.
La ley 29/2011 se detiene en la figura del herido. En el artículo 4 lo define como personas que «que han sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y que, a los efectos de la ley, son consideradas como víctimas del terrorismo». El artículo 6.2 añade que la definición es aplicable a personas de nacionalidad española «que sean víctimas en el extranjero de grupos que operen habitualmente en España o de acciones terroristas dirigidas a atentar contra el Estado español o los intereses españoles» y a «los participantes en operaciones de paz y seguridad que formen parte de los contingentes de España en el exterior y sean objeto de un atentado terrorista».
En el capítulo segundo, sección primera, se establece un baremo con la gravedad de los daños físicos o psíquicos y se fija la indemnización máxima que el Estado puede abonar en función de la gravedad y en concepto de responsabilidad civil siempre que exista una sentencia judicial.
En el caso de no existir sentencia, el anexo I de la ley establece unas indemnizaciones sensiblemente menores: para los grandes inválidos y los reconocidos con una incapacidad permanente absoluta se reduce más de un tercio; para los fallecidos y aquellos con una incapacidad permanente total, la merma alcanza la mitad, como se muestra en la siguiente tabla.
Gravedad de los daños | Indemnización máxima sin sentencia |
---|---|
Fallecimiento | 250.000 euros |
Gran invalidez | 500.000 euros |
Incapacidad permanente absoluta | 180.000 euros |
Incapacidad permanente total | 100.000 euros |
Incapacidad permanente parcial | 75.000 euros |
Fuente: Ley 29/2011 de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo.
Las diferencias contempladas en la propia ley entre las indemnizaciones que corresponden a víctimas con sentencia y aquellas que no la tienen han causado antes y después de la aprobación de la norma el malestar de algunas asociaciones de víctimas. La Defensora del Pueblo Soledad Becerril, que ocupó el cargo entre 2012 y 2017, impulsó en 2016 el «Estudio sobre los derechos de las víctimas de ETA. Su situación actual», donde se menciona esta discrepancia. El trabajo recoge la postura de la Oficina de Asistencia e Información a las Víctimas del Terrorismo de la Audiencia Nacional, que recalca la existencia de «un elevado número de víctimas que han manifestado su malestar ante el hecho de que la ley 29/2011 establezca diferencias en cuanto a la cuantía indemnizatoria a percibir entre aquellas víctimas cuyas causas obtuvieron sentencia y aquellas que se archivaron sin sentencia»[24].
Para los heridos con alguna incapacidad temporal y para los secuestrados, las indemnizaciones se calculan en función de los días que ha durado la incapacidad o el secuestro, respectivamente. Para los heridos con incapacidad temporal, la fórmula del cálculo es IPREM/día x 2, hasta el límite de 18 mensualidades. Para los secuestrados, IPREM/día x 3, hasta el límite de incapacidad permanente parcial, es decir, 75 000 euros[25].
Gravedad de los daños | Indemnización concedida en el periodo 2012-2018 |
---|---|
Fallecimiento | 82.521.947 euros |
Gran invalidez | 4.025.768 euros |
Incapacidad permanente absoluta | 15.878.634 euros |
Incapacidad permanente total | 24.949.056 euros |
Incapacidad permanente parcial | 1.236.924 euros |
Lesiones no invalidantes e incapacidad temporal | 15.919.133 euros |
Secuestro | 545.288 euros |
Fuente: Anuario Estadístico del Ministerio del Interior 2018.
Desde la entrada en vigor de la ley, en 2012, y 2018, el Estado había abonado más de 156 millones de euros en concepto de indemnizaciones a víctimas del terrorismo. Dos tercios de esta cantidad, como se explica en la Memoria Anual de 2018 del Ministerio del Interior, se concedieron en concepto de actualizaciones a indemnizaciones otorgadas al amparo de normas anteriores y que, con la nueva ley, debían actualizarse de acuerdo con los nuevos baremos. También se incluyen en dicha cifra las indemnizaciones a amenazados, que se acercan a los cuatro millones de euros, y las ayudas por daños materiales, en concepto sanitario o para el estudio[26].
De acuerdo con los datos, desde que entrara en vigor la ley 29/2011 y hasta 2018, el Estado abonó a los heridos por terrorismo más de 107 millones de euros. El 71 % de los receptores de las ayudas han sido víctimas de la organización terrorista ETA y el 19 %, víctimas de los atentados del 11 de marzo de 2004. El 10 % restante se reparte entre un 2 % de víctimas del los GRAPO (Grupos Revolucionarios Antifascistas Primero de Octubre), 2 % de otros grupos «islamistas» y el 6 % de otros grupos[27].
Los datos del Ministerio del Interior reflejan que el terrorismo de ETA es responsable del 54 % de los heridos causados por el terrorismo en España, por lo que resulta de interés profundizar en las estadísticas con el objetivo de trazar una radiografía lo más detallada posible de los daños causados por esta organización terrorista. Para ello, como se ha mencionado, se emplearán datos facilitados por la Dirección General de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo del Ministerio del Interior actualizados con fecha de abril de 2020. Hasta entonces, el Estado había reconocido la condición de heridos a causa del terrorismo de ETA a 2632 personas. Seis de cada diez sufrieron lesiones que no revestían gravedad. Sin embargo, al 32 %, es decir, a 858 se le diagnosticaron secuelas que le causaron una incapacidad de por vida por una incapacidad permanente total o absoluta o por una gran invalidez. Este último grupo, integrado por los supervivientes con secuelas más grave, lo conforman 40 personas.
Grado reconocido | Número de heridos | Porcentaje |
---|---|---|
Gran invalidez | 40 | 2 % |
Incapacidad permanente absoluta | 221 | 8 % |
Incapacidad permanente total | 539 | 20 % |
Incapacidad permanente parcial | 58 | 2 % |
Lesiones | 1652 | 63 % |
Incapacidad temporal | 122 | 5 % |
Fuente: Dirección General de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo del Ministerio del Interior.
De las 2632 personas heridas, una amplísima mayoría, 2519, tienen nacionalidad española. El resto de supervivientes proceden de 16 países distintos, a los que se suman los 55 cuya nacionalidad no aparece especificada en los datos oficiales.
Nacionalidad | Número de heridos |
---|---|
España | 2.519 |
Gran Bretaña | 25 |
Ecuador | 7 |
Colombia | 4 |
República Dominicana | 4 |
Italia | 3 |
Bélgica | 2 |
Perú | 2 |
Uruguay | 2 |
Venezuela | 2 |
Alemania | 1 |
Croacia | 1 |
El Salvador | 1 |
Francia | 1 |
Guatemala | 1 |
Mali | 1 |
Desconocida | 55 |
Fuente: Dirección General de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo del Ministerio del Interior.
