https://revistas.ucm.es/index.php/CUHD/issue/feedCuadernos de Historia del Derecho2023-10-16T08:58:08+00:00José Sánchez-Arcilla Bernalarcilla@der.ucm.esOpen Journal Systems<p><em>Cuadernos de Historia del Derecho</em> (ISSN 1133-7613, ISSN-e 1988-2521) es una revista de periodicidad anual que fue fundada en 1993 por el Departamento de Historia del Derecho de la Universidad Complutense de Madrid. Recoge en sus páginas temas tanto de Historia del Derecho, como de Historia de las Instituciones, en español, francés, italiano e inglés. Pretende abarcar todo el ámbito geográfico cultural europeo e hispanoamericano.</p>https://revistas.ucm.es/index.php/CUHD/article/view/91653Dos peculiares procesos de ejecución: uno contra Mari Sánchez de Ubirichaga (Bilbao, 1497-1513) y otro contra el mercader genovés Tomás Espínola (Toledo-Madrid, 1572-1573)2023-09-26T11:12:49+00:00Pedro Andrés Porras Arboledasporrarbo@ucm.es<p>Se reúnen en esta aportación documental dos procesos ejecutivos de carácter peculiar sacados de los fondos del Archivo de la Real Chancillería de Valladolid. El primero de ellos procedente de la Sala de Vizcaya, iniciado a finales del siglo XV, en que es ejecutada una ferrería en la anteiglesia de Yurre, concurriendo numerosos acreedores y de resultado inesperado. Igualmente sorpresivo es el final del segundo proceso seguido en Toledo contra un mercader genovés, llegado a Castilla como alzado en Nápoles y la propia Génova; se trata de una causa con aportación de numerosa documentación</p>2023-10-16T00:00:00+00:00Derechos de autor 2023 Cuadernos de Historia del Derechohttps://revistas.ucm.es/index.php/CUHD/article/view/91646Don Tomás Muñoz Romero, medievalista e historiador del Derecho2023-09-26T11:07:49+00:00Luis Miguel de la Cruz Herranzlmiguel.cruz@cultura.gob.es<p> 31/05/2023 /Aceptado:5/07/2023</p> <p><strong>Resumen</strong>. Se estudia en profundidad la vida y la obra de Tomás Muñoz y Romero. Tras una breve síntesis sobre su vida y formación académica se analiza con detalle su relación con las tres instituciones que marcaron su trayectoria profesional: la Real Academia de la Historia (RAH), el Archivo Histórico Nacional (AHN) y la Escuela Superior de Diplomática (ESD). Se destaca y analiza la labor acometida en estas instituciones, así como sus publicaciones, muy relacionados con los trabajos que desempeñó en cada una de ellas. A destacar su labor de organización de los fondos eclesiásticos desamortizados reunidos en la RAH, germen del AHN creado en 1866, donde fue su primer director. Asimismo, fue el primer catedrático de Paleografía en la ESD donde formó una serie de discípulos que continuaron su labor, tanto en el AHN como en la ESD. Se le puede considerar como uno de nuestros primeros medievalistas e historiadores del derecho, campos en los que fue pionero en muchos aspectos.</p>2023-10-16T00:00:00+00:00Derechos de autor 2023 Cuadernos de Historia del Derechohttps://revistas.ucm.es/index.php/CUHD/article/view/91647El consilium de ruptura de Paz y Tregua de Jaume de Montjuïc, entre otros 2023-09-26T11:08:24+00:00Daniel Álvarez Gómez d.alvarez@euniv.eu<p>A mediados del siglo XIV, Jaume de Montjuïc, Jaume Mateu, Bernat de Sant Dionís y Berenguer de Montjuïc emitieron un <em>consilium</em> sobre ruptura de Paz y Tregua. Tuvieron presente una reciente provisión de Alfonso III, cuando hay era infante (1320). El insigne jurisconsulto Callís se interesó por dicho <em>consilium</em> en su <em>De pace et treuga.</em> El estudio y la edición del <em>consilium</em> y de dicha provisión permiten comprender mejor el derecho procesal medieval.</p>2023-10-16T00:00:00+00:00Derechos de autor 2023 Cuadernos de Historia del Derechohttps://revistas.ucm.es/index.php/CUHD/article/view/91648La Real Chancillería de Valladolid en Medina del Campo y en Burgos (1601-1606)2023-09-26T11:09:10+00:00David Marcos Díez dmarcosdiez@gmail.com<p><strong> </strong>La Real Chancillería de Valladolid fue una de las principales instituciones de la Corona de Castilla durante el Antiguo Régimen. Si bien mantuvo su sede en Valladolid de forma permanente desde el año 1442, el traslado de la Corte real desde Madrid a la ciudad del Pisuerga entre 1601 y 1606 conllevaría la mudanza del tribunal a Medina del Campo primero, y después a Burgos, para regresar definitivamente a Valladolid. En el presente artículo se detallan los pormenores de tales traslados y se analizan sus causas y consecuencias, tanto para el tribunal y sus miembros como para las referidas ciudades, así como el funcionamiento del alto tribunal de justicia castellano durante dichos años.