El estatus legal del liberto municipal
Resumen
La comunicación se centra en el estatus legal de los libertos municipales en el período imperial. Según la rúbrica 72 de la lex Irnitana el servus publicus manumitido adquiría una doble condición: era Latinus y municeps. La paradoja del estatus del liberto municipal, que era ciudadano de la comunidad, pero no tenía pleno derecho, se analiza aquí a la luz de una serie de documentos jurídicos. La naturaleza doble del liberto municipal está ligada al procedimiento de la manumisión, en la cual el magistrado no usaba la vindicta, y a la naturaleza del patrono, es decir, el municipium, que manumitía a su esclavo sólo otorgándole el estatus de otros ciudadanos suyos. Para los munícipes el liberto municipal era un munícipe que tenía, como todos sus conciudadanos, el poder de petición de herencia (hereditas) y el de posesión de los bienes hereditarios (bonorum possessio); pero para el municipio, era un liberto latino juniano, cuyos bienes el municipio podía, como patrono, pretender después de su muerte.Descargas
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