La edad en la que las víctimas sufrieron el atentado se obtiene al realizar una resta entre la fecha de nacimiento y la del atentado. Sin embargo, se trata de un dato estadísticamente problemático, ya que no es posible obtenerlo para 457 heridos, cuya fecha de nacimiento se desconoce. En cualquier caso, de los datos disponibles se pueden obtener varias conclusiones. En primer lugar, la mayoría de los heridos causados por ETA eran personas jóvenes y en torno al 55 % tenían menos de cuarenta años. Esta idea se refuerza con otro dato: la edad media de los heridos es de 34,5 años. Otra conclusión llamativa es que 174 heridos eran menores de edad, a lo que se suma que 88 tenían menos de diez años.
Edad | Número de heridos | Porcentaje |
---|---|---|
0-9 | 88 | 3,3 % |
10-19 | 133 | 5,1 % |
20-29 | 651 | 24,7 % |
30-39 | 579 | 22,0 % |
40-49 | 424 | 16,1 % |
50-59 | 203 | 7,7 % |
60-69 | 57 | 2,2 % |
70-79 | 20 | 0,8 % |
80-89 | 6 | 0,2 % |
90-99 | 4 | 0,2 % |
100- | 10 | 0,4 % |
Desconocida | 457 | 17,4 % |
Fuente: Dirección General de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo del Ministerio del Interior.
En sus datos oficiales, la Administración agrupa a los heridos en varios grupos profesionales que resultan especialmente afectados por la actividad terrorista. Entre ellos se incluyen las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y las Fuerzas Armadas, que acumulan el 32 % de los heridos provocados por ETA. La Guardia Civil es el colectivo más atacado y acumula casi el 18 % de los lesionados. Otro 67 % corresponde a personas que no se encuadran en ninguno de los colectivos profesionales identificados, por lo que en cualquier caso serían civiles. Las cifras se completan con porcentajes reducidos de otros profesionales que, no obstante, estuvieron en el punto de mira de la organización terrorista: docentes, escoltas, políticos, empresarios, periodistas o funcionarios judiciales.
Grupo profesional | Número de heridos | Porcentaje |
---|---|---|
Otros | 1764 | 67 % |
Guardia Civil | 466 | 17,7 % |
Policía Nacional | 236 | 9 % |
Policía Autonómica - Ertzaintza | 76 | 2,9 % |
Militar | 49 | 1,9 % |
Policía Municipal | 15 | 0,6 % |
Docente | 8 | 0,3 % |
Cargo público | 4 | 0,2 % |
Escolta | 4 | 0,2 % |
Político | 4 | 0,2 % |
Periodista | 3 | 0,1 % |
Magistrado, juez, fiscal | 2 | 0,1 % |
Empresario | 1 | 0,0 % |
Fuente: Dirección General de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo del Ministerio del Interior.
Aunque el siguiente apartado de este artículo profundizará en la relación entre los heridos causados por ETA y la evolución estratégica de la organización terrorista, resulta interesante destacar que la década que más heridos provocó su actividad terrorista fue la primera del siglo xxi, lo que contrasta con el hecho de que los años con más víctimas mortales fueron los llamados «años de plomo», en concreto 1980, 1979 y 1978[28]. Entre los años 2000 y 2009 se registraron el 34,6 % de los heridos, un porcentaje ligeramente superior al provocado durante la década de los años ochenta, en la que, sin embargo, se concentra el mayor porcentaje de víctimas mortales de la organización terrorista.
Fecha del atentado | Número de heridos | Porcentaje |
---|---|---|
1960-1969 | 2 | 0,1 % |
1970-1979 | 176 | 6,7 % |
1980-1989 | 890 | 33,8 % |
1990-1999 | 636 | 24,2 % |
2000-2009 | 910 | 34,6 % |
2010-2019 | 18 | 0,7 % |
Fuente: Dirección General de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo del Ministerio del Interior.
La última variable que permite concluir la radiografía global de los heridos de ETA es la de la provincia en la que se perpetraron los atentados. Madrid es la región en la que se ha registrado un mayor número de heridos, 663, seguida de dos provincias vascas, Guipúzcoa y Vizcaya, con 476 y 393 heridos, respectivamente. La cuarta provincia es la vecina Navarra, con 201. Solo un herido de ETA ha sufrido un atentado fuera de España, en concreto en Italia, en un ataque perpetrado el 3 de febrero de 1995 contra el teniente coronel Fernando Sacristán Ruano, agregado del Ejército del Aire en la Embajada de España en Roma. Una bomba lapa colocada en su vehículo oficial hirió de carácter leve al conductor, el ciudadano italiano Marco Formichella, de 33 años, quien fue reconocido oficialmente como herido ese mismo año[29].
Provincia del atentado | Número de heridos |
---|---|
Madrid | 663 |
Guipúzcoa | 476 |
Vizcaya | 396 |
Navarra | 201 |
Burgos | 187 |
Zaragoza | 141 |
Álava | 137 |
Barcelona | 134 |
Alicante | 55 |
La Rioja | 40 |
Sevilla | 37 |
Tarragona | 32 |
Cantabria | 31 |
Granada | 23 |
Murcia | 20 |
Málaga | 14 |
Valencia | 14 |
Córdoba | 5 |
León | 4 |
Baleares | 3 |
Cádiz | 3 |
Salamanca | 3 |
Asturias | 2 |
Ciudad Real | 2 |
Soria | 2 |
Castellón | 1 |
Huesca | 1 |
Orense | 1 |
Las Palmas | 1 |
Pontevedra | 1 |
Zamora | 1 |
Fuente: Dirección General de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo del Ministerio del Interior.
Si comparamos estos datos con los de las provincias en los que se han registrado más asesinatos de ETA, se observa que no es Madrid, sino Guipúzcoa, la que ocupa el primer lugar con 319 víctimas mortales, seguida de Vizcaya con 212 y la región madrileña, con 123[30]. Ello podría deberse, como se explicará en el siguiente apartado, a la evolución de la estrategia de la organización terrorista, que concentró los atentados indiscriminados en grandes ciudades, en especial en Madrid.
Por último, las cifras facilitadas por la Dirección General de Apoyo a las Víctimas permiten calcular el tiempo que transcurrió entre el día que se perpetró un atentado y el día en el que un herido es oficialmente reconocido como tal. Si tomamos como referencia el histórico con el total de los heridos atribuidos a ETA, podemos concluir que esperaron una media de 6,5 años.