</p>2023-10-16T00:00:00+00:00Derechos de autor 2023 Cuadernos de Historia del Derechohttps://revistas.ucm.es/index.php/CUHD/article/view/91649O auditor da gente-de-guerra (1640-1763)2023-09-26T11:09:46+00:00Isabel Graes isabelgraes@campus.ul.pt<p>Dos siglos después de la creación de auditores judiciales privados y generales llamados a aplicar la justicia entre los «pueblos de guerra» ―una expresión contemporánea para designar a las fuerzas militares estacionadas en las provincias― esta institución fue regulada por un decreto del final del período Josefino en Portugal, que devolvió esta competencia a los magistrados de la corona. Esta reforma no es aislada ni puede caracterizarse por su singularidad, dada la antigüedad de la institución jurídica, que aseguró la presencia de académicos en los tribunales militares durante mucho tiempo. Por esta razón, los resultados de las reformas introducidas ya eran largos. En este contexto, podemos señalar una posible influencia ejercida por el Real Cédulo castellano del 13 de mayo de 1587, que podría ser otro ejemplo de la marca indeleble en el ordenamiento jurídico portugués del arquetipo judicial establecido por la Casa de Austria.</p>2023-10-16T00:00:00+00:00Derechos de autor 2023 Cuadernos de Historia del Derechohttps://revistas.ucm.es/index.php/CUHD/article/view/91650El acceso de la mujer a la universidad en España: de la gracia a la justicia2023-09-26T11:10:24+00:00Mónica Soria Moya m.soria@uv.es<p>El presente artículo analiza cómo el acceso de la mujer a la universidad pasó de ser un privilegio real a un derecho individual. El interés por el estudio de la mujer viene de antiguo, siendo objeto de polémicas ideológicas ante la amenaza del <em>statu quo</em> sexual. El presente trabajo no parte de un estudio histórico victimista, ni de un pensamiento feminista ‑como categoría contemporánea que, como diría Posada «se sale del cuadro de nuestro idioma«<a href="#_ftn1" name="_ftnref1">[1]</a>‑ sino un estudio de ciencia jurídica en el que analizar la iniciativa y la defensa de la igualdad de sexos desde la mujer aristócrata en el siglo de las luces, a la mujer de clase media tras la Restauración, y ello porque la mujer de <em>status</em> inferior no supuso un riesgo. De este modo, y pese que la visibilidad de la mujer se ha contemporizado en el derecho al voto a través de la <em>república de las letras</em>, la mujer del reformismo ilustrado supo desarrollar estrategias de cambio desde los ámbitos que le fueron propios ‑filantropía, educación-, «revoluciones que vuelven lo de arriba abajo« pese a la resistencia de la institución eclesiástica y universitaria a alterar los principios esenciales del Antiguo Régimen.</p> <p> </p>2023-10-16T00:00:00+00:00Derechos de autor 2023 Cuadernos de Historia del Derechohttps://revistas.ucm.es/index.php/CUHD/article/view/91651La suerte del soldado: redención y sustitución en los protocolos notariales.2023-09-26T11:11:14+00:00Plácido Barrios Fernández placidobarrios@notariado.org<p>El servicio militar en el siglo xix pudo eludirse legalmente por medio de la <em>redención</em> y la <em>sustitución. </em>Se cuestiona en este artículo si estos mecanismos fueron generadores de desigualdad y qué repercusión tuvieron en los protocolos notariales</p>2023-10-16T00:00:00+00:00Derechos de autor 2023 Cuadernos de Historia del Derechohttps://revistas.ucm.es/index.php/CUHD/article/view/91652La Jurisprudencia del Tribunal Supremo y su incidencia en la conformación del delito de Injurias. Parte II (1928-1978) 2023-09-26T11:12:04+00:00Emilio Javier de Benito Fraile emibe@der.ucm.es<p>Aunque nuestro Código Civil en su art. 1.1. solo contempla como fuentes del ordenamiento jurídico español la ley, la costumbre y los principios generales del derecho, en su punto 6, reconoce a la jurisprudencia la acción de complementar el ordenamiento jurídico con la doctrina que, de modo reiterado, establezca el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar la ley, la costumbre y los principios generales del derecho. En el presente estudio se aborda el papel de la jurisprudencia de nuestro más Alto Tribunal en la conformación y complementación del delito de injurias durante el periodo 1928-1978.</p>2023-10-16T00:00:00+00:00Derechos de autor 2023 Cuadernos de Historia del Derecho