A juicio de José María Garmendia, ETA siempre tuvo presente «la necesidad de practicar la violencia». Sin embargo, durante su etapa inicial el grupo carecía tanto de una estrategia clara como de medios para aplicarla, por lo que se limitó a la propaganda y acciones de escasa entidad. El 25 de octubre 1959 ETA colocó su primera bomba, a la que siguieron un par más. El 18 de julio de 1961 intentó, sin lograrlo, hacer descarrilar un tren de excombatientes guipuzcoanos que acudían a San Sebastián para conmemorar el 25.º aniversario del «Alzamiento Nacional»[31].
La primera agresión física de la que tenemos constancia ocurrió a las 18:50 horas del 6 de diciembre de 1963. Según Zutik, el órgano oficial de ETA, sus integrantes le propinaron al maestro de Zaldívar (Vizcaya) «una paliza de la que probablemente quedará marcado. Y esto no es violencia… Esto es autodefensa». El suceso aparece reflejado en un boletín de la Brigada de Investigación Social. Ahora bien, el Ministerio del Interior no ha reconocido a este herido[32].
Tampoco se ha indemnizado a la segunda persona asaltada por miembros de ETA. El 22 de febrero de 1964 un guardia civil acudía a su puesto en Sestao cuando «fue de súbito atacado por la espalda por dos individuos que le proporcionaron sendos golpes con un objeto contundente, cayendo al suelo como consecuencia de los mismos, donde trató de defenderse, volviendo a ser golpeado nuevamente». Además de sufrir lesiones «de pronóstico leve», al agente le robaron su arma reglamentaria. No volvió a aparecer hasta que el 9 de abril de 1969 fue incautada a un dirigente de ETA en la localidad cántabra de Mogrovejo[33].
El tercer incidente se produjo el 6 de junio de 1965 a unos kilómetros de la frontera francesa. Una pareja de la Guardia Civil dio el alto a cinco integrantes de ETA que despertaron sus sospechas, por lo que decidieron conducirlos al puesto de Vera de Bidasoa (Navarra). A medio camino los etarras atacaron a los agentes, golpeándoles hasta dejar inconsciente a uno de ellos. Los agresores huyeron. De acuerdo con Zutik, «podrían haberlos matado, pero cumplen las órdenes dadas en el sentido de evitar las muertes en una eventualidad de este tipo. Además, su misión es otra y el encuentro ha sido totalmente accidental». En 2006, 41 años después de los hechos, uno de aquellos funcionarios fue reconocido por el Ministerio del Interior. A efectos oficiales, se trata del primer herido por ETA[34].
En la IV Asamblea (1965) la organización adoptó la estrategia de acción-reacción-acción: sus actos de violencia debían provocar una represión desproporcionada por parte de la dictadura que afectase a toda la población vasca, que así se adheriría a la «guerra revolucionaria». La carencia de fondos y las disputas internas retrasaron la aplicación de este esquema, que fue ratificado en la segunda parte de la V Asamblea (marzo de 1967). Al mes siguiente ETA efectuó su primer atraco con éxito, al que seguirían otros, lo que le permitió adquirir armamento e infraestructura, así como mantener económicamente a sus líderes.
Se trató de un punto de inflexión. Los comandos de ETA colocaron bombas contra medios de comunicación, propiedades de personas acusadas de colaborar con la Policía, repetidores, ayuntamientos, locales sindicales, cuarteles, símbolos franquistas… En marzo de 1968 se registró una explosión en la sede central de El Correo Español que causó lesiones de carácter leve a un operario de composición y caja[35]. Fue la primera vez que un artefacto de tales características producía heridos, pero no está en el listado del Ministerio del Interior. Debido a su carácter a menudo indiscriminado, las bombas causarían numerosas secuelas físicas a partir de entonces.
Los integrantes de ETA perpetraron sus cuatro primeros asesinatos mediante un método más selectivo: disparos de pistola. Las víctimas mortales fueron José Antonio Pardines el 7 de junio de 1968; Melitón Manzanas, inspector jefe de la Brigada de Investigación Social de San Sebastián, el 2 de agosto de ese mismo año; Fermín Monasterio, taxista, el 9 de abril de 1969, y Eloy García Cambra, policía municipal, el 29 de agosto de 1972[36].
Hay que esperar hasta el 18 de julio de 1969 para encontrar al segundo lesionado por ETA indemnizado por el Ministerio del Interior: un guardia civil retirado en una explosión en el cuartel de Fuenterrabía. Tres días después, cerca del santuario de Nuestra Señora de Icíar (Deva), una pareja del mismo cuerpo fue tiroteada con «una metralleta calibre 9 mm especial». El sargento recibió tres impactos de bala. Ingresó en el hospital con pronóstico «grave» y tardó casi cinco meses en curarse[37]. Se trata del primer herido que ETA produjo con un arma de fuego. Sin embargo, no ha sido reconocido por el Ministerio del Interior.
El tercer lesionado que aparece en la lista oficial es un ciudadano en San Sebastián el 2 de abril de 1972, pero no están incluidos los dos guardias civiles heridos en un tiroteo cerca de la ciudad ese mismo día[38]. En 1973 el registro computa secuelas a dos policías en Vizcaya y a dos ciudadanos en Madrid el 20 de diciembre, a consecuencia del atentado que acabó con la vida del presidente del Gobierno Luis Carrero Blanco, su chófer y uno de sus escoltas. Empero, el sumario indica que hubo siete heridos, entre ellos dos hermanas: una niña de cinco años y otra de diez meses[39].
El 13 de septiembre de 1974 una bomba estalló en la cafetería Rolando de la calle Correo (Madrid). Aunque el objetivo de ETA era la Policía, solo pertenecía a dicho cuerpo una de las trece víctimas mortales. De acuerdo con la prensa de la época, más de setenta personas sufrieron lesiones de diversa consideración. Gracias al sumario, sabemos que el número exacto de heridos fue 73[40]. No obstante, el Ministerio del Interior solo ha indemnizado a trece.
Una diferencia tan llamativa confirma lo que ya sugería la falta de reconocimiento de los heridos de 1963, 1964 y 1968: el prolongado tiempo transcurrido entre los atentados y la regulación de las ayudas ha dificultado el acceso a las mismas. Muchos damnificados no sobrevivieron hasta ver aprobada esa legislación, no se enteraron de que podían hacer una solicitud o no habían guardado pruebas documentales del origen de sus lesiones. Como resultado, únicamente se ha reconocido a 28 heridos por ETA durante el franquismo. Tuvieron que esperar una media de 26,5 años para recibir dicha ayuda[41].
Además de los mencionados, hay otros dos factores a tener en cuenta. Primero, desmintiendo su supuesto carácter antifranquista, la actividad de la banda durante el régimen fue muy reducida si la comparamos con la de la posterior etapa democrática: solo el 5 % del total de sus víctimas mortales[42] y el 1,06 % de sus heridos se produjeron antes de la muerte de Franco; el resto, después. Segundo, hasta mediados de los ochenta atentados indiscriminados como el de la cafetería Rolando fueron una excepción. Hasta ese momento los integrantes de ETA solían decantarse por armas de fuego, un método más selectivo, para cometer sus asesinatos. Eso explica, por ejemplo, que oficialmente solo un menor recibiese daños durante la dictadura.
En la base de datos del Ministerio del Interior comprobamos que la categoría profesional que acumuló más heridos fue la de los agentes de la ley. Diez policías y guardias civiles (el 35,7 % del total) sufrieron lesiones durante el franquismo: tres en la cafetería Rolando; el resto en atentados fallidos, bombas-trampa o enfrentamientos armados con los comandos.
La democratización de España coincidió con uno de los periodos más convulsos de nuestra historia reciente, los denominados «años de plomo». Junto al golpismo, el terrorismo fue el mayor peligro para el proceso. Entre 1976 y 1981, ambos incluidos, 449 personas perdieron la vida y otras 397 fueron heridas en atentados. España no volvería a sufrir un índice tal de violencia hasta la masacre yihadista del 11 de marzo de 2004[43].
Pese a que actuaron bandas terroristas de muy distinto signo (independentista, de extrema izquierda, ultraderechista, parapolicial, internacional, etc.), la mayoría de los atentados y sus damnificados llevaban el sello del nacionalismo vasco radical. En esa etapa las distintas ramas de ETA causaron 301 víctimas mortales (el 67 % del total) y 260 heridos (el 65,4 %)[44].
Para comprender cómo fue posible aquella ofensiva hay que acudir a una explicación multifactorial. La organización había llegado a su apogeo a finales de la década de los setenta y principios de la de los ochenta, pero no se trataba de una excepción: coincidía con el resto de la tercera oleada internacional de terrorismo[45]. Además de la inercia de este ciclo global, la actividad de ETA se benefició de una serie de circunstancias. La primera fue la nula colaboración policial del Gobierno de Francia, que permitió que la banda disfrutase de un santuario seguro al otro lado de la frontera. La segunda tenía que ver con la debilidad e inestabilidad del Gobierno español y la Administración en su conjunto, campo abonado para la violencia política. No parece casualidad que la consolidación de la democracia parlamentaria a partir de 1981 coincidiese con una actuación más eficiente por parte de las FCSE y el inicio del paulatino descenso del terrorismo.
Durante la Transición ETA contaba una férrea moral de victoria, lo que le hizo despreciar oportunidades históricas como la ley de amnistía (1977), contar con dirigentes experimentados, el ingreso constante de nuevos reclutas, fuentes de ingresos (atracos, secuestros y extorsión), armamento, un entorno social fiel y muy militante, brazos políticos-electorales, medios de comunicación afines e incluso un potente sindicato. Otro elemento que incentivó la escalada terrorista fue la rivalidad entre los Comandos Autónomos Anticapitalistas (CAA), ETA Político-Militar (ETApm) y ETA Militar (ETAm). Pese a que las tres organizaciones suelen agruparse bajo la etiqueta de «ETA», mostraban diferencias organizativas y estratégicas que conviene tener en cuenta.
Los CAA estaban compuestos por dos sectores. Buena parte de dichas células tenían como modelo al movimiento autónomo italiano de los años setenta, por lo que su actividad se asemejaba a la del terrorismo de extrema izquierda y a la de ETApm. Otros comandos no compartían tales veleidades ideológicas y simplemente utilizaban dichas siglas para operar con libertad. De acuerdo con Florencio Domínguez, los CAA fueron responsables de 104 atentados, 32 muertes y 22 heridos[46].
Aparecida en 1974, ETApm decía defender las «conquistas populares». Este planteamiento teórico se plasmó en dos planos. Uno, la «propaganda armada» en respaldo de la dirección política que ejercía Euskal Iraultzarako Alderdia (EIA, Partido para la Revolución Vasca). Y otro, la «intervención sectorial» a favor de diversos movimientos sociales y culturales: obrero, ciudadano, antinuclear, «anti-represivo», a favor de la amnistía de los presos etarras, feminista, de euskaldunización...[47]
Siguiendo la estela de las Brigadas Rojas y el IRA, ETApm fue la única que cometió atentados ejemplarizantes que específicamente perseguían producir heridos: sus catorce pernicidios a altos cargos de la Administración pública y empresarios que se habían trasladado a otra parte de España huyendo del clima de terror imperante en el País Vasco y Navarra o cuyas compañías se encontraban inmersas en un conflicto laboral. Los terroristas solían interrogar a sus rehenes para obtener información y, en el caso de los industriales, los amenazaban con la muerte si no accedían a las demandas de sus empleados. A las pocas horas, eran liberados tras haber recibido uno o varios disparos en las piernas, provocando secuelas físicas permanentes[48].
En el verano de 1979 ETApm llevó a cabo su primera «campaña del Mediterráneo» colocando bombas en centros turísticos de la costa. En dicho marco, el 29 de julio de 1979, se produjeron sendas explosiones en el aeropuerto de Barajas y las estaciones de tren de Chamartín y Atocha. Murieron siete personas y hubo más de cien heridos según la prensa, aunque solo diez han sido reconocidos por el Ministerio del Interior[49].
Ahora bien, la más mortífera y la que más heridos originó de las tres ramas de ETA fue la militar. Como señala Florencio Domínguez, ETAm había logrado convertirse en una banda cohesionada, eficiente y bien estructurada, con medios humanos, dinero y voluntad para ejercer la violencia. Asimismo, contaba con una estrategia clara: la «guerra de desgaste». Sus continuos atentados, con policías y militares como blanco preferente, pretendían presionar al Gobierno para que, ante el peligro de un golpe de Estado, se viese obligado a cumplir la «Alternativa KAS». Ese planteamiento fue la causa principal de que durante la Transición los uniformados se convirtieran en el colectivo profesional con más víctimas mortales y heridos[50]. Si durante el franquismo suponían el 35,7 % del total de los lesionados, entre 1976 y 1981 llegaron al 52,3 %: los atentados de ETA dejaron secuelas físicas a 66 guardias civiles, 59 policías nacionales, 7 policías municipales y 4 militares.
Aunque ETAm seguía decantándose por métodos selectivos para cometer sus atentados mortales, también utilizó bombas allí donde sus estragos no podían acarrearle un coste político: fuera del País Vasco. La vecina provincia de La Rioja fue la más castigada, con un total de 27 heridos. El 22 de julio de 1980 seis artefactos estallaron al paso de un convoy de la Guardia Civil cerca de Logroño. De acuerdo con el registro oficial, además de una víctima mortal, el atentado provocó lesiones a 26 personas (11 de ellas agentes). El 27 de noviembre de ese mismo año un coche-bomba acabó con tres vidas en Logroño y, según el listado del Ministerio del Interior, dejó secuelas físicas a un ciudadano. En ambos casos la Audiencia Nacional establecía cifras superiores: 33 heridos en el atentado del 22 de julio de 1980 y 6 en el del 27 de noviembre[51].
La intensa violencia que ETA desató durante la Transición produjo 301 víctimas mortales, el 35,2 % de las que acumuló a lo largo de su historia. No obstante, los 260 heridos de aquella etapa únicamente suponían el 9,8 % del total[52]. Era un guarismo mucho menor que el del periodo posterior. Este fenómeno obedece a tres razones. Por un lado, los pernicidios de ETApm no fueron emulados ni por ETAm ni por los CAA. Por otro, con excepciones como las de La Rioja, estas bandas todavía optaban por métodos selectivos a la hora de sus asesinatos. Por último, como ocurría con los producidos durante el franquismo, seguramente la cantidad real de heridos en la Transición sea muy superior a la que aparece en el listado del Ministerio del Interior. El tiempo transcurrido hasta su regulación hizo imposible que un número considerable de damnificados accediese a las indemnizaciones. Los que sí las obtuvieron esperaron una media de 16,6 años.
Siguiendo un acuerdo firmado con el Gobierno de Adolfo Suárez y ratificado por el de Felipe González, un sector de ETApm se disolvió en septiembre de 1982. Si bien los restos de esa banda y de los CAA continuaron actuando, desaparecerían a mediados de los ochenta. La reducción del número de actores sería uno de los factores que contribuyeron a la disminución del grado de violencia. ETA militar se quedó con el monopolio de las históricas siglas. A partir de entonces fue ETA[53].
La victoria electoral del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) en 1982 planteó a la dirección de ETA ciertas dudas sobre el camino que seguir, pero solo duraron un par de meses. Aferrándose a la estrategia de la «guerra de desgaste», la banda volvió a matar guardias civiles, policías nacionales y militares, a los que sumó policías locales y autonómicos. De acuerdo con Raúl López Romo, 245 uniformados fueron asesinados entre 1982 y 1994[54]. Además, según el registro oficial, 453 agentes de la ley y militares recibieron lesiones en esta etapa, lo que supone el 37,9 % del total de los 1194 heridos. Los uniformados continuaban siendo el colectivo más golpeado, pero lo eran en menor medida que durante la Transición, al menos en términos porcentuales. La bajada del 15,5 % es achacable al empleo de atentados indiscriminados, que hicieron crecer el número de civiles damnificados, entre ellos los menores de edad: hubo 90 niños heridos.
ETAm copió de ETApm las campañas veraniegas contra el turismo internacional. Perjudicando a los intereses económicos españoles, la banda esperaba hacer mella en el Gobierno. En total, ETA colocó 225 bombas en paradores, hoteles, casinos, discotecas, restaurantes, auditorios, parques, centros comerciales, puertos deportivos, playas, ferris, oficinas de información, estaciones de autobús, aeropuertos, autopistas o vías de tren. Lo hizo en toda España, especialmente en la costa y en localidades emblemáticas. Florencio Domínguez calcula que estas campañas causaron ocho víctimas mortales[55]. El Ministerio del Interior ha reconocido a 50 heridos en atentados producidos durante este periodo en zonas turísticas, sin incluir grandes ciudades como Barcelona.
Aquellas campañas tenían algo que ver con la cada vez más efectiva acción policial y el comienzo de la cooperación francesa, que estaban permitiendo la progresiva desarticulación de comandos de ETA. A mediados de los años ochenta era evidente que el debilitamiento de la banda había reducido el número de sus víctimas y, por ende, su capacidad para «acumular fuerzas» de cara a una negociación con el Gobierno. Para remediarlo, en 1985 la dirección de ETA creó los comandos Madrid y Barcelona, que empezaron a utilizar coches bomba cargados de goma-2. Se trataba de un método mucho menos selectivo que las armas de fuego, pero producía más damnificados con un menor riesgo para los terroristas, que podían activar los artefactos a distancia[56].
El 25 de abril de 1986 se utilizó esta táctica en la madrileña calle Juan Bravo. Un coche bomba acabó con la vida de cinco guardias civiles e hirió, siguiendo el cómputo oficial, a otras seis personas. El 14 de julio de ese mismo año un artefacto dejó doce víctimas mortales, todos agentes, en la plaza de la República Dominicana. De acuerdo con la sentencia de la Audiencia Nacional hubo 60 heridos[57], pero el Ministerio del Interior solo ha reconocido a 51. Pese a que los tribunales y la Administración seguían dando cifras dispares, la diferencia se había acortado y lo seguiría haciendo hasta prácticamente desaparecer.
La ofensiva de ETA contra la capital de España dejaría 277 heridos en todo el periodo, pero, debido a la desarticulación del comando Madrid, la campaña se trasladó a Aragón y Cataluña. El 30 de enero de 1987 una furgoneta bomba saltó por los aires al paso de un autobús de la Guardia Civil en Zaragoza. Hubo dos fallecidos y, de acuerdo con el listado oficial, 35 heridos. El 19 de junio estalló un vehículo con 27 kilos de amonal y 200 litros de líquido incendiario, pegamento y escamas de jabón en el centro comercial de Hipercor de Barcelona. El atentado dejo 21 víctimas mortales y causó lesiones a 46 personas, según la sentencia, y a 42, según el registro del Ministerio del Interior. El 11 de diciembre de ese mismo año un coche bomba colocado cerca de la entrada de la Comandancia de la Guardia Civil de Zaragoza acabó con la vida de 11 personas, entre ellas 5 niñas, y dejó secuelas a otras 83, de acuerdo con la Audiencia Nacional, que el Ministerio del Interior ha elevado hasta 103[58].
En total, a lo largo de 1987 ETA había causado 52 víctimas mortales y 260 heridos, lo que lo convierte en el año con más damnificados de este último tipo en toda su historia. Esa cifra no solo era consecuencia del método poco selectivo elegido por ETA, sino que también respondía a intento de forzar a su favor las «conversaciones de Argel» entre representantes de la banda y del Gobierno que habían empezado en septiembre de 1986. Como advierte Florencio Domínguez, «una constante en la actuación de ETA, desde 1978 hasta el presente, ha sido interpretar cualquier aproximación del Gobierno, cualquier intento de abrir cauces de diálogo, como un síntoma de debilidad del Estado, provocada por la actividad terrorista. Automáticamente, ETA ha endurecido sus posiciones buscando sacar el máximo partido de la supuesta debilidad de su interlocutor»[59]. En 1987 ETA pretendió utilizar los atentados indiscriminados como una baza, pero fracasó: las «conversaciones» naufragaron[60].
Lejos de poner contra las cuerdas al Estado de derecho, las más de 300 víctimas producidas en 1987 fueron un acicate para lo que hasta entonces parecía imposible: la unidad de las fuerzas democráticas. En noviembre de 1987 se firmó el Pacto de Madrid. El 12 de enero de 1988 se materializó el Acuerdo para la Pacificación y Normalización de Euskadi, más conocido como Pacto de Ajuria Enea. Por esas mismas fechas el movimiento pacifista cobró un fuerte impulso en el País Vasco[61].
Por añadidura, a principios de los años noventa la lucha policial contra el terrorismo acabó con la imagen de imbatibilidad de ETA. En julio de 1990 fue desarticulado en Sevilla el comando Argala, responsable de la masacre de la casa cuartel de Zaragoza. El 29 de mayo de 1991 un coche bomba explotó en la casa cuartel de Vich (Barcelona), causando 10 víctimas mortales y 42 heridos, pero tan solo un día después el jefe del nuevo comando Barcelona y su lugarteniente murieron en un tiroteo con la Policía. El 29 de marzo de 1992 la cúpula de ETA fue detenida en un caserío de Bidart. Los sustitutos de los jefes de la banda corrieron la misma suerte. La organización entró en una grave crisis, como indica la ostensible disminución del número de heridos: 61 en 1992, 37 en 1993 y 37 en 1994[62].
La operación policial de Bidart fue la causa última del viraje estratégico que ETA y su entorno dieron a mediados de los años noventa. Por una parte, el nacionalismo radical fue recomponiendo sus relaciones con el Partido Nacionalista Vasco (PNV) y Eusko Alkartasuna (EA, Solidaridad Vasca) con vistas a constituir un frente abertzale (patriota), lo que se materializó en el Pacto de Estella (1998). Por otra parte, ETA reorientó la violencia en una nueva dirección: los civiles. La estrategia de la socialización del sufrimiento consistía en atemorizar a los vascos y navarros no nacionalistas mediante la persecución y el asesinato de líderes y militantes del Partido Popular (PP), el PSOE y Unión del Pueblo Navarro (UPN), así como de intelectuales, profesores, periodistas y otro tipo de profesionales. Una treintena de víctimas mortales de la banda encajan en este perfil. También lo hace una veintena de heridos, aunque probablemente sean más, ya que en el registro oficial no se especifica la profesión del 76,9 % de las personas que sufrieron lesiones. En cualquier caso, durante este periodo los civiles ya suponían cuatro quintas partes de los heridos. La proporción de uniformados bajó hasta el 21,1 %: 243 agentes de la ley y militares resultaron heridos. No habían salido de la diana de ETA, pero habían sido reemplazados por los civiles como su blanco preferente[63].
No obstante, entre los uniformados que habían sufrido lesiones destaca el número de policías autonómicos, 68, cuando en la etapa anterior solo habían sido siete. Tal crecimiento fue consecuencia de la nueva táctica que adoptó el entorno juvenil de ETA para complementar a los atentados de la banda: el acoso, la intimidación y la kale borroka (lucha callejera). La agencia VascoPress indicaba que, si en 1994 se habían registrado 287 incidentes en el País Vasco y Navarra, al año siguiente estos se dispararon hasta los 924. Su repertorio incluía el lanzamiento de objetos, los cócteles molotov, el incendio de mobiliario urbano y vehículos, los ataques a sedes de partidos democráticos, edificios institucionales y domicilios particulares, etc.[64]
El terrorismo de baja intensidad trataba de compensar la debilidad de ETA, pero, a decir de Eduardo González Calleja, también servía para propiciar «una política de enfrentamiento civil encaminada a generalizar el miedo entre los ciudadanos vascos» y crear una fractura en la sociedad: se trataba un proyecto de ulsterización. Hay que recordar que, pese a que entre 1996 y 1997 la mitad de los ataques se dirigían contra nacionalistas moderados, a partir de entonces la absoluta mayoría de ellos tuvieron como objetivo a los vascos no nacionalistas. Era, además, una forma de adiestrar y luego reclutar nuevos integrantes de la banda con los que suplir a los arrestados[65].
Fuente: Gráfico elaborado a partir de Crónica de VascoPress, 12-1-2015 y Domínguez (2017): 12.
En total, según el registro oficial, el entorno de ETA causó lesiones a 102 personas en esta etapa. La agencia VascoPress informaba de que en su año cumbre, 1996, se produjeron 1113 actos de kale borroka, que dejaron 16 heridos. No es de extrañar que para el 90 % de los vascos se tratase de un problema bastante o muy grave[66]. A la postre, la violencia de persecución contra los no nacionalistas, que no cesó durante las breves treguas que declaró la banda (junio de 1996, finales de 1998 y 2006), dio resultado: aisló a sus víctimas potenciales. Por ejemplo, en 2002 había 963 personas escoltadas por la amenaza de ETA en el País Vasco, aparte de los 11 483 agentes de la ley (descontados los policías municipales), objetivos habituales de la organización. Por añadidura, la kale borroka extendió el miedo a expresarse libremente, muy especialmente entre los vascos que votaban a opciones no nacionalistas. Un número indeterminado de ciudadanos abandonó Euskadi[67].
Con todo, la violencia callejera no consiguió enmascarar el declive de la banda. La cada vez más eficaz actuación policial a ambos lados de la frontera, gracias a la intensa colaboración francesa, no solo arrebató la iniciativa a ETA, sino que fue desmantelando sus comandos, sus aparatos sectoriales y sus direcciones, así como a los sustitutos de todos ellos, lo que dejó a la banda débil, desorientada, sin líderes experimentados y con una grave crisis interna. Desde 2000 hasta 2011, ambos incluidos, fueron arrestados 1415 presuntos miembros o colaboradores de ETA. Como la propia organización reconocía en sus documentos internos, su capacidad letal entró en un imparable declive a partir de 2002[68].
ETA intentó disimularlo promoviendo la kale borroka, pero también mediante algunos atentados con explosivos muy potentes con la finalidad de provocar masacres. Ese es uno de los motivos por los que 2008 y 2009 fueron dos de los años que más heridos acumulan: 176 y 171, respectivamente. Así, la organización perpetró dos atentados con coche bomba que, si bien no se cobraron víctimas mortales, dejaron secuelas físicas en un número muy elevado de personas. Se trata de los ataques contra la Universidad de Navarra el 30 de octubre de 2008, que produjo 103 heridos, y contra la casa cuartel de la Guardia Civil de Burgos el 29 de julio de 2009, que ocasionó lesiones a 165 personas.
De igual manera, ETA intentó paralizar el debate que se había abierto en su entorno civil sobre su continuidad a través de un atentado en las torres Kio de Madrid en enero de 2010. Fue abortado por la Guardia Civil. Prácticamente desarticulada por la acción policial, ese año la banda solo fue capaz de causar una víctima mortal y dos heridos. Era un síntoma de su agotamiento. Los terroristas entraron en un «parón técnico» que en octubre de 2011 se convertiría en definitivo[69].
Pese a que el periodo aquí analizado coincide con la fase terminal de la banda, es en el que más heridos acumula: 1149 (77 de ellos menores de edad). Como es evidente, la cifra no es consecuencia del incremento de los atentados de ETA, sino de que el registro oficial se había ajustado al número real de damnificados. Por primera vez la casi totalidad de los ciudadanos que habían sufrido lesiones en acciones terroristas hicieron la correspondiente solicitud y fueron reconocidos por el Ministerio del Interior. Aquel progreso se debió a tres factores. Por un lado, la existencia de una dinámica y plural red de asociaciones de víctimas del terrorismo. Por otro, la creación en 2006 de la Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo, entre cuyas funciones se encuentran la información y la gestión de los trámites administrativos de este tipo. El último elemento fue la proximidad temporal entre los atentados y la regulación de las indemnizaciones, que permitió que los heridos solo esperaran una media de 3,5 años para ser reconocidos por el Ministerio del Interior[70].
A lo largo de su historia, ETA ha secuestrado a 84 personas, de las que diez fueron asesinadas[71]. Teniendo en cuenta que, como se ha mencionado, las víctimas de secuestros son consideradas como heridos en términos administrativos, 74 podrían estar reconocidas como tales. El registro oficial, no obstante, no indica quiénes sufrieron un cautiverio, por lo que la única forma de comprobar cuántos están incluidos es contrastar los datos de los secuestros, en concreto la base de datos creada por Llera y Leonisio[72], con los datos del Ministerio del Interior. El resultado es que se puede identificar a una decena de secuestrados por ETA, nueve de ellos capturados por la rama político-militar. Siete fueron empresarios víctimas de pernicidios atribuidos a ETApm entre 1978 y 1980. A ellos se suman otras dos personas que fueron secuestradas por motivos económicos. El primero fue Julio Iglesias Puga, médico secuestrado en Madrid en 1981 y por cuya liberación ETApm solicitó un rescate de dos mil millones de pesetas, que hoy serían más de doce millones de euros. Liberado por los GEO, el doctor Iglesias Puga rechazó durante el juicio la indemnización que le correspondía. La segunda fue Miren Elósegui, hija del propietario de Boinas Elosegui y cuyo marido era el gerente de la empresa. Estuvo secuestrada trece días en 1982 por una escisión de ETApm contraria al acuerdo con el Gobierno, los octavos. La banda pidió un rescate de cincuenta millones de pesetas, que hoy equivaldrían a más de un millón de euros.
El único secuestro atribuido a la rama militar de ETA y cuya víctima aparece en el listado oficial de heridos es el del funcionario de prisiones José Antonio Ortega Lara. El 17 de enero de 1996, con 39 años, un comando lo raptó en el garaje de su casa de Logroño y lo recluyó en un habitáculo construido en el subsuelo de una nave industrial de Mondragón. Su cautiverio, el más largo de la historia de ETA, se prolongó durante 532. Cuando la Guardia Civil lo liberó, había perdido 32 kilos[73]. Se trata del último secuestro atribuido a ETA e incluido en el registro, aunque no el último perpetrado por la organización. En agosto de 2007, un comando asaltó una autocaravana en una localidad francesas de Las Landas donde dormían una pareja y su hijo de cuatro años. Los terroristas los retuvieron durante tres días. El vehículo fue utilizado para perpetrar un atentado contra la red eléctrica de Castellón[74].
Hay una relación directa entre la evolución estratégica de ETA y las secuelas físicas y psicológicas que provocó. Al emplear métodos selectivos como las armas de fuego, durante la dictadura y la Transición las cifras de heridos se mantuvieron relativamente bajas y fueron menores que las de sus víctimas mortales. En este periodo la categoría profesional más golpeada por el terrorismo fue la de las Fuerzas de Seguridad del Estado y las Fuerzas Armadas, blanco predilecto de ETA en general y de su rama militar en particular.
A mediados de los años ochenta, debido a la incapacidad para mantener el ritmo de acciones, se hizo intensivo el uso del coche bomba, lo que hizo que se disparase la cifra de heridos. De igual manera, la proporción de víctimas civiles creció y la de agentes de la ley y militares disminuyó. Esa dinámica se acentuó aún más en la etapa de la «socialización del sufrimiento». Para disimular su debilidad organizativa, ETA perpetró atentados con explosivo que causaron muchos damnificados, mientras que su entorno juvenil se volcaba en la kale borroka. Con todo, en 2011 la banda anunció el cese de la violencia y siete años después, su disolución.
El estudio de los efectos causados por el terrorismo de ETA implica necesariamente la atención a los heridos, un colectivo compuesto por al menos 2632 personas que no dispusieron de un mecanismo legal, sistematizado y sin restricciones temporales para atender sus necesidades hasta 2011. Tanto los afectados directos como, en función de la gravedad de sus secuelas, sus familias han padecido y muchas aún padecen las consecuencias del terrorismo, a pesar de que ETA renunció a la violencia en 2011. El registro oficial del Ministerio del Interior, que incluye a los heridos reconocidos tras un trámite administrativo, no permite dar una panorámica completa porque un número indeterminado de damnificados fallecieron antes de que la legislación posibilitara solicitar el reconocimiento, nunca supieron que existía esa vía, no conservaban las pruebas que vinculaban sus secuelas a un atentado terrorista o, simplemente, prefirieron no iniciar el proceso administrativo. Sin embargo, supone el registro disponible más riguroso y el único que puede ofrecer información sociodemográfica sobre el perfil de los heridos. Además, se trata de un registro vivo, ya que los expedientes de personas que solicitan oficialmente la condición de heridos por atentados de ETA y su entorno radical siguen tramitándose. De hecho, desde 2012 y hasta abril 2020, 54 personas han sido reconocidas como heridas a causa de la actividad terrorista de ETA.
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Los autores desean agradecer las sugerencias y aportaciones de Florencio Domínguez Iribarren, Raúl López Romo y José Francisco Briones, así como el material facilitado por la Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo del Ministerio del Interior. Este artículo se ha realizado en el marco del programa de investigación del Centro Memorial de las Víctimas del Terrorismo, del GIR Humanidades y Ciencias Sociales en la Era digital y tecnológica de la Universidad Isabel I, de los proyectos de investigación del Instituto Cultura y Sociedad (ICS) de la Universidad de Navarra «El presente del pasado. Los usos públicos de la historia en la España actual» y de la UPV/EHU PGC2018-094133-B-100 (MCIU/AEI/FEDER, UE). |
[2] |
Fernández y Domínguez (2018); El País, 3-5-2018. |
[3] |
Garmendia (1979-1980); Jáuregui (1981); Ibarra (1987); Sullivan (1988); Domínguez (1998a); Reinares (2001); Sánchez-Cuenca (2001); Elorza (2006), y Leonisio et al. (2017). |
[4] |
Jiménez (2017). |
[5] |
Calleja (1997); Cuesta (2000); Alonso et al. (2010); Marrodán (2013-2014); Calle y Sánchez-Cuenca (2004); López (2015); Azcona y Re (2009); Llera y Leonisio (2015); Ugarte (2018), y Fernández y Domínguez (2018). |
[6] |
Disponible en: https://bit.ly/3vfc6Mb. |
[7] |
Jiménez y Marrodán (2019). |
[8] |
Disponible en: https://bit.ly/3pjSYZF. |
[9] |
Rodríguez Uribes (2013). |
[10] |
Real Decreto Ley 3/1979, de 26 de enero, sobre protección de la seguridad ciudadana. |
[11] |
Jiménez Ramos (2019). |
[12] |
Mayol (2013). |
[13] |
Moreno (2019). |
[14] |
Rodríguez Uribes (2013): 146. |
[15] |
Jiménez Ramos (2020). |
[16] |
Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de Ley de Clases Pasivas del Estado. |
[17] |
Real Decreto 851/1992, de 10 de julio, por el que se regulan determinadas pensiones extraordinarias causadas por actos de terrorismo. |
[18] |
Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, complementado por el Real Decreto 1576/1990, de 7 de diciembre, con las modificaciones del Real Decreto 851/1992, de 10 de julio. |
[19] |
Ley 13/1996, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social. |
[20] |
Rodríguez Uribes (2013): 148. |
[21] |
Ley 32/1999, de 8 de octubre, de Solidaridad con las Víctimas del Terrorismo. |
[22] |
Rodríguez Uribes (2013): 149. |
[23] |
Ley 29/2011, de 22 de septiembre, de Reconocimiento y Protección Integral a las Víctimas del Terrorismo. |
[24] |
Estudio sobre los derechos de las víctimas de ETA. Su situación actual, Defensor del Pueblo, 2016. Véase: https://bit.ly/3sKc7oi. |
[25] |
El indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) es un índice empleado en España como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones o el subsidio de desempleo. Nació en 2004 para sustituir al salario mínimo interprofesional como referencia para estas ayudas. Véase: http://www.iprem.com.es/. |
[26] |
Anuario Estadístico del Ministerio del Interior 2018. Véase: https://bit.ly/3JAHPer. |
[27] |
Íd. |
[28] |
Fernández y Jiménez (2020). |
[29] |
Jiménez y Marrodán (2019): 142. |
[30] |
Alonso et al. (2010): 1214-1215. |
[31] | |
[32] |
Zutik Berriak, 13-12-1963; Zutik (Caracas), 38, 1964; Carrión (2002): 164. |
[33] |
Juzgado Togado Militar Territorial n.º 43 (JTMT), sumario 22/1964. |
[34] |
Zutik (Caracas), 55, 6-1965; Jiménez y Marrodán (2019): 271-273. |
[35] |
El Correo Español, 14 y 15-3-1968; Centro Documental de la Memoria Histórica, sentencia del sumarísimo 31/69, 12-1970. |
[36] |
Fernández (2020). |
[37] |
Unidad, 22-7-1969. JTMT, sumarísimo 75/69. |
[38] |
La Hoja del Lunes (San Sebastián), 3-4-1972. |
[39] |
Archivo Judicial Territorial de la Comunidad de Madrid (AJTCM), sumario 142/1973 del Juzgado de Instrucción n.º 8. |
[40] |
AJTCM, sumario 285/1974 del Juzgado Especial de la I Región Militar. ABC, 14 y 15-9-1974. La Gaceta del Norte, 14 y 15-9-1974. Archivo de TVE. Disponible en: https://bit.ly/3gSOgxa. |
[41] |
La documentación gubernativa apunta a cifras superiores. Por ejemplo, según un informe de 1978, los atentados terroristas habían dejado 434 heridos entre 1974 y 1975, el 41,4 % de los cuales serían policías o guardias civiles. Centro Memorial de las Víctimas del Terrorismo (CMVT), Informe del orden público. Años 1970/1977, 2-1978. |
[42] |
López Romo (2015): 40. |
[43] |
Casals (2016); Baby (2018), y Fernández y Jiménez (2020). |
[44] |
Fernández y Jiménez (2020). |
[45] |
Rapoport (2004). |
[46] |
Domínguez (1998a): 218. |
[47] |
Fernández (2013). |
[48] |
Ugarte (2018): 65-66. |
[49] |
Fernández (2013): 180-181. |
[50] | |
[51] |
Sentencia 58/96 de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, 1-7-1996; Sentencia 119/82 de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, 12-11-1982. |
[52] |
De nuevo, la documentación gubernativa apunta a cifras más elevadas. Según un informe, ETA causó 238 heridos entre 1979 y 1981, ambos incluidos. CMVT, Datos estadísticos sobre terrorismo y delincuencia común en los años 1979, 1980, 1981 y 1982, 4-8-1982. |
[53] |
Fernández (2013): 226-263. |
[54] |
López Romo (2015). |
[55] |
Domínguez (1998a). |
[56] |
Íd. |
[57] |
El Diario Vasco, 9-11-1989. |
[58] |
Domínguez (2003b): 65-102; Sentencia 24/03 de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, 21-5-2003. |
[59] |
Domínguez (1998b): 42. |
[60] |
Sordo (2017): 107-194. |
[61] |
Moreno (2019). |
[62] |
Domínguez (2017). |
[63] |
Domínguez (2003a); López Romo (2015): 81-94, y Rivera y Fernández (2019). |
[64] |
Crónica de Vascropress, 12-1-2009; López Romo (2015): 84-85. |
[65] |
González Calleja (2013): 538-539. |
[66] |
Crónica de Vascropress, 12-1-2009; Llera y Leonisio (2017), y López Romo (2015): 84. |
[67] | |
[68] |
Domínguez (2017). |
[69] |
Íd. |
[70] |
Mateo (2018). Sobre la Dirección General de Apoyo a Víctimas del Terrorismo, véase https://bit.ly/3IcI0fy. |
[71] |
Llera y Leonisio (2015): 141-160. |
[72] |
Íd. |
[73] |
Jiménez y Marrodán (2019): 130-133. |
[74] |
Sentencia 251/2020 de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. |